La presidenta de la Cámara de Diputados, Betty Tejada, anunció ayer a través de sus cuentas en las redes sociales, que la Asamblea Legislativa Plurinacional elaborará, una Ley Marco que penalice la matanza de animales domésticos.
Según manifestó en una publicación de internet, la misma pretende evitar la matanza de animales. Hizo referencia a lo sucedido el pasado 31 de diciembre, en el barrio Terracor III donde autoridades del Sedes procedieron al sacrificio de unas 70 mascotas ante el riesgo de la propagación de un caso de rabia que había en la zona.
"Estas acciones criminales deben ser penalizadas (?) Mi compromiso: vamos a hacer una ley marco de la manera más rápida", afirmó.
La iniciativa ha generado diversas posiciones entre instituciones protectores de animales y organismos de prevención en el departamento.
Soprama propone castigos de hasta seis años de cárcel. Por su parte el Director de la Sociedad Protectora de Animales (Soprama), Sandro Gonzales, aplaudió la medida anunciada por la autoridad legislativa, aunque lamentó que se considere "recién" la propuesta de penalizar las acciones que atentan contra la vida e integridad de las mascotas. "Es bueno saber que en Bolivia se quiera hablar en español sobre los derechos de los animales, pues somos el único país donde no se sanciona los abusos contra estos seres", indicó el voluntario quien sostuvo que desde 1986, su institución y otros organismos de defensa vienen insistiendo con proyectos y normativas alusivos al tema.
"Hemos presentado cinco proyectos y hasta la fecha no hemos logrado buenos resultados como este. Esperamos que se agilice la aprobación del último proyecto que presentamos y que estamos seguros es el que se va tratar en la asamblea", añadió.
La propuesta presentada por esta organización y que fue elaborada con la ayuda de unas diez instituciones de defensa y protección de animales desde 2007 a 2010, propone ocho puntos. Entre los más importantes señala castigos máximos de entre cuatro a seis años de prisión, en casos de Biocidio (matanza masiva de animales, Zoofilia (abuso a mascotas), participación y uso de animales en peleas callejeras y la práctica académica con animales.
"Esperemos que de esta manera las autoridades departamentales también se concienticen y contribuyan para implementar normas en favor de los animales. No es matando canes que se va prevenir la rabia", señaló a tiempo de reprochar el sacrificio de mascotas en el municipio de Warnes.
Sedes pide prever las normas que hay establecidas. Por su parte, el Jefe de Epidemiología del Sedes, Roberto Tórrez, aplaudió la medida propuesta por la diputada Tejada y los diversos organismos protectores de animales, aunque destacó también la importancia de "crear normas y proyectos que apunten al cuidado correcto de animales".
Según indica, la propagación de perros callejeros, como consecuencia del abandono de sus dueños, en la mayoría de los casos abre paso a sacrificios, que son cuestionados por sectores de la sociedad, con el fin de prevenir riesgos a la población como la rabia canina.
"Es bueno que surjan iniciativas en favor de animales, aunque sería bueno que se trabaje en planes para reducir la cantidad de perros callejeros, para preservar la vida del animal pero ante todo de las personas", indicó el galeno.
En este sentido Torres también sugirió tomar en cuenta las normas y leyes que hay establecidos a nivel nacional y departamental en el cual se ampara a las autoridades de salud para proceder a la eliminación de animales que impliquen un riesgo para la sociedad.
En el mismo contexto pidió a la ciudadanía en general, no "satanizar" este tipo de acciones que no tienen otro fin que la prevención, como el sucedido anteriormente en la zona norte de la ciudad. "Hay una norma establecida que establece que cuando hay casos positivos y de amenazas de rabia, se debe proteger a la población, lamentablemente sacrificando la vida del animal", sostuvo.
Sin embargo, esta versión es rechazada por una parte de la sociedad que rechaza la medida ya que afirman que no hubo una evaluación previa de las mascotas para proceder a su liquidación en condiciones dolorosas.
Todo lo que tienes que saber de las leyes en Bolivia, Leyes estan en la Gaceta Oficial de Bolivia. En este Blog estan desde la Ley 0 hasta 1512 Desde el Decreto 1 hasta 4956
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martes, 7 de enero de 2014
Entra en vigencia ley contra tráfico de tierras y prohíbe a extranjeros adquirir terrenos
La ley Contra el Tráfico de Tierras, que penaliza la posesión ilegal de terrenos con cárcel de tres a ocho años y que regula el Artículo 396 de la Constitución prohibiendo que ningún extranjero pueda adquirir tierras del Estado, está vigente desde el 30 de diciembre de 2013.
La ley 477, que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, además de la propiedad estatal y tierras fiscales, modifica el Código Penal e incorpora nuevos tipos penales contra el loteamiento y tráfico de tierras en el área urbana y rural.
Aquellos que arrienden, permuten o vendan tierras individuales o colectivas que son de propiedad del Estado o de entidades públicas serán sancionados con tres ocho años de cárcel. Lo propio ocurrirá con quien por sí o por terceros, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, invada u ocupe tierras o inmuebles individuales, colectivos, bienes de dominio público o de patrimonio del Estado.
“La pena será agravada en un tercio cuando quien comete el delito sea o haya sido servidor público, en especial aquellos de entidades relacionadas con el acceso a la tierra rural y urbana, sea reincidente o cabecilla, o el delito afecte a las áreas productivas urbanas o rurales, zonas de recarga hídrica, servidumbres ecológicas, franjas de seguridad y otras áreas con protección legal”.
En la disposición adicional segunda se establece que “en el marco del Artículo 396 de la Constitución Política del Estado, ninguna extranjera o extranjero, bajo ningún título, podrá adquirir tierras del Estado”, también indica que “los predios de extranjeros que no tuvieren antecedente agrario, no serán objeto de reconocimiento de derecho de propiedad agraria”.
Dicha disposición reconoce y respeta los derechos de propiedad agraria de los predios con antecedente agrario, sobre la superficie que cumpla la Función Económica Social (FES), al igual que los respeta los derechos de propiedad agraria de los predios de poseedores legales nacionales, sobre la superficie que cumpla la FES.
De acuerdo a la norma, tras realizarse la audiencia y valorados los antecedentes, la Autoridad Agroambiental emitirá, en el plazo de tres días una sentencia declarando procedente o no el desalojo de las tierras.
La ley 477, que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, además de la propiedad estatal y tierras fiscales, modifica el Código Penal e incorpora nuevos tipos penales contra el loteamiento y tráfico de tierras en el área urbana y rural.
Aquellos que arrienden, permuten o vendan tierras individuales o colectivas que son de propiedad del Estado o de entidades públicas serán sancionados con tres ocho años de cárcel. Lo propio ocurrirá con quien por sí o por terceros, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, invada u ocupe tierras o inmuebles individuales, colectivos, bienes de dominio público o de patrimonio del Estado.
“La pena será agravada en un tercio cuando quien comete el delito sea o haya sido servidor público, en especial aquellos de entidades relacionadas con el acceso a la tierra rural y urbana, sea reincidente o cabecilla, o el delito afecte a las áreas productivas urbanas o rurales, zonas de recarga hídrica, servidumbres ecológicas, franjas de seguridad y otras áreas con protección legal”.
En la disposición adicional segunda se establece que “en el marco del Artículo 396 de la Constitución Política del Estado, ninguna extranjera o extranjero, bajo ningún título, podrá adquirir tierras del Estado”, también indica que “los predios de extranjeros que no tuvieren antecedente agrario, no serán objeto de reconocimiento de derecho de propiedad agraria”.
Dicha disposición reconoce y respeta los derechos de propiedad agraria de los predios con antecedente agrario, sobre la superficie que cumpla la Función Económica Social (FES), al igual que los respeta los derechos de propiedad agraria de los predios de poseedores legales nacionales, sobre la superficie que cumpla la FES.
De acuerdo a la norma, tras realizarse la audiencia y valorados los antecedentes, la Autoridad Agroambiental emitirá, en el plazo de tres días una sentencia declarando procedente o no el desalojo de las tierras.
lunes, 6 de enero de 2014
Gobierno promulga ley que penaliza tráfico y avasallamiento de tierras, y fija 15 días para trámite de desalojo voluntario
El Gobierno promulgó la ley que penaliza con condenas carcelarias de tres a ocho años el avasallamento y tráfico de tierras, además fijó un plazo de 15 días para los trámites de denuncia ante el Tribunal Agroambiental y el desalojo de forma voluntaria de predios tomados. La norma tiene como objetivo proteger y defender la propiedad privada y pública.
La ley Contra el Avasallamiento y el Tráfico de Tierras, vigente desde el 30 de diciembre de 2013, incorpora en el artículo 8 tres artículos en el Código Penal. Uno de ellos tipifica el tráfico de tierras, que es el hecho que por sí o por tercera arriende, negocie o realice compra-venta o permuta de tierras individuales o colectivas que no son de su propiedad y bienes públicas.
El tráfico de tierras será penalizado con sanción privativa de libertad de tres a ocho años, mientras que el avasallamiento, definido como la invasión u ocupación de hecho de tierras, será castigado con tres a ocho años de cárcel. Las condenas serán agravadas en un tercio si el involucrado es un servidor público, la reincidencia o si el hecho afecta áreas productivas urbanas y rurales, zonas de recarga hídrica, servidumbre ecológica, franjas de seguridad y otras con protección legal.
Según datos del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE), más de 70 predios agroproductivos en Santa Cruz fueron avasallados por personas que además causaron daños materiales, reportó la agencia ABI en diciembre. Los empresarios plantearon ajustes a la norma contra avasallamientos antes de ser promulgada. El vicepresidente Álvaro García aseguró en diciembre que la iniciativa fue concertada y que será promulgada.
La norma fija un plazo de hasta 15 días para los trámites y resolución de las instancias del Tribunal Agroambiental para el desalojo voluntario de predios tomados. El artículo 5 fija admisión en el día de la demanda, 24 horas para establecer fecha y hora de la audiencia, 24 horas para verificación de denuncia, la autoridad competente tendrá 3 días para dictar sentencia y en 96 horas deberá ejecutarse el desalojo voluntario.
“Los desalojos dispuestos en sentencia que no sean cumplidos voluntariamente dentro de los plazos establecidos, serán ejecutados por la Policía Boliviana en el plazo de diez (10) días calendario siguientes, bajo responsabilidad, salvo necesidad de acciones y evaluaciones indispensables y propias en cada caso”, refiere el artículo 7.
La disposición adicional segunda señala que los “predios de extranjeros que no tuvieran antecedente agrario, no serán objeto de reconocimiento de derecho de propiedad agraria”.
La ley Contra el Avasallamiento y el Tráfico de Tierras, vigente desde el 30 de diciembre de 2013, incorpora en el artículo 8 tres artículos en el Código Penal. Uno de ellos tipifica el tráfico de tierras, que es el hecho que por sí o por tercera arriende, negocie o realice compra-venta o permuta de tierras individuales o colectivas que no son de su propiedad y bienes públicas.
El tráfico de tierras será penalizado con sanción privativa de libertad de tres a ocho años, mientras que el avasallamiento, definido como la invasión u ocupación de hecho de tierras, será castigado con tres a ocho años de cárcel. Las condenas serán agravadas en un tercio si el involucrado es un servidor público, la reincidencia o si el hecho afecta áreas productivas urbanas y rurales, zonas de recarga hídrica, servidumbre ecológica, franjas de seguridad y otras con protección legal.
Según datos del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE), más de 70 predios agroproductivos en Santa Cruz fueron avasallados por personas que además causaron daños materiales, reportó la agencia ABI en diciembre. Los empresarios plantearon ajustes a la norma contra avasallamientos antes de ser promulgada. El vicepresidente Álvaro García aseguró en diciembre que la iniciativa fue concertada y que será promulgada.
La norma fija un plazo de hasta 15 días para los trámites y resolución de las instancias del Tribunal Agroambiental para el desalojo voluntario de predios tomados. El artículo 5 fija admisión en el día de la demanda, 24 horas para establecer fecha y hora de la audiencia, 24 horas para verificación de denuncia, la autoridad competente tendrá 3 días para dictar sentencia y en 96 horas deberá ejecutarse el desalojo voluntario.
“Los desalojos dispuestos en sentencia que no sean cumplidos voluntariamente dentro de los plazos establecidos, serán ejecutados por la Policía Boliviana en el plazo de diez (10) días calendario siguientes, bajo responsabilidad, salvo necesidad de acciones y evaluaciones indispensables y propias en cada caso”, refiere el artículo 7.
La disposición adicional segunda señala que los “predios de extranjeros que no tuvieran antecedente agrario, no serán objeto de reconocimiento de derecho de propiedad agraria”.
domingo, 5 de enero de 2014
Proyecto de ley fusiona dos seguros saturados
Con un rosario colgado en el pecho, la camisa entreabierta y el pantalón remangado que deja ver su pierna derecha hinchada y envuelta con una enorme venda, Hugo Andrade (82) reposa en una de las camas del Hospital Municipal de Portachuelo con la mirada perdida, como esperando la llegada de alguien, ese alguien que no llegará.
El hombre de tez curtida por el tiempo y el sol lleva 25 días postrado en esa cama, una pequeña ampolla infectada ahora se ha convertido en una infección tan fuerte que tiene la piel casi pegada al hueso. Desde que murió su esposa, hace cinco años, no tiene a nadie que lo acompañe en su casa de Portachuelo y menos en el hospital. Sus hijos viven en la capital cruceña y nunca lo visitan, relata resignado.
Hugo es uno de los pacientes del Seguro de Salud Para el Adulto Mayor (Sspam) que asigna unos $us 56 al año por afiliado. Su caso es grave, por un lado no tiene quién responda por él y, por el otro, tampoco tiene dinero. Eufronio Ferrufino, fiscalizador del seguro, incluso pidió la solidaridad de algún especialista porque el paciente necesita la amputación de su pierna para que la infección no siga avanzando y en el hospital de segundo nivel no hay el personal adecuado. Pacientes graves son derivados a la clínica San Miguel de Montero, con la que se tiene un convenio para que atienda a los pacientes del Sspam. En un inicio, ese fue el destino de Hugo, le hicieron una curación profunda, pero luego lo devolvieron. Ahora solo espera ‘un milagro’.
El Senado aprobó en diciembre de 2013 el proyecto de ‘ley de prestaciones de servicios de salud integral del Estado Plurinacional de Bolivia’ que fusionará el Sspam y el Seguro Universal Materno Infantil (SUMI), además de la atención a los discapacitados. Se espera que a mediados de este mes sea promulgado por el presidente Evo Morales, pero hay muchas observaciones al respecto.
La saturación de pacientes del SUMI y del Sspam en la misma capital cruceña es tal que hay pacientes que son derivados a hospitales como los de Portachuelo o de otros municipios.
El seguro no cubre todo
A Luisa Saldaña (72) también la derivaron a la clínica de Montero, donde la operaron de peritonitis. El seguro no le cubrió todo, tuvo que llamar a uno de sus hijos para que se preste Bs 7.000 y poder reponer a la clínica por la compra de medicamentos y otras cosas. Ahora la devolvieron al Hospital Municipal de Portachuelo, donde solo espera estar unos dos días más para que acabe su ‘viacrucis’.
Eloy Gonzales, también paciente del Sspam, fue derivado a la clínica por su gravedad. A causa de su diabetes le amputaron gran parte de su pie izquierdo. “Tuvimos que pagar Bs 1.300 solo por la cama, aparte gastamos en remedios”, se queja su hija que lo acompaña.
“Lo que tiene que hacer Evo Morales es aumentar el dinero por anciano, es poco, no alcanza para casi nada”, lamenta el fiscalizador Ferrufino.
El SUMI tampoco está bien del todo. Aunque el seguro amplió su cobertura, la saturación y falta de equipos sigue siendo su debilidad. Sebastián tiene 37 días de nacido y apenas pesa un kilo. Aunque parezca irónico, llegar a eso le costó mucho, pues vino al mundo con apenas 800 gramos y luego bajó hasta 600, estuvo al borde de morir. Hoy, todavía en una incubadora, respira con más facilidad y su pequeño cuerpo va tomando más forma de un bebé normal. “Era piel y hueso”, recuerda con asombro sor Loreto Casado, gerente del hospital de convenio San José Obrero de Portachuelo.
