Está pendiente modificación a la actual Ley de Empresas y el pago del doble aguinaldo.
El Gobierno promulgó el 2 de diciembre el Decreto 2620 que "abroga" el Decreto 2491, norma que los trabajadores consideraban que se trataba de la aplicación de un nuevo "impuestazo". Durante el último ampliado de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB) se informó que la norma sería anulada debido a la presión que ejercieron principalmente los obreros.
Sin embargo, los trabajadores aguardan que se modifique la Ley de Empresas, el uso de la dinamita y el pago del doble aguinaldo hasta el 31 de diciembre.
El Decreto 2491, promulgado en agosto de 2015, se basaba en la Ley 843, que "crea un impuesto sobre el ingreso de las personas naturales y sucesiones indivisas denominado Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado –RC-IVA". La norma rebajaba de cuatro a tres los salarios mínimos nacionales que se deberían tomar en cuenta para aplicar el impuesto, sin embargo, los trabajadores rechazaron la norma, en principio con movilizaciones en algunas regiones como Cochabamba y posteriormente durante las negociaciones que sostuvieron los dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB) y el Gobierno.
Hasta antes de que se promulgue el Decreto 2491, todos los trabajadores dependientes que tenían ingresos por encima de los 7.600 bolivianos debían presentar facturas para evitar que se les descuente sus ingresos, pero con la norma que fue abrogada recientemente, los trabajadores que tenían ingresos mensuales por encima de los 5.700 bolivianos debían presentar facturas para evitar el descuento, por lo que generó satisfacción, principalmente entre los mineros y los petroleros, quienes se verían afectados por la disposición.
UNA MEDIDA ADMINISTRATIVA. La viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos, negó que se tratara de un "impuestazo", tal como declararon los dirigentes de diversas organizaciones y que su promulgación tenía fines meramente administrativos en busca de que los trabajadores dependientes que presentaba facturas desde 1986, continúen haciéndolo para realizar el descargo correspondiente.
Dijo que no se trataba de ningún "impuestazo" ni mucho menos "un nuevo impuesto al salario".
Señaló que se trataba de una medida "administrativa", debido a que en el marco de la política salarial que emprendió el Gobierno desde 2006, el salario mínimo nacional se incrementó sucesivamente por encima de los niveles de inflación y alcanzó en la presente gestión a 1.656 bolivianos, es decir, cuatro veces más que lo observado en 2005 cuando llegaba a 440 bolivianos, "evidentemente este impuesto mejora la recaudación pero no por el lado del trabajador, sino por el lado de la empresa formal", decía.
LOS DIRIGENTES DE DISTINTOS SECTORES EXPRESARON SU SATISFACCIÓN por lo que consideraban era "un impuestazo". Sin embargo, indicaron que hay otras normas que se deben modificar, como la Ley de Empresas, debido a que obliga a los trabajadores de las empresas del Estado a ser incluidos en el estatuto del Funcionario Público y con ello pierden gran parte de derechos señalados en la Ley General del trabajo.
5.700 bolivianos debía ganar un trabajador para que se le aplique el impuesto al ingreso, que establece la Ley 843.
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