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viernes, 24 de abril de 2015

Nueva ley impone multas de Bs 1.000 hasta 102 mil por daños al consumidor

Multas desde 1.000 hasta más de 100 mil bolivianos por atentar contra las medidas de inocuidad, higiene y calidad en elaboración de alimentos y prestación de servicios están establecidas en el reglamento de la nueva ley de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor.

Según el viceministro de Defensa a los Derechos del Usuario y del Consumidor, Dante Justiniano, quien ayer estuvo en esta ciudad para socializar el reglamento, explicó que la sanción se aplicará en proporción al daño. El principio de proporcionalidad se refiere a cuan grave es el daño y si afectó a una persona, a un grupo de individuos o a la sociedad en su conjunto.

Las faltas más graves por un lado, son la producción de alimentos que no cuenten con las medidas de seguridad y de calidad, y por otro, las prácticas abusivas y comerciales como inducir y engañar al usuario.

“Hemos recibido reclamos donde gente inescrupulosa, a partir de llamadas a celulares, ofrecen dádivas y premios, los conducen a los lugares de atención y los inducen a adquirir productos y servicios sin otorgar los premios”, dijo Justiniano.

El alcance de la reglamentación comprende las relaciones entre los proveedores de productos y servicios, pero también entre consumidores y usuarios.

El pasado 23 de marzo se aprobó el reglamento específico a la Ley 453 de Derechos del Usuario y del Consumidor, mediante el Decreto Supremo 2130.

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