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domingo, 16 de octubre de 2022

LEY N° 1469 - Se aprueba la transferencia, a título oneroso, de un lote de terreno con una superficie de 235.005,80 metros cuadrados (m2), del Gobierno Autónomo Municipal de Boyuibe a favor de los 253 beneficiarios de conformidad a la Ley Municipal Autonómica N° 01/2019

 LEY N° 1469

LEY DE 05 DE OCTUBRE DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. 

De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título oneroso, de un lote de terreno con una superficie de 235.005,80 metros cuadrados (m2), de un total de 4.475.589,00 metros cuadrados (m2) de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Boyuibe de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, registrado en las oficinas de Derechos Reales, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.07.4.02.0000053, cuyas colindancias son: al Norte, según plano y catastro adjunto; al Sur, según plano y catastro adjunto; al Este, según plano y catastro adjunto; y al Oeste, según plano y catastro adjunto; a favor de los 253 beneficiarios de conformidad a la Ley Municipal Autonómica N° 01/2019, de 14 de junio de 2019, cuya nómina y datos técnicos se detallan en Anexo que es parte indivisible de la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.

Fdo. Simona Quispe Apaza, Freddy Mamani Laura, Pedro Benjamín Vargas Fernandez, Alexsandra Zenteno Cardozo, Miguel Angel Rejas Vargas, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil veintidós.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Iván Manolo Lima Magne.


Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469

Anexo LEY N° 1469


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