Busca las Leyes y Decretos

jueves, 23 de junio de 2022

LEY N° 1435 - Se aprueba el Contrato de Préstamo para el financiamiento del "Programa para el Apoyo al Plan de Vacunación Contra la COVID-19 y Fortalecimiento del Sistema de Salud del Estado Plurinacional de Bolivia"

 LEY N° 1435

LEY DE 22 DE JUNIO DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo para el financiamiento del "Programa para el Apoyo al Plan de Vacunación Contra la COVID-19 y Fortalecimiento del Sistema de Salud del Estado Plurinacional de Bolivia", suscrito en fecha 1 de abril de 2022, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento - CAF, por un monto de hasta USD130.000.000,00 (CIENTO TREINTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES).

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo, aprobado por la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al primer día del mes de junio del año dos mil veintidós.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Miguel Angel Rejas Vargas, Alexandra Zenteno Cardozo, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil veintidós.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Rogelio Mayta Mayta MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES E INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Jeyson Marcos Auza Pinto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario