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viernes, 26 de junio de 2015

Video ¿Cómo beneficia al país la nueva Ley de Conciliación?

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Ley de Conciliación y Arbitraje

5 claves para conocer la nueva Ley de Arbitraje y Conciliación

El presidente Evo Morales promulgó este jueves la Ley 708 de Conciliación y Arbitraje, aquí te mostramos cuáles son las cinco claves para entender esta importante normativa que establece medios alternativos para la resolver disputas comerciales.

1.- Garantizar la seguridad jurídica

La Ley tiene el objetivo de garantizar seguridad jurídica a los inversionistas, que ahora cuentan con una regulación que les permitirá recurrir a los mecanismos de conciliación y arbitraje en caso de que consideren que existe algún tipo de incumplimiento contractual o extracontractual.

El presidente Morales, después de firmar la norma, dijo que con esta Ley ningún sector empresarial podrá "quejarse" de que no hay garantías ni seguridad jurídica en el país.

Por su parte, Fernando Cáceres, presidente de la Cámara Nacional de Comercio, señaló que con este instrumento legal se facilitarán los trámites para las exportaciones, pero además se fomentará y dará mayor respaldo y seguridad jurídica para quienes quieran invertir en el país, ya sean empresarios nacionales o extranjeros.

2. Confidencialidad

La Ley indica también que las actuaciones y resultados de la conciliación y el arbitraje estarán sujetos de manera obligatoria a la confidencialidad, salvo acuerdo de partes, orden judicial fundamentada o requerimiento de autoridad legalmente facultada.

La confidencialidad será levantada si compromete intereses del Estado, dictando además que toda información sea entregada a la Procuraduría General del Estado.

3. Solución extrajudicial

La norma da paso a la conciliación fuera de los juzgados como un medio alternativo a la justicia ordinaria, y está basada en la voluntad de las partes en conflicto.

El acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, solo en caso de incumplimiento.

Los Centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días y las autoridades del área regulada que hacen conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán en base a sus normativas y procedimientos.

4. Protección de inversiones

Esta ley garantiza las inversiones que se realicen en Bolivia, extranjeras, nacionales o mixtas. Si existe alguna disputa o controversia que surja de ellas se aplicarán las leyes nacionales y será procesada bajo jurisdicción nacional.

La conciliación y arbitraje tendrá como sede el territorio boliviano, sin embargo se podrán celebrar audiencias y otras diligencias en el extranjero.

A propósito de este punto, en el acto de promulgación, Ronald Nostas, presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia aseguró que esta norma "va a permitir que la inversión privada siga confiando y apostando por el país", lo que, a la larga, se traducirá en crecimiento económico.

Este criterio es compartido por el presidente del Senado, José Alberto Gonzales. "Ahora sí que tenemos condiciones claramente establecidas porque eso reclamaba el inversor de exterior: 'queremos reglas claras, queremos tener seguridad jurídica', es lo que está haciendo esta norma sin apartarse de la Constitución", dijo.

5.- Excepciones

Con esta Ley el país definió con exactitud cuáles son las materias en las que no se puede plantear un arbitraje o buscar la conciliación, la mayoría de ellas tiene que ver con áreas económicas que tienen presencia estatal.

Las materias excluidas son: recursos naturales; títulos otorgados sobre reservas fiscales; temas de interés público y de administración del Estado; tributos y regalías; contratos administrativos; acceso a los servicios públicos; licencias, registros y autorizaciones sobre recursos naturales; cuestiones que afecten el orden público; cuestiones sobre las que haya recaído una resolución judicial, firme, definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución.

También quedan excluidas cuestiones que versen sobre el Estado civil y la capacidad de las personas; cuestiones referidas a bienes o derechos de incapaces sin previa autorización judicial; cuestiones a las funciones del Estado; y temas que no sean objeto de transacción y cualquier otra determinada por la Constitución o la ley.

Además establece tres exclusiones expresas que no serán regidas por la ley: en materia laboral y seguridad social, a los acuerdos comerciales y de integración entre Estados, así como a contratos de financiamiento externo que el Estado suscribe con organizaciones u organismos internacionales.

Sancionan la ley que amplía la vigencia de ITF hasta 2018

La Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto de ley que amplía hasta el 31 de diciembre de 2018 la vigencia del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) para moneda extranjera. El Ministerio de Economía señaló que el objetivo es profundizar el proceso de bolivianización.
En el proyecto que fue remitido por el Ejecutivo, también se plantea un incremento gradual de la alícuota (porcentaje del impuesto) de hasta un máximo de 0,30% en la última gestión de vigencia.
"La norma tiene el objetivo de profundizar el proceso de bolivianización en el país, más que recaudar dinero, porque su colecta apenas representa el 0,06% de las recaudaciones tributarias”, explicó ayer el ministro de Economía, Luis Arce, ante el pleno de la Cámara de Senadores.

Dijo que la dolarización, desde 1985 hasta 2005, fue una estrategia de los gobiernos neoliberales para garantizar una supuesta estabilidad macroeconómica y de precios en nuestro país, señala una nota de prensa de Economía.
Según Arce, hasta 2005 los índices de dolarización sobrepasaban el 95%, es decir que casi la mayoría de las personas del país apostaban al dólar.
Pero desde que Evo Morales llegó al Gobierno, argumentó la autoridad, se inició la implementación de la política de bolivianización. "Todos estos años el país ha gozado de una verdadera estabilidad macroeconómica pero sin dolarización, demostrando así que las hipótesis y las teorías neoliberales estaban completamente equivocadas”, sostuvo.
La pasada semana, los representantes de la Cámara Nacional de Exportadores y de los Empresarios Privados de Bolivia plantearon que el ITF se congele en 0,15% porque la progresividad genera incertidumbre. Paralelamente sugirieron algunas excepciones a las transacciones de bienes de capital.

La aprobación
El proyecto de ley fue aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 3 de junio.
La norma establece una nueva escala progresiva de alícuotas (porcentaje) para el tributo a las transacciones financieras. Es decir, para este año el índice será de 0,15%, en 2016 subirá a 0,20%, en 2017 será de 0,25% y para el último año de vigencia de esta norma (2018) se consolidará en 0,30%.
El ITF fue creado mediante la Ley 3446 de 21 de julio de 2006. Este impuesto grava operaciones de personas naturales o jurídicas que realizan pagos o transferencias de fondos por montos superiores a 2.000 dólares en moneda extranjera y se considera un instrumento extrafiscal que permite coadyuvar en la política del uso de la moneda boliviana, señala una nota de prensa de la Cámara de Senadores.
De acuerdo con datos del Servicio de Impuestos Nacionales, en 2007 se recaudaron 323,6 millones de bolivianos por el ITF. Este monto se incrementó hasta los 400,6 millones de bolivianos durante 2014, con una tasa interanual del 3,09%.
Se estima que la recaudación por el ITF alcanzará los 407,8 millones de bolivianos en 2016, 534,1 millones en 2017, 667,6 millones y 801,1 millones en 2018.

Ley 708 prescinde tribunales internacionales

Uno de los principales reparos de los empresarios privados del país a la Ley de Arbitraje y Conciliación, promulgada la mañana de ayer por el presidente Evo Morales, se refiere a que la nueva norma no reconoce tribunales internacionales y se limita solamente al ámbito nacional.

SEÑAL A MEDIAS

La nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, emite una señal a medias a la actividad económica, es decir mientras el sector privado local se beneficia con la norma, no así las inversiones extranjeras, ya que no podrán acudir a un tribunal internacional debido a que esta lo prohíbe. Dario Monasterio, experto en temas económicos, señala que la nueva normativa favorece en parte a los agentes económicos nacionales.

“No deja de ser positiva la seguridad jurídica, a través de la norma, para aumentar inversiones privadas”, apuntó Monasterio al indicar que la nueva normativa deberá aplicarse para todos los emprendimientos económicos, tanto privados como públicos, es decir todos deben ser “medidos con la misma vara” en los tribunales a crearse.

IED

Sin embargo, explica que la norma si bien favorece a los emprendimientos locales, no es muy atractiva para la Inversión Extranjera Directa (IED), ya que la ley excluye a los tribunales internacionales.

PETROLERAS

Sólo en el caso de las petroleras la situación es diferente, pero para otros sectores se aplica la norma boliviana, y no pueden acudir al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) que el Procurador General del Estado, Héctor Arce, críticó ácidamente en su discurso de ayer.

La norma tiene un efecto local no internacional, y es por esta razón que la señal de la norma en el contexto mundial es a medias, insistió Monasterio.

CONCILIACIÓN

Con referencia a los tribunales arbitrales, el economista cruceño recordó que en las cámaras nacionales, como la Cámara Nacional de Industrias, Comercio y Turismo de Santa Cruz, Cainco, la Cámara Nacional de Comercio y la de Industrias, tienen centros de conciliación privados, pero con la implementación de la norma posiblemente estos serán reemplazados, ya que el trabajo abarcará a empresas públicas y privadas.

Mientras tanto, la implementación de la norma tomará su tiempo, ya que falta elaborar la reglamentación, sostuvo.

CIFRAS

Bolivia recibió $us 1.700 millones de inversión extranjera directa (IED) en 2014 que en los hechos es mayor a los $us 1.350 que invirtieron los privados en la pasada gestión. El compromiso asumido por el presidente de los empresarios privados del país, Ronald Nostas ante el presidente Evo Morales representa duplicar esa cifra.

MEDIO ALTERNATIVO

La ministra de Justicia, Virginia Velasco, aseguró el jueves que la Ley de Conciliación y Arbitraje, que fue promulgada esta jornada por el presidente Evo Morales, es un “medio alternativo de resolución de controversias”.

“La Ley de Conciliación y Arbitraje norma la conciliación y el arbitraje como medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación contractual o extracontractual, entre esos, contratos de alquiler, anticresis y empresas constructoras”, dijo.

ADECUACIÓN

La ministra de Justicia explicó que con la vigencia de esa ley los centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días y las autoridades del área regulada que hacen conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán en base a sus normativas y procedimientos.

jueves, 25 de junio de 2015

Bolivia promulga nueva ley de Conciliación y Arbitraje para los inversores

El presidente Evo Morales promulgó el jueves la Ley 708 de Conciliación y Arbitraje que, dijo, garantiza la inversión estatal y privada como también la nacional y extranjera y "dignifica" a los bolivianos porque brinda equidad y seguridad a las partes.
"La Ley de Conciliación y Arbitraje es una ley que garantiza la inversión y es la muestra de un Estado Plurinacional de Bolivia", señaló en el acto de promulgación realizado en el Hall de Palacio de Gobierno.
La norma reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado y sujeta la cooperación judicial internacional a leyes bolivianas.
Elaborada por profesionales bolivianos, regula la conciliación y el arbitraje como medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación contractual o extracontractual.
El Jefe de Estado saludó el aporte de los profesionales, instituciones y fuerzas sociales para elaborar normas que den confianza a todos los sectores.
"Ahora promulgamos esta norma de arbitraje y conciliación que también dignifica a los bolivianos (...). Saludo de verdad este trabajo conjunto entre el sector inversionista, tenemos una ley para inversión y conciliación, digna, con mucha ética en Bolivia y soberanía, ahora ningún sector empresarial puede quejarse sobre que no hay garantías ni seguridad jurídica", fundamentó.
El Mandatario aseguró que la nueva norma impulsará aún más el crecimiento económico en Bolivia.
La ley da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria, basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado.
El acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, solo en caso de incumplimiento.
Además incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial

Presidente promulga nueva Ley de Conciliación y Arbitraje

La promulgación de la Ley de Arbitraje y Conciliación, a realizarse hoy en Palacio de Gobierno, forma parte del paquete de leyes económicas, que el sector privado espera desde la nueva Constitución Política del Estado así como la inversión extranjera.

Las inversiones privada nacional y extranjera esperaba desde hace mucho la norma, que abre un nuevo capítulo en las controversias que pueda enfrentar el Estado con empresarios locales o internacionales.

Se informa que el presidente Evo Morales junto con el procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta; la ministra de Justicia, Virginia Velasco, y el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Ronald Nostas Ardaya, promulgarán en el Palacio de Gobierno la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, cuya norma busca resguardar la plena inversión estatal, privada, nacional y extranjera.

"Este proyecto de ley que fue sancionado en la Asamblea Legislativa ha sido altamente consensuado con los empresarios privados de Bolivia, y uno de sus fines es favorecer la plena inversión, respeto a las inversiones bolivianas, extranjeras y resguardo a la inversión Estatal", manifestó el procurador Arce Zaconeta.

VENTAJAS

Las ventajas que propone la ley es que da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria; está basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado, el acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, sólo en caso de incumplimiento.

Otro de los grandes avances para brindar equidad y seguridad a las partes es que se reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado según normas sobre cooperación judicial internacional y bajo normas bolivianas.

Se incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial.

Una vez entre en vigencia la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, los Centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados actualmente deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días calendario y las autoridades del sector regulado que realizan conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán sobre la base de su normativa y procedimientos.

La ley establece 13 exclusiones al arbitraje y la conciliación cuando se trate de los siguientes casos: 1) La propiedad de los recursos naturales, 2) los títulos otorgados sobre reservas fiscales, 3) temas netamente de interés público y de administración del Estado que no son ni conciliables ni arbitrales, 4) los tributos y regalías. 5) los contratos administrativos, 6) el acceso a los servicios públicos, 7) las licencias, registros y autorizaciones sobre recursos naturales en todos sus estados, 8) cuestiones que afecten el orden público. 9) las cuestiones sobre las que haya recaído resolución judicial, firme, definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución, 10) las cuestiones que versen sobre el estado civil y la capacidad de las personas, 11) cuestiones referidas a bienes o derechos de incapaces sin previa autorización judicial, 12) las cuestiones concernientes a las funciones del Estado, 13) las cuestiones que no sean objeto de transacción y cualquier otra determinada por la Constitución Política del Estado o la ley.

Por otra parte, la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje también establece que no se aplicará la conciliación y arbitraje en materia laboral y seguridad social, a los acuerdos comerciales y de integración entre Estados, así como a los contratos de financiamiento externo que suscribe el Estado con organizaciones u organismos internacionales.

La norma también crea el Régimen Especial de Arbitraje, referido a contratos celebrados por el Estado con empresas privadas sobre los recursos naturales estratégicos, y de acuerdo a la CPE, las controversias surgidas en estos casos se regirán bajo la jurisdicción, leyes, reglamentos y demás normativa boliviana.