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miércoles, 28 de agosto de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3894 - Autorizar en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Defensa

DECRETO SUPREMO N°  3894
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que los Parágrafos I y II del Artículo 262 de la Constitución Política del Estado, determinan que constituye zona de seguridad fronteriza los cincuenta kilómetros a partir de la línea de frontera; y la zona de seguridad fronteriza estará sujeta a un régimen jurídico, económico, administrativo y de seguridad especial, orientado a promover y priorizar su desarrollo, y a garantizar la integridad del Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 321 del Texto Constitucional, establece que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, dispone que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, señala que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación – TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales.
Que el Ministerio de Defensa requiere una asignación presupuestaria de recursos adicionales provenientes del TGN, para dar continuidad al cumplimiento de sus objetivos institucionales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto, autorizar en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Defensa, para dar continuidad al cumplimiento de sus objetivos institucionales.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Publicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, realizar en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Defensa, por:
  1. Bs90.504.169.- (NOVENTA MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE 00/100 BOLIVIANOS), para fortalecer la cobertura estratégica en frontera, en el marco de la política “Bolivia Libre de Contrabando”;
  2. Bs15.402.665.- (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS), para la contratación de pólizas de seguros de aeronavegación;
  3. Bs5.000.000.- (CINCO MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), para dar continuidad a sus operaciones institucionales.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa; y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.

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