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viernes, 16 de junio de 2023

DECRETO SUPREMO N° 4958 - Aprueba la Política Plurinacional de Descolonización y Despatriarcalización - PPDD "La Bolivia de Iguales desde Nuestras Diversidades"

 DECRETO SUPREMO N° 4958

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1 de la Constitución Política del Estado determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.

Que el Artículo 2 del Texto Constitucional establece que dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a la Constitución y la ley.

Que el Parágrafo II del Artículo 8 de la Constitución Política del Estado dispone que el Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien.

Que el numeral 1 del Artículo 9 del Texto Constitucional señala entre los fines y funciones esenciales del Estado, constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.

Que el Artículo 307 de la Constitución Política del Estado dispone que el Estado reconocerá, respetará, protegerá y promoverá la organización económica comunitaria. Esta forma de organización económica comunitaria comprende los sistemas de producción y reproducción de la vida social, fundados en los principios y visión propios de las naciones y pueblos indígena originario y campesinos.

Que la Ley N° 1407, de 9 de noviembre de 2021, aprueba el Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 "Reconstruyendo la Economía para Vivir Bien, hacia la Industrialización con Sustitución de Importaciones", que en su Eje 10 "Culturas, Descolonización y Despatriarcalización para la Revolución Democrática Cultural", establece como Meta 10.4. "Impulsar la Descolonización y Despatriarcalización hacia la consolidación del Estado Plurinacional y el Paradigma del Vivir Bien".

Que el Decreto Supremo N° 3774, de 16 de enero de 2019, crea el Servicio Plurinacional de la Mujer y de la Despatriarcalización "Ana María Romero", establece su estructura, organización y funciones, y conforma el Gabinete Especial de Lucha contra la Violencia hacia la Mujer y la Niñez.

Que los incisos d), h), i) y k) del Artículo 105 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, establecen como atribuciones de la Ministra(o) de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización vigilar la implementación de políticas culturales, de descolonización y despatriarcalización en las entidades públicas de todos los niveles del Estado Plurinacional; proponer políticas para la descolonización y despatriarcalización en el Estado Plurinacional; coordinar con ministerios y gobiernos subnacionales, actividades que promuevan la descolonización, despatriarcalización y las prácticas interculturales y; proponer políticas de lucha y prevención contra el racismo y toda forma de discriminación.

Que el Estado viene implementando un conjunto de acciones, políticas y estrategias necesarias para desestructurar el sistema patriarcal y colonial basado en la subordinación, desvalorización y exclusión sustentadas en las relaciones de poder, que excluyen y oprimen a las personas en lo social, económico, político y cultural.

Que a partir de la Política Plurinacional de Descolonización y Despatriarcalización - PPDD "La Bolivia de Iguales desde Nuestras Diversidades" se propone dejar en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal y se asume el reto de profundizar en la construcción del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, que integra y articula los propósitos de avanzar hacia una Bolivia democrática, productiva, portadora e inspiradora de la paz, comprometida con el desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

Con la finalidad de contar con lineamientos para el desarrollo de los procesos de descolonización y despatriarcalización en el Estado Plurinacional de Bolivia, el presente Decreto Supremo aprueba la Política Plurinacional de Descolonización y Despatriarcalización - PPDD "La Bolivia de Iguales desde Nuestras Diversidades", que en Anexo forma parte de la presente normativa.

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.-

I. Se modifica el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 3774, de 16 de enero de 2019, con el siguiente texto:

" ARTÍCULO 2.- (CREACIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA).

I. Se crea el Servicio Plurinacional de la Mujer y de la Despatriarcalización "Ana María Romero" como una institución pública descentralizada de derecho público, con personería jurídica, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal, técnica y patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización."

II. Se modifican los incisos h) e i) del Artículo 7 del Decreto Supremo N° 3774, de 16 de enero de 2019, con el siguiente texto:

"h) Remitir a la Ministra(o) de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, información sobre el cumplimiento de las funciones institucionales y otros que sean requeridos;
i) Presentar al Gabinete Especial a solicitud de la Ministra(o) de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización las propuestas de políticas públicas, programas y proyectos orientados a la despatriarcalización y transversalización de derechos de las mujeres; y las propuestas y agendas de despatriarcalización;"

III. Se modifica el Parágrafo I del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 3774, de 16 de enero de 2019, con el siguiente texto:

"I. Se conforma el Gabinete Especial de Lucha contra la Violencia hacia la Mujer y la Niñez, de la siguiente manera:
a) Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional;
b) Ministra(o) de Relaciones Exteriores;
c) Ministra(o) de la Presidencia;
d) Ministra(o) de Gobierno;
e) Ministra(o) de Justicia y Transparencia Institucional;
f) Ministra(o) de Salud y Deportes;
g) Ministra(o) de Educación;
h) Ministra(o) de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización."

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.-

Se incorpora el inciso h) en el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 3774, de 16 de enero de 2019, con el siguiente texto:

"h) Coadyuvar a las entidades del nivel central de Estado y las entidades territoriales autónomas para el desarrollo de propuestas normativas y la implementación de políticas públicas en despatriarcalización."

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIONES DEROGATORIAS.-

Se deroga el inciso g) del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 3774, de 16 de enero de 2019.

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICION FINAL ÚNICA.-

La aplicación del presente Decreto Supremo no implica la asignación de recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.

Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Marcelino Quispe López, Iván Manolo Lima Magne, María Renee Castro Cusicanqui, Rubén Alejandro Méndez Estrada, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz MINISTRA DE CULTURAS, DESCOLONIZACIÓN Y DESPATRIARCALIZACIÓN E INTERINA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.

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