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viernes, 25 de noviembre de 2022

LEY N° 1490 - LEY DE DELIMITACIÓN DEL LÍMITE / TRAMO INTRADEPARTAMENTAL DE DOS TRAMOS ENTRE LOS MUNICIPIOS DE ARBIETO Y TOLATA DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA

 LEY N° 1490

LEY DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE DELIMITACIÓN DEL LÍMITE / TRAMO INTRADEPARTAMENTAL DE DOS TRAMOS ENTRE LOS MUNICIPIOS DE ARBIETO Y TOLATA DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA

ARTÍCULO 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto la delimitación del límite/tramo intradepartamental de dos tramos entre el Municipio de Arbieto de la Provincia Esteban Arze y el Municipio de Tolata de la Provincia Germán Jordán del Departamento de Cochabamba.

ARTÍCULO 2. (APROBACIÓN DE DELIMITACIÓN DE DOS TRAMOS).

En cumplimiento a la Ley N° 339, de 31 de enero de 2013, de Delimitación de Unidades Territoriales, se aprueba la delimitación del límite/tramo intradepartamental entre los municipios de Arbieto de la Provincia Esteban Arze y el Municipio de Tolata de la Provincia Germán Jordán, correspondiente a dos tramos, de acuerdo al detalle descrito en el Artículo 3 de la presente Ley.

ARTÍCULO 3. (DESCRIPCIÓN DEL TRAZO DE LA LÍNEA LIMÍTROFE).

El límite/tramo entre los municipios de Arbieto y Tolata, correspondiente a dos tramos conciliados son definidos por coordenadas precisas que se encuentran descritos en el Sistema de Referencia WGS-84 (World Geodetic System 84), zona 19 y 20 sur y en los sistemas de coordenadas UTM y Geodésicas, de la siguiente manera:

TRAMO I CON ACTAS DE ACUERDO

El Límite se inicia en el Vértice No. 303M0001 denominado LAPHIA 3, ubicado en la punta de la serranía sin nombre, cerca de la Estancia Laphia con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'23.57049" Sur, Longitud 66°02'47.60290" Oeste y coordenadas UTM: Este 813631.888 y Norte 8061973.606, continuando en dirección Sur en línea recta hasta alcanzar el Vértice No. 303M0002 denominado LAPHIA 4, que se encuentra en la loma de serranía sin nombre cerca de la Estancia Laphia con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'29.90314" Sur, Longitud 66°02'47.49983" Oeste y coordenadas UTM: Este 813631.907 y Norte 8061778.738, prosiguiendo en dirección Sureste en línea recta hasta encontrar el Vértice No. 303M0003 señalado como LAPHIA 5, que se encuentra ubicado en la loma de la serranía sin nombre cerca de la Estancia Laphia con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'33.55795" Sur, Longitud 66°02'46.28684" Oeste y coordenadas UTM: Este 813665.967 y Norte 8061665.744, siguiendo en dirección Sur en línea recta hasta hallar el Vértice No. 303M0004 nombrado como LAPHIA 6, que se encuentra emplazado en la loma de la serranía sin nombre cerca de la Estancia Laphia con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'37.57048" Sur, Longitud 66°02'46.60973" Oeste y coordenadas UTM: Este 813654.520 y Norte 8061542.449, continuando en dirección Noroeste en línea recta hasta ubicar el Vértice No. 303M0005 llamado LAPHIA 7, ubicado en las faldas de la serranía sin nombre cerca de Estancia Laphia con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'38.86811" Sur, Longitud 66°02'47.86807" Oeste y coordenadas UTM: Este 813616.755 y Norte 8061503.105, prosiguiendo en dirección Sur en línea recta hasta alcanzar el Vértice No. 303M0006 denominado LAPHIA 8, que se encuentra en las faldas de la serranía sin nombre cerca la Estancia Laphia con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'54.57062" Sur, Longitud 66°02'50.71250" Oeste y coordenadas UTM: Este 813525.294 y Norte 8061021.330, siguiendo en dirección Sur en línea recta hasta encontrar el Vértice No. 303M0007 nombrado como KORI ALLASKA, ubicado en la falda del Cerro Kori Allaska con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'14.76771" Sur, Longitud 66°02'47.46237" Oeste y coordenadas UTM: Este 813611.581 y Norte 8060398.489, continuando en dirección Oeste en línea recta hasta llegar al Vértice No. 303M0008 denominado KORI ALLASKA 1, que se encuentra en la punta del Cerro Kori Allaska con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'17.66732" Sur, Longitud 66°02'57.94448" Oeste y coordenadas UTM: Este 813300.797 y Norte 8060314.088, prosiguiendo en dirección Noroeste en línea recta hasta ubicar el Vértice No. 303M0009 llamado KORI ALLASKA 2, ubicado en la punta del Cerro Kori Allaska con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'12.54953" Sur, Longitud 66°03'00.04180" Oeste y coordenadas UTM: Este 813241.333 y Norte 8060472.494, siguiendo en dirección Suroeste en línea recta hasta alcanzar el Vértice No. 303M0010 nombrado como KORI ALLASKA 3, emplazado en la punta del Cerro Kori Allaska con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'13.31601" Sur, Longitud 66°03'03.32161" Oeste y coordenadas UTM: Este 813144.157 y Norte 8060450.415, continuando en dirección Noroeste en línea recta hasta encontrar el Vértice No. 303M0011 denominado KORI ALLASKA 4, ubicado al inicio de la Quebrada del Cerro Kori Allaska con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'07.63743" Sur, Longitud 66°03'06.16260" Oeste y coordenadas UTM: Este 813063.008 y Norte 8060626.413, prosiguiendo en dirección Noroeste en línea recta hasta encontrar el Vértice No. 303M0012 nombrado como MUYURINA, emplazado en la bifurcación de la Quebrada del Cerro Kori Allaska y la Quebrada Muyurina con coordenadas Geográficas: Latitud 17°30'58.87020" Sur, Longitud 66°03'26.95429" Oeste y coordenadas UTM: Este 812453.470 y Norte 8060905.635, siguiendo en dirección Suroeste aguas abajo en línea recta hasta llegar al Vértice No. 303M0013 denominado MUYURINA 1, ubicado en la Quebrada Muyurina con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'22.91795" Sur, Longitud 66°03'58.56648" Oeste y coordenadas UTM: Este 811508.947 y Norte 8060180.245.

