La Ley 247 de Regularización de Derecho Propietario de Bienes Inmuebles Destinados a Vivienda, aún no entró en vigencia en Oruro por la falta de la resolución suprema que avale los puntos geodésicos del radio urbano intensivo y extensivo del Municipio, según detalló el coordinador nacional del Programa de Regularización de Derecho Propietario sobre Vivienda (Prorevi), Alfredo Birbuethg.
La Ley 247 fue promulgada en junio de 2012, y desde entonces se solicitó a los concejos municipales, elaborar una ordenanza que avale datos geodésicos que delimiten el radio intensivo y extensivo de su urbe. En Oruro el Concejo se basó en la Ordenanza Municipal 53/79, que brinda esta información, la cual no contaba con datos reales, por lo que se inició un trabajo de actualización de los mismos a través del Instituto Geográfico Militar (IGM).
"La Ley explica que tiene dos años de vigencia, pero aclara que esto es computable a partir de la emisión de una resolución suprema que avale el radio urbano intensivo y extensivo del municipio, es desde entonces la ley regirá en Oruro, y la ciudadanía tendrá dos años para ampararse en esta norma y regularizar su derecho propietario", explicó Birbuethg.
Recordó que esto es válido solo para la sentencia de regularización de vivienda, y no así para la corrección de datos en el sistema de folio real, que a la fecha está beneficiando a cerca de 20 mil personas a nivel nacional, que ya cuentan con sus títulos corregidos.
Explicó que las regularizaciones individuales sólo beneficiaron a tres personas en Trinidad, dos en Riberalta y dos en Betanzos, y que a nivel nacional se está observando y corrigiendo cerca de 247 áreas de 135 municipios que presentaron documentación para la ampliación o actualización de radios urbanos intensivos y extensivos.
Birbuethg afirmó que una vez que el Concejo apruebe la ordenanza, esta será respaldada con una resolución suprema y entonces a partir de esa fecha se tendrá dos años para que personas que no cuentan con derechos propietario y que viven de manera pacífica hace más de cinco años en una vivienda puedan gozar de sus títulos de propiedad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario