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domingo, 30 de octubre de 2022

LEY N° 1479 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Montero, ubicado en la Urbanización "Parque Agroindustrial del Norte" a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM y la Empresa Estratégica de Producción de Semillas - EEPS

 LEY N° 1479

LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Montero, ubicado en la Urbanización "Parque Agroindustrial del Norte", Zona Noreste; Distrito 8; U.V. 38; Manzano 3; Lote 1, en el Municipio de Montero, Provincia Obispo Santiesteban del Departamento de Santa Cruz, con una superficie de 56.903,52 metros cuadrados (m2); registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Montero, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.10.1.01.0044212; cuyas colindancias y medidas son: al Norte, con Avenida Riberalta, con 324,55 metros; al Sur, con Avenida Guayaramerín y Lote 1-A, con 273,91 metros más (+) 50,21 metros; al Este, con Avenida Chiquitana y Lote 1-A, con 124,67 metros más (+) 60,04 metros; y al Oeste, con Lote 1-B, con 184,81 metros; a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM y la Empresa Estratégica de Producción de Semillas - EEPS, para la implementación y equipamiento de la Planta Beneficiadora de Semillas, de conformidad a la Ley Municipal N° 265/2022, promulgada el 9 de febrero de 2022, por el Gobierno Autónomo Municipal de Montero.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.

Fdo. Simona Quispe Apaza, Freddy Mamani Laura, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Miguel Angel Rejas Vargas, Alexsandra Zenteno Cardozo, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veintidós.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Néstor Huanca Chura, Iván Manolo Lima Magne. 

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