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sábado, 6 de abril de 2019

LEY N° 1158 - Se aprueba la enajenación a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del GAM de Machacamarca

LEY N° 1158
LEY DE 25 DE MARZO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Machacamarca, con una superficie de 99.721,00 metros cuadrados (m²), ubicado en la Zona Villa Victoria, Sector Sud Oeste del Municipio de Machacamarca, Provincia Pantaleón Dalence del Departamento de Oruro, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Oruro, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 4.07.2.01.0000100, cuyas colindancias son: Al Norte, con la Calle Eduardo Avaroa y una Calle S/N; al Este, con la Calle Tarija y Vías del Tren; al Sud, con el Área Urbana de Machacamarca; y al Oeste, con la Calle Tupiza; a favor del Ministerio de Educación, con destino exclusivo a la ejecución del proyecto “Construcción de la Unidad Académica de Educación Física, Deportes y Recreación Machacamarca”, de conformidad a la Ley Municipal N° 107/2018, de fecha 19 de octubre de 2018 emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Machacamarca.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.
Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena Lopez, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días  del mes de marzo del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez.

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