LEY N° 1481
LEY DE 26 DE OCTUBRE DE 2022
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
De conformidad con el numeral 13, del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 13.535,16 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie total de 16.298,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, ubicado en la Calle Innominada, Zona Anocaraire, Manzano S/N, del Municipio de Vinto, Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Quillacollo, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 3.09.4.04.0000153, cuyas colindancias son: al Norte, con la Fundación Simón I. Patiño; al Sur, con franja de seguridad; al Este, con acequia servidumbral, calle innominada; y al Oeste, con franja de seguridad para área de equipamiento municipal; a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, con destino exclusivo para el funcionamiento del Instituto Tecnológico "Iván J. Canelas Alurralde", de conformidad a la Ley Municipal N° 185, de 5 de febrero de 2019, promulgada el 6 de febrero de 2019 por el Gobierno Autónomo Municipal de Vinto.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Miriam Martínez Michiga, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Alexsandra Zenteno Cardozo, Miguel Angel Rejas Vargas, Walter Villagra Romay.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil veintidós.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Edgar Pary Chambi.
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