TRAMO II CON ACTAS DE ACUERDO Y CONCILIADO

Inicia con el Vértice No. 303M0015 denominado ANUCHI 13, ubicado en la Carretera Antigua a Santa Cruz específicamente por el Sombrero de Chola con coordenadas Geográficas: Latitud 17°31'41.87086" Sur, Longitud 66°05'05.57061" Oeste y coordenadas UTM: Este 809522.312 y Norte 8059627.605 continúa por la represa de la angostura respetando los usos y costumbres hasta el Vértice No. 303M0016, denominado PUNTO TRIPARTITO ubicado en el eje del Río Jayuma (Tripartito Arbieto, Tolata y Cliza) con coordenadas Geográficas: Latitud 17°33'25.60381" Sur, Longitud 65°59'48.18206" Oeste y coordenadas UTM: Este 181857.690 y Norte 8056301.371.

LISTADO DE COORDENADAS 

LISTADO DE COORDENADAS

ARTÍCULO 4.- (LISTADO DE COMUNIDADES).

Las coordenadas de las comunidades, poblaciones y/o localidades, ubicadas en el límite intradepartamental entre el Municipio de Arbieto de la Provincia Esteban Arze y el Municipio de Tolata de la Provincia Germán Jordán, se encuentran en el Sistema de Referencia WGS-84 (World Geodetic System 84), zona 19 y 20 sur y en los sistemas de coordenadas UTM y Geodésicas, cuyos nombres tienen carácter referencial y no modifican la denominación de las comunidades, según el siguiente detalle:

COORDENADAS TRAMO I CON ACTAS DE ACUERDO
MUNICIPIO DE ARBIETO

COORDENADAS TRAMO I CON ACTAS DE ACUERDO MUNICIPIO DE ARBIETO

MUNICIPIO DE TOLATA

MUNICIPIO DE TOLATA

TRAMO II CON ACTAS DE ACUERDO Y CONCILIADO

MUNICIPIO DE ARBIETO 

MUNICIPIO DE ARBIETO

MUNICIPIO DE TOLATA

MUNICIPIO DE TOLATA

ARTÍCULO 5. (MAPA OFICIAL).

Se aprueba el mapa oficial de delimitación del límite/tramo intradepartamental entre los Municipios de Arbieto y Tolata del Departamento de Cochabamba, correspondiente a dos tramos, consignado en el Anexo que es parte indivisible de la presente Ley.

DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA

ÚNICA.

Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintidós.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Alexsandra Zenteno Cardozo, Miguel Angel Rejas Vargas, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Edmundo Novillo Aguilar.



Anexo LEY N° 1490


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