Busca las Leyes y Decretos

jueves, 23 de abril de 2015

Proyecto de ley de protección animal ALP plantea tipificar 5 delitos penales

El proyecto de ley de defensa de los animales plantea modificar el Código Penal para introducir nuevos artículos que identificarán cinco tipos de delitos en contra de los animales y será una base para que los municipios elaboren sus propias normas de protección.

Sin embargo, la contradicción persiste porque al mismo tiempo que se habla de respeto a todo ser viviente en base a la filosofía del “vivir bien” y en armonía con la naturaleza también se habla de mantener los rituales y las tradiciones indígenas de sacrificar animales como llamas, ovejas y otros en nombre de la Pachamama.

Esta semana se inició el tratamiento en la Asamblea Legislativa Plurinacional del proyecto de ley de defensa de los animales que son sometidos a abusos, maltratos y torturas ocasionadas por personas sin que, hasta el momento, éstas tengan un castigo penal.

Una de las proyectistas, la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Sonia Brito, informó que esta propuesta normativa pasó a la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados donde analizarán la propuesta.

Uno de los puntos más destacados en este proyecto es la modificación del Código de Procedimiento Penal donde se pretende incluir cinco “nuevos” delitos para castigar el maltrato contra los animales de cualquier especie.

“El primer delito es tenencia, manejo, tráfico ilegal de animales, el segundo delito es violencia contra los animales, el tercer tipo de delito es biocidio animal, el cuarto delito es la zoofilia y el quinto robo de animales”, explicó la Legisladora.

Brito puntualizó que se pretende hacer una ley marco en base a la cual los gobiernos autónomos municipales puedan elaborar normas específicas que protejan a los animales domésticos o mascotas.

La Constitución Política del Estado (CPE) en el artículo 302 que se refiere a las competencias exclusivas para los municipios como gobiernos autónomos manda a “preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos”.

En base a esa norma el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió una sentencia constitucional, la número 2055 el 2012 que excluye a la ALP de elaborar normas en favor de la protección de animales y delegando a los municipios esta potestad.

Es decir que la regulación para la tenencia de mascotas, comercialización, campañas de esterilización, vacunación, actividades irregulares donde se utilice a los animales domésticos para fines de lucro como peleas de perros, gallos y otros estará a cargo exclusivo de los municipios de deberán normar y sancionar delitos empleando el Código Penal.

CONTRADICCIONES

Sin embargo, en la propuesta de ley no se aclara cómo será el tratamiento en cuanto a los usos y costumbres que aún tienen algunos pueblos indígenas, campesinos y festividades religiosas que sacrifican a los animales como parte de sus ritos y costumbres en honor a la Madre Tierra o Pachamama.

Los campesinos piden que se respeten sus costumbres. “Las organizaciones indígenas nos han pedido que se haga una socialización, una discusión de esta temática para que no afecte los usos y costumbres, para que no afecte la forma de vida en el trato de animales”, indicó Brito.

Para la legisladora existe un “prejuicio al decir que los usos y costumbres son dañinos contra los animales, de ninguna manera, creemos más bien que el vivir bien va justamente en la línea de la armonía, de la madre tierra con el hombre, de la naturaleza con el hombre y de los seres vivos sintientes”, pero aseguró también que “mediante este proyecto de ley se reconoce a los animales como seres vivos que sienten”.

Este proyecto es tratado en la Comisión de Constitución y socializado con distintos grupos de la sociedad boliviana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario