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sábado, 30 de agosto de 2014

Concejo paceño aprueba Ley de Control de Propaganda Electoral

La Ley Municipal 092 de Control de la Propaganda Electoral fue aprobada por segunda vez, el pasado jueves por el Concejo Municipal, tras las observaciones que hizo el legislativo edil, este último espera puedan remitirlo a su despacho a la brevedad y tras su revisión se realizará la respectiva promulgación del documento, en el cual establece sanciones a infractores desde 2.000 hasta 20.000 bolivianos.

El pasado jueves, el Concejo Municipal de La Paz aprobó la Ley 092 con las respectivas modificaciones que se suscitaron tras las observaciones que realizó el ejecutivo edil, esta norma pretende disminuir o evitar el daño que causan las campañas electorales en bienes tanto públicos como privados, de la misma forma establece sanciones a los infractores.

La norma todavía no fue promulgada siendo que el alcalde de La Paz, Luis Revilla, dijo que aún no la habían remitido para su respectiva revisión; sin embargo, aseguró que una vez realice aquella función, entonces el documento será decretado para su respectiva aplicación.

“Entiendo que el Concejo Municipal aprobó la Ley con las respectivas modificaciones que habíamos pedido, pero no hemos recibido todavía la ley, apenas la recibamos la vamos a promulgar”, expresó la autoridad.

El documento aprobado por el Concejo Municipal de La Paz indica que la propaganda electoral puede ser difundida por cualquier medio disponible, por las organizaciones que intervienen en un proceso electoral; sin embargo, por principio no debe afectar otros derechos, es decir, debe evitar dañar el nombre, la imagen, el honor y el patrimonio de las personas, sean estas naturales o jurídicas.

Entre la reglamentación de la difusión de propaganda electoral establecida por el Órgano Electoral Plurinacional no se prevé mecanismos de protección y reparación de daños a bienes y espacios públicos como privados, por lo que la regulación de este aspecto es tarea del Gobierno Autónomo Municipal que entre otras tiene la competencia de regular la publicidad y propaganda urbana, en este caso la propaganda electoral en espacios de su jurisdicción, de modo que esta no afecte a los bienes públicos ni cause daños a propiedad privada, sostiene el documento.

Agrega también que los procesos electorales realizados en el pasado efectuaron de manera notable la imagen del municipio, ya que además del excesivo pintado de paredes, se vio el uso y abuso de altoparlantes que difundían las propuestas de las organizaciones políticas, sin considerar que muchas veces, además del daño a la imagen, afectan la salud y la seguridad de las personas, además de atentar contra el resguardo de la preservación del medio ambiente, la estética y arquitectura del entorno urbano.

La necesidad de regular la difusión de propaganda electoral se funda en que debe existir un mecanismo que permita asegurar la integridad de los bienes públicos, sean estos nacionales, departamentales o municipales y que en caso que sufran daños o se vean afectados, estos sean repuestos hasta su estado original, cuya erogación económica sea cubierta por la misma organización causante del daño. En esta medida, las limitaciones a la difusión de propaganda sonora en inmediaciones de centros de salud y educación deben ser necesariamente incluidas, siendo que la tranquilidad, el reposo y la calma son necesarios para poder llevar adelante un proceso educativo o un tratamiento para recuperar la salud, señala el documento justificativo a la Ley.

miércoles, 27 de agosto de 2014

El Gobierno celebra la plena vigencia de la Ley del Notariado

El Gobierno celebró ayer la plena vigencia de la Ley del Notariado después de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) notificó al Ministerio de Justicia que la demanda de inconstitucionalidad en contra de la norma, presentado por el diputado Juan Luis Gantier, quedó sin efecto.
La ministra del área, Sandra Gutiérrez, aplaudió la decisión de los magistrados del Tribunal Constitucional "por el análisis jurídico y normativo que realizaron basándose en la Constitución Política del Estado” para dejar sin efecto las observaciones planteadas por el legislador, lo que dejó en evidencia que la demanda fue "meramente política”, registra la agencia ABI.
"La Resolución del Tribunal Constitucional establece que los artículos planteados como inconstitucionales son totalmente constitucionales y aquí se puede establecer que la ley 483 fue elaborada en apego a la Constitución, e intereses mezquinos del diputado llevaron a plantear esta acción política”, dijo.
La ministra de Justicia dijo que la suspensión de la aplicación de la Ley del Notariado vulneró, no solamente los derechos de los bolivianos, sino la ejecución de artículos, la aprobación del Reglamento y el nombramiento del directorio, entre otros aspectos.
Gutiérrez negó que en el fallo del Tribunal Constitucional "hubo injerencia ni mucho menos presión del Ejecutivo” o de otras autoridades, "porque no trabajan bajo esos principios”.
Dejó establecido que al dejar sin efecto la demanda contra la Ley del Notariado no suspende el juicio de responsabilidades en contra de las magistradas del Tribunal Constitucional, Ligia Velásquez y Soraida Chánez, acusadas por incumplimiento de deberes y otros delitos.
No obstante, el abogado de Chánez, Eduardo León, advirtió que "la gente en particular tiene que saber que desde el día de hoy toda trasferencia de bienes, reconocimientos de firmas, contratos o negociaciones jurídicas que realizan ante un notario de fe pública va a ser controlado por el Ministerio de Justicia”.

El jurista también advirtió que el Ministerio de Justicia "va concentrar todos los actos de los notarios de fe pública, violando la independencia de poderes porque se supone que los notarios de fe dependen o dependían del Consejo de la Magistratura”.

Notarios piden capacitación para aplicar la nueva norma

El presidente del Colegio Departamental de Notarios de La Paz, Marcelo Baldivia, dijo que este sector está de acuerdo con la Ley del Notariado y que necesitan cursos de capacitación para aplicar la ley vigente del Notariado. También, afirmó que no hubo problemas cuando la norma quedó sin efecto gracias a un auto constitucional.
"Si se declaró constitucional la Ley del Notariado, nosotros acataremos lo que tenga que ser; como ya está vigente la ley 843, esperaremos una comunicación oficial del Consejo de Notariado Plurinacional para ver cómo se aplicará”, aseveró el notario.
La autoridad indicó que no fueron notificados sobre la sentencia, pero que están dispuestos a aplicar la norma. Además, resaltó el hecho de que la nueva ley otorga otras funciones a los notarios de fe pública, por lo que se precisa de cursos de capacitación que se presume, otorgará el Ministerio de Justica.
Dijo que la ley 843 se estaba aplicando en la medida que se podía y cuando habían vacíos legales en los trámites se aplicaba la anterior ley de 1858.

Evo promulga ley que establece pago de aguinaldo a beneficiarios de la Renta Dignidad

El presidente Evo Morales promulgó hoy la Ley 562 que establece el pago de aguinaldo a los beneficiarios de la Renta Dignidad, que en el país superan las 800.000 personas. En tanto, jubilados de todo el país se movilizan en demanda por el pago de un bono de 3.000 bolivianos.

"Evidentemente no es mucho pero para la gente pobre es algo de yapita 250 bolivianos al año (...) Este pequeño aporte y decirles que generando más divisas vamos a seguir atendiendo a sectores más abandonados, en este caso hermanas y hermanos que no se jubilaron en la vida", dijo.

En el acto que se desarrolló en Palacio de Gobierno, el ministro de Economía, Luis Arce, aseguró que los recursos económicos para el pago de ese beneficio y ahora para el aguinaldo están "garantizados" porque dicha renta se basa en la mejora de la producción hidrocarburífera.

Morales expresó su deseo de seguir elevando el monto de la Renta Dignidad, que en la actualidad es de 200 bolivianos para los jubilados y de 250 bolivianos para aquellos que no reciben una renta mensual; sin embargo, manifestó que eso sólo será posible en la medida en que se garantice el crecimiento económico, informó ABI.

Según las imágenes de ATB, jubilados procedieron a bloquear calles del centro paceño, pese a que su dirigencia determinó días atrás ingresar en cuarto intermedio en sus medidas de presión hasta el miércoles 3 de septiembre.

"Las bases rechazaron el informe de comité ejecutivo y resolvieron el bloqueo de las mil esquinas (...). Estas medidas son iniciales. Posteriormente habrán otras medidas más drásticas", afirmó Gregorio Anze, dirigente de la Confederación de Rentistas y Jubilados de Bolivia.

Anze afirmó que son "grandes" las necesidades de los jubilados y que necesitan el pago del bono de 3.000 bolivianos y la cancelación del segundo aguinaldo instaurado por el Gobierno el año pasado.

El ministro Arce sostiene que las dos demandas de los jubilados representarían para el Estado una erogación adicional de 92 millones de dólares, de los cuales 50 millones representarían el bono al jubilado de Bs. 3.000 y el resto al doble aguinaldo.

lunes, 25 de agosto de 2014

Ley General de Salud será la base para establecer responsabilidades

La Ley General de Salud que será elaborada entre los legisladores y los sectores de profesionales involucrados, debe explicar claramente las condiciones, los protocolos, esquemas y todo el funcionamiento que debe ejercerse para que en base a ello se pueda establecer responsabilidades, según la posición de la Federación de Sindicatos de Ramas Médicas de Salud Pública (Fesirmes).

El secretario ejecutivo de la Fesirmes, Bernardino Orgaz Miranda, y el secretario general, Alberto Del Villar Salazar se reunieron con sus afiliados para analizar los 20 anteproyectos de ley que se presentaron a la Cámara de Diputados, concluyendo que ninguno "tiene pies ni cabeza".

Del Villar señaló que no están de acuerdo en hablar de una mala praxis o negligencia, sin tener una ley que diga qué se debe hacer en las condiciones que trabajan.

"La ciencia médica es una ciencia de medios y no de resultados, no podemos garantizar resultados, eso hace que tengamos que tener una Ley General de Salud que especifique todo, que hable del medicamento, de los exámenes auxiliares, que hable de los protocolos para trasplantes y otros, que incluya responsabilidades, y la responsabilidad no sólo es la profesional; sino también hay responsabilidad ejecutiva, hay responsabilidad de la familia", indicó el médico.

Se informó que no existen plazos para la elaboración de esta ley, porque deben trabajar primero en un diagnóstico situacional.



DENUNCIAS

Del Villar no supo indicar cuántas denuncias existen sobre presunta negligencia mala praxis médica en el país, sin embargo aseguró que Bolivia está dentro los parámetros que "debe existir en cualquier parte del mundo", aunque refirió que en el país no existen estadísticas.

"No tenemos estadísticas en Bolivia, en primer lugar porque muchos de los casos están siguiendo su curso regular, hay médicos que están siendo sancionados, que están firmando cada lunes en la Fiscalía por sanciones inclusive de menos de tres años, existen ya, lo que falta quizás es hacer una ley general de salud, y en base a esa ley ver de quién es la responsabilidad, porque muy fácilmente se habla de mala praxis y no se habla de cómo funciona la salud, cómo son las condiciones", enfatizó.

Por su parte, Orgaz se refirió a los medios de comunicación asegurando que hablan de supuestas negligencias médicas sin haberse comprobado nada, "creo que para presentar eso deben estar seguros de que hubo un proceso legal para decir lo que ha pasado. Hemos venido a dar las charlas para que vean que los anteproyectos que se han presentado, estudiados previamente, no necesitamos salir a la prensa, somos médicos que razonamos y damos nuestro parecer, son 20 anteproyectos que no tiene pies ni cabeza, entonces lo que nosotros hemos pedido es que hagamos una ley general de salud donde involucre todo ese marco, que englobe trasplantes, medicamentos y otros", reiteró el secretario ejecutivo.

jueves, 21 de agosto de 2014

Sancionan ley que exime a beneméritos pago de luz, agua y gas

La Cámara de Diputados sancionó ayer el Proyecto de Ley 017/2014 que exenciona (exime) a los beneméritos de la Patria, de manera personalísima y vitalicia, el 100 por ciento del pago de los servicios básicos, como energía eléctrica, gas domiciliario y agua potable. La ley será remitida al Ejecutivo para su promulgación.

Esta ley promoverá y garantizará los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado para este sector poblacional que merece una vejez digna, con calidad y calidez humana, gratitud y respeto por parte de las instituciones públicas y de la población en general, según un comunicado de la Dirección de Informaciones y Prensa de la Cámara de Diputados.

La norma dispone que el Órgano Ejecutivo, mediante decreto supremo, reglamente la ley en el plazo de 60 días a partir de su promulgación.

Según el presidente de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas, David Quispe, son beneméritos de la Patria todos los bolivianos que habiendo concurrido a la campaña del Chaco prestaron servicios como combatientes en las líneas de fuego y dentro de las operaciones.

