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viernes, 27 de junio de 2014

Procurador pide vigencia de la Ley del Notariado

El procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta, advirtió ayer que será imposible aplicar el Nuevo Código Procesal Civil, previsto para el próximo 6 de agosto, si no entra en vigencia la Ley del Notariado Plurinacional, cuya aplicación fue suspendida por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

“Por razones técnicas jurídicas y lógicas es imposible aplicar (El Nuevo Código Procesal Civil) sin la Ley del Notariado”, dijo.

En mayo una comisión del Tribunal Constitucional dejó sin efecto la Ley 483, del Notariado Plurinacional, promulgada el pasado 25 de enero, a raíz de una demanda abstracta de inconstitucionalidad, interpuesta por el diputado opositor Luis Gantier, decisión que fue calificada de ilegal.

Arce agregó que para agilizar los procesos civiles se dieron varias competencias a los notarios para atender controversias que pueden ser resueltas de mutuo acuerdo, como la declaratoria de herederos.

El Procurador General del Estado manifestó que ése y otros trámites que resolvía un juez ya no están en el Nuevo Código Procesal Civil, sino en la Ley del Notariado, y muchas actividades cotidianas de la ciudadanía en el país estarían en el limbo y la sociedad civil quedaría desprotegida.

miércoles, 25 de junio de 2014

Evo promulga Ley de Financiamiento para el Sistema Asociativo Municipal

El presidente Evo Morales promulgó hoy la Ley de Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal, que establece la sostenibilidad financiera de las principales organizaciones municipales del país.

"Hemos promulgado la Ley de Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal, ahora de verdad la autonomía municipal tiene su autonomía propia, antes había una dependencia total a ONGs, Usaid, que siempre chantajeaban con financiamiento", manifestó.

Aseguró que en la actualidad el país no necesita financiamiento condicionado porque registra una estabilidad económica y rechaza la injerencia extranjera.

"Esa planificación debe continuar de manera organizada, escuchando a las fuerzas sociales para el bien de nuestro pueblo", dijo.

La nueva norma crea un mecanismo de financiamiento para las asociaciones departamentales (Amdes), Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol), Asociación de Municipios de Bolivia (AMB), conformada por las nueves ciudades de capital y El Alto y la Federación de Asociaciones de Municipios de Bolivia (FAM).

La Ley consta de seis artículos y tres disposiciones finales, que establecen que los gobiernos locales deben destinar 4 bolivianos de cada 1.000 bolivianos que reciban por concepto de Coparticipación Tributaria a un fondo común.

Este fondo común será distribuido de la siguiente manera: 60 por ciento para las nueve asociaciones departamentales; 10 por ciento para (Acobol); 10 por ciento para la AMB; y 20 por ciento para la FAM.

En sus inicios, el asociativismo municipal contaba con financiamiento de la cooperación y de organismos internacionales para el emprendimiento de proyectos, capacitación y asesoramiento en las alcaldías del país.

Gobierno promulga ley que otorga independencia financiera a municipios

La ministra de Autonomía, Claudia Peña, explicó que la Ley 540 de Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal permitirá que las entidades municipalistas adquieran independencia en su labor, ya que no dependerán de la cooperación internacional, muchas veces condicionadas, para efectuar sus proyectos.

"Tienen oportunidad histórica, esta ley les resguarda completamente para que en sus concejos se decida aportar el 4 por mil de recursos de coparticipación tributaria al sistema asociativo municipal y ya no dependerán de la cooperación", dijo.

Peña se refirió en esos términos durante su discurso en el acto de promulgación de esa norma a cargo del presidente Evo Morales, que contó con la participación de alcaldes y concejales de los municipios del país, además de los representantes de las instituciones municipales.

Cambio de modelo municipal

La ministra recordó que el sistema asociativo municipal fue creado en los años 90 en el marco de la participación popular e impulsado por la agencia de Estados Unidos, Usaid. Dijo que con la actual norma, las instituciones tendrán la capacidad y la legitimidad política para sustentar sus decisiones.

Morales ve a esta normativa con ‘buenos ojos’ porque permitirá a los municipios liberarse de políticas heredadas de otros países. “Ahora la autonomía municipal ya no dependerá de ONG, como Usaid, que siempre chantajean. Si no te sometes a sus políticas, no hay financiamiento, ahora nosotros los vamos a financiar. Es importante la cooperación, pero sin ningún condicionamiento”, sostuvo.

Lo que instruye la ley

La ley promulgada, que consta de seis artículos y tres disposiciones finales, establece que los gobiernos locales deben destinar Bs 4 de cada Bs 1.000 que reciban por concepto de Coparticipación Tributaria a un fondo común.

Este fondo común será distribuido de la siguiente manera: 60% para las nueve asociaciones departamentales; un 10% para (Acobol); el10% para la AMB; y 20% para la FAM.

Senado prevé aprobación del Código Niña, Niño, Adolescente

Esta semana se espera la aprobación del pleno camaral del Código Niña, Niño, Adolecente, así lo anunció Eugenio Rojas, presidente de la Cámara Alta, aunque no pudo aclarar algunas contradicciones sobre la edad mínima del trabajo de este sector en la población y de las organizaciones con quienes habrían consensuado la aprobación de esta norma.

El presidente de la Cámara de senadores, Eugenio Rojas, informó que el pleno camaral prevé aprobar esta semana el nuevo código con las observaciones y sugerencias que hizo este sector poblacional en la redacción de la nueva norma.

“Esta semana está prevista para aprobar en la Cámara de Senadores el proyecto de ley Código Niña, Niño Adolescente y algunos puntos que fueron debatidos con niños”, afirmó Rojas, aunque no estableció de forma específica a qué agrupaciones de niños se refería.

Asimismo, habló sobre las observaciones que hicieron los niños en la edad mínima de trabajo, aunque nuevamente, con algunas contradicciones que el mismo presidente de la Cámara Alta no pudo explicar: “Los niños pueden trabajar a partir de los 14 años pero está prohibido el trabajo del niño, niña de menores de 14 años”, “ellos dicen, nosotros llevamos algo de dinero, algo de comida, para nuestro cuaderno, lápiz, si no trabajamos de qué vamos a vivir preguntaban los niños y de ahí se ha clasificado varios trabajos”.

“Hemos clasificado el trabajo familiar, el trabajo en la casa está permitido juntamente con el padre y la madre, también en la comunidad, puede hacer algunas actividades comunitarias, pero no está permitida la labor fuera de eso. Por ejemplo que un niño tenga el horario laboral de 8.30 a 18.30; pero bajo las normas que están establecidas, primero tiene que ir a la escuela, antes es su educación. No puede trabajar 8 horas, puede trabajar 6 horas y dos para que dedique a su estudio, el salario no puede ser distinto de un niño de 16, 17 años, hay un salario mínimo nacional en el Estado boliviano y eso se tiene que respetar, incluso para los pequeños”, concluyó.

DETALLES

La ley indica que desde la concepción hasta los 18 años todos los derechos de la niña y del niño están vigentes, también se clasifica por etapas de la vida misma, la primera infancia de 0 hasta cumplir los 5 años, la segunda infancia de 6 hasta 12 años. De 12 hasta 18 años la etapa de adolescente.

domingo, 22 de junio de 2014

Comisión de Constitución aprueba en detalle Código Niña, Niño y Adolescente

La comisión de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral del Senado aprobó en su estación en detalle el nuevo Código Niña, Niño, y Adolescente, introduciendo cinco nuevos artículos y 34 modificaciones.

El presidente de esta instancia legislativa, el senador Adolfo Mendoza (MAS), informó que de acuerdo al artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y de las Convenciones 138 y 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se establece la fragmentación de la edad, es así que el primer nuevo artículo hace referencia a la primera infancia, es decir niñas y niños comprendidos entre las edades de cero (0) a cinco (5) años cumplidos, y a la infancia escolar, niñas y niños comprendidos entre las edades de seis (6) a doce (12) años cumplidos.

Se estableció, como una segunda modificación, que los menores de edad comprendidos entre los 10 y 18 años pueden y deben expresar y asentir libremente su voluntad de realizar cualquier actividad laboral o trabajo. Mientras tanto, otra modificación hace referencia a las disposiciones protectivas para niñas, niños y adolescentes que asumen actividades laborales por cuenta propia.

Un cuarto aspecto es el establecimiento de obligaciones en el proceso de adopción, que vela por los intereses y el bienestar de los menores de edad. Por último se definió que si un informe es favorable para la adopción de un menor de edad, se señalará audiencia para el periodo pre-adoptivo a realizarse dentro los cinco días, en caso de ser desfavorable se dará por concluido el proceso, aunque la decisión podrá ser apelada.

La aprobación de este nuevo Código se da luego de que en diciembre del año pasado, menores de edad salieron a las calles para exigir al Gobierno respeto a los niños trabajadores. Específicamente reclamaron por la edad hábil para trabajar, pues consideraron que no debería establecerse una edad mínima.

La Cámara de Diputados, en ese entonces, aprobó este Código con el límite de edad para el trabajo infantil, con todos los beneficios de un trabajador común, a partir de los 14 años de edad, lo que provocó el rechazo de los menores de edad. Desde ese entonces, el proyecto se paralizó en su tratamiento en la Cámara Alta.

El informe de la comisión legislativa será considerado por el pleno camaral del Senado para su respectiva revisión y aprobación la próxima semana.

jueves, 12 de junio de 2014

Comisión del Senado aprueba 'en grande' el nuevo Código Niño, Niña Adolescente



El presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Adolfo Mendoza, informó hoy sobre la aprobación en su estación "en grande" del proyecto de Ley del Nuevo Código Niño, Niña Adolescente, donde se establece la edad que regirá para el trabajo de los menores de edad.

"Se ha aprobado en grande el Código Niño, Niña, se hizo la distinción de las actividades que implican contar con una precisión del tipo de trabajo, es decir, de 10 a 12 años se puede aceptar el trabajo infantil, siempre y cuando sea por cuenta propia, es decir, que no tenga ninguna condición de dependencia y que no sean trabajadores para otros. Tienen que ser bajo el estricto control de los padres y de las defensorías", indicó el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS).

Mendoza aclaró que los niños de 12 a 14 años pueden trabajar en varias labores, "siempre y cuando no entren en el catálogo de prohibiciones", es decir, que no atenten contra su vida, salud e integridad.

Según una nota institucional, para el análisis de esa norma se tomaron en cuenta todas las observaciones y acuerdos a los que se habría llegado con los jóvenes que dieron sus aportes, principalmente, para normar la edad de trabajo de los menores.

Mendoza detalló que la nueva ley contempla el trabajo a partir de los 14 años de edad, salvo casos excepcionales, mismos que tendrán ser bajo el estricto control de los padres y de las defensorías.

En el caso de niños huérfanos y en situación de calle, el legislador informó que "se está considerando un programa especial de protección integral", que permitirá lanzar medidas preventivas y protectoras.

Esa norma también prevé la realización de un censo, "una enumeración completa" de todos los niños que están en la condición de orfandad, de calle y de situaciones extremas de alta vulnerabilidad para hacer el seguimiento y generar un programa de protección específica.

miércoles, 11 de junio de 2014

Comuna promulga Ley de Inamobilidad de Puestos

El ejecutivo edil paceño promulgó la mañana de ayer la Ley municipal 078 que determina la inamovilidad de los puestos de ventas de los gremiales. Durante los próximos días la Federación Gremiales de La Paz junto a la comuna paceña elaborarán la reglamentación del documento.

El presidente del Concejo Municipal, Omar Rocha, indicó que la ley no necesita ninguna reglamentación. “La Ley determina la inamovilidad de los puestos de los gremiales y no necesita de ninguna reglamentación, lo que se pretende con una reglamentación es, seguramente, vulnerar esa seguridad que se les da a los gremiales y se pretende hacerlo con una norma que, de alguna manera, permita que se les mueva de sus puestos y eso no es constitucional”.

La Ley promulgada, en su único artículo, dispone: “Elevase a rango de Ley, la Ordenanza Municipal No. 101 HAM – HCM 102/94, que dispone la inamovilidad de puestos de venta de gremiales, artesanos, comerciantes minoristas que cuenten con las autorizaciones respectivas”, agregó Rocha.

El alcalde Luis Revilla anunció la promulgación de la Ley Autonómica Municipal 078/2014 que eleva a rango de Ley las ordenanzas 101-102/94, que dispone la inamovilidad de los puestos de venta autorizados antes de 1994. Asimismo, suscribió un acuerdo con el secretario ejecutivo de la Federación Departamental de Gremiales del Comercio Minorista de La Paz, Julio Patiño, para la conformación de una comisión que elaborará el Reglamento a dicha Ley.

Por su parte, el dirigente gremial, Julio Patiño, manifestó que esta Ley -propuesta originalmente por su sector- fue aprobada por el Concejo a solicitud de su presidente (Omar Rocha) en un afán de hacer un show político, por lo que dejó varios vacíos. Por ello se planteó subsanar las fallas que se detectaron en el único artículo que contiene esta norma, a través de una reglamentación.

Patiño también reveló que anteriormente se tenía un proyecto de Ley consensuado con el Gobierno Municipal y que era más preciso y completo. El mismo ponía atajo a cualquier peligro de discrecionalidad en la aplicación de la norma, ya que definía el alcance de la inamovilidad y protegía el derecho de los comerciantes legalmente autorizados a ejercer su labor.

Al mismo tiempo estaba dirigido a preservar la atribución constitucional de las autoridades municipales para definir los lugares para los asentamientos, establecía los mecanismos de concertación que podrían aplicarse en casos de reubicaciones necesarias y motivadas por el crecimiento y desarrollo de la ciudad.