LEY Nº 075
LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Aprobar
el Contrato de Cesión del “Contrato de Operación para el Área Palmar –
Campo Palmar”, suscrito en fecha 28 de agosto de 2009, entre YACIMIENTOS
PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS – YPFB, DONG WON CORPORATION SUCURSAL
BOLIVIA – DONG WON Y GAS TO LIQUID INTERNACIONAL S.A. - GTLI, en el
marco de la Constitución Política del Estado y la normativa vigente
aplicable.
Artículo 2. Aprobar
la modificación del Anexo “C” Formato de Garantía de Cumplimiento de
Contrato, Anexo “F” retribución del Titular, así como todas las
modificaciones emergentes de la cesión del “Contrato de operación para
el Área Palmar – Campo Palmar”, suscrito entre YACIMIENTOS PETROLÍFEROS
FISCALES BOLIVIANOS – YPFB y DONG WON CORPORATION SUCURSAL BOLIVIA –
DONG WON, en fecha 28 de octubre del 2006; asumiendo la empresa GAS TO
LIQUID INTERNACIONAL S.A. - GTLI, la totalidad de los derechos y
obligaciones de DONG WON CORPORATION SUCURSAL BOLIVIA-DONG WON,
derivados del Contrato de Operación .
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil diez.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Luís
Gerald Ortíz Alba, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, Angel
David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil diez años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana, Luís Fernando Vincenti Vargas.
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