Los choferes, ayudantes mecánicos, enfermeras de guerra y sanitarios quedan comprendidos en el reconocimiento honorífico.

Sancionan ley en beneficio de beneméritos

La Cámara de Diputados sancionó anoche una ley que exonera a los 199 beneméritos de la patria que viven en todo el país con el 100% del pago de los servicios básicos, como energía eléctrica, gas domiciliario y agua potable.

Se hizo conocer que la ley, que pasó del Senado a la Cámara Baja para su revisión, fue remitida al Órgano Ejecutivo para que en los próximos 10 días el presidente Evo Morales la promulgue y beneficie a este sector, ‘de manera personalísima y vitalicia’.

“Con esta ley se beneficiarán los beneméritos, que, según la documentación que tiene el ex- Servicio Nacional del Sistema de Reparto (ex Senasir), aún viven 199, de las 400.000 personas que fueron a la guerra en su momento. Hubiera sido importante que esta norma haya sido aplicada mucho antes”, manifestó el presidente de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas, David Quispe.

Un plazo de dos meses
La norma dispone que el Órgano Ejecutivo, mediante decreto supremo, reglamente la ley en el plazo de 60 días, a partir de su promulgación.

La Constitución establece desde el 2008 que el Estado tiene la obligación de adoptar políticas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de los adultos mayores


lunes, 18 de agosto de 2014

Ley establece seis medidas contra retardación de justicia

La eliminación de jueces ciudadanos y de las vacaciones colectivas, además de la contratación eventual de jueces y personal de apoyo son tres de las seis medidas que incluye el proyecto de Ley de Descongestión y Efectivización del Sistema Procesal Penal, normativa con la que se pretende eliminar la retardación de justicia, informó el presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Cejas.
“La propuesta es una respuesta a las estadísticas respecto de la tardanza en la mayoría de los procesos en materia penal”, afirmó el legislador al señalar que las otras medidas incluyen plazos perentorios para que los fiscales realicen la imputación y concluyan con las investigaciones, además de la extinción del proceso si no se cumplen con los plazos.
El legislador potosino explicó que el objetivo de la norma “es implementar procedimientos para agilizar los juicios penales, evitar la retardación de justicia y otorgar una justicia pronta y efectiva”. Actualmente, el proyecto se encuentra en la Cámara de Senadores para su revisión.
Plazos procesales
El proyecto normativo plantea que se conmine a los fiscales para que en el plazo de cinco días emitan una resolución preliminar sobre las investigaciones y 15 días para la resolución conclusiva, conforme al artículo 301 del Código de Procedimiento Penal, para que de esta forma se dé celeridad a cada uno de los procesos investigativos a cargo del fiscal.
También determina —por única vez— la conversión de acciones judiciales transcurridos tres meses con la notificación a la víctima o querellante. Cejas explicó que en el caso de que el fiscal asignado a una investigación se hiciera vencer con el plazo de conminatoria para que presente resolución conclusiva, y si transcurrido este plazo la víctima o querellante no solicita la conversión, el juez, de oficio, podrá declarar la extinción de la acción.
Se establece que en todas las causas con resolución de imputación que se encuentran con vencimiento de plazos a la promulgación de la futura ley los jueces podrán conminar por única vez para que los fiscales asignados al caso presenten requerimiento conclusivo en 30 días, caso contrario el juez notificará a la víctima o querellante para que en el mismo plazo presente acusación particular; si no lo hacen, el caso será extinguido.
Fin a la vacación colectiva
El artículo 9 del proyecto normativo señala las modificaciones al Código de Procedimiento Penal y la Ley del Órgano Judicial, donde se incluye la eliminación de la vacación colectiva para jueces, vocales y funcionarios; a partir de la promulgación las vacaciones de los operadores de justicia serán individuales.
“Las vacaciones colectivas que de alguna manera paraliza al Órgano Judicial pese a que se quedan jueces de turno que no precisamente atienden todas las causas, motivo por el cual se propone vacaciones individuales”, argumentó Cejas.
Otra de las medidas que se aplicará es la contratación eventual de jueces en materia penal y personal de apoyo jurídico por el lapso de ocho meses, período en el que se pretende descongestionar los juicios penales.