La solidaridad lo salvó
La historia de Sebastián hubiese sido otra sin la terapia de neonatología que se abrió en ese centro hace casi un año. “Muchas veces teníamos que llevar a los bebés hasta Santa Cruz, pero los hospitales estaban saturados. Una vez peregrinamos por cinco hospitales con un bebé para que lo internen. Ese tiempo es oro para un recién nacido, muchos se mueren por falta de condiciones”, admite sor Loreto.
Sebastián tendrá que estar al menos otro mes en incubadora. “Si estuviese en una clínica pagaría unos $us 500 solo por el uso de la incubadora”, dice la pediatra de turno, Karen Cabrera. Aun así, este servicio es bastante oneroso para el SUMI. “Hay pacientes que demandan Bs 10.000 por día, de acuerdo con la gravedad”, reconoce sor Loreto, pero a la vez aclara que el Estado cubre esto en su totalidad a través de los recursos que le da al gobierno municipal. La terapia de neonatología y pediatría hasta los 12 años de edad, con siete camas y cuatro incubadoras, demandó una inversión de casi $us 400.000 en infraestructura y unos $us 200.000 en equipos, dinero que fue cubierto con una campaña solidaria del padre Mateo y el aporte de la empresa petrolera Repsol.
José Miguel es otro paciente que nació con un kilo y medio y ahora ya luce casi rebosante con sus 1,850 kilos. Tiene que llegar a dos para irse a casa.
El ajuste de cuentas
El alcalde de Portachuelo, Jimmy Hurtado, explica que el convenio con el hospital San José Obrero feneció el 31 de diciembre de 2013 y que “para renovarlo debe haber una resolución del Dilos”. Según dice, el hospital seguirá dando el SUMI, pero su servicio de tercer nivel (terapia) elevó el presupuesto mensual de Bs 40.000 a 120.000, lo que provocó “déficit en la comuna”. Hurtado plantea que se atienda en este nivel solo a los que lleguen con referencia del primer y segundo nivel.
En 2013, entre consultas a menores de 5 años, embarazadas, partos y bebés en terapia, este centro tuvo 5.444 pacientes.
En Santa Cruz, el SUMI representó Bs 68 millones ese año
El hombre de tez curtida por el tiempo y el sol lleva 25 días postrado en esa cama, una pequeña ampolla infectada ahora se ha convertido en una infección tan fuerte que tiene la piel casi pegada al hueso. Desde que murió su esposa, hace cinco años, no tiene a nadie que lo acompañe en su casa de Portachuelo y menos en el hospital. Sus hijos viven en la capital cruceña y nunca lo visitan, relata resignado.
Hugo es uno de los pacientes del Seguro de Salud Para el Adulto Mayor (Sspam) que asigna unos $us 56 al año por afiliado. Su caso es grave, por un lado no tiene quién responda por él y, por el otro, tampoco tiene dinero. Eufronio Ferrufino, fiscalizador del seguro, incluso pidió la solidaridad de algún especialista porque el paciente necesita la amputación de su pierna para que la infección no siga avanzando y en el hospital de segundo nivel no hay el personal adecuado. Pacientes graves son derivados a la clínica San Miguel de Montero, con la que se tiene un convenio para que atienda a los pacientes del Sspam. En un inicio, ese fue el destino de Hugo, le hicieron una curación profunda, pero luego lo devolvieron. Ahora solo espera ‘un milagro’.
El Senado aprobó en diciembre de 2013 el proyecto de ‘ley de prestaciones de servicios de salud integral del Estado Plurinacional de Bolivia’ que fusionará el Sspam y el Seguro Universal Materno Infantil (SUMI), además de la atención a los discapacitados. Se espera que a mediados de este mes sea promulgado por el presidente Evo Morales, pero hay muchas observaciones al respecto.
La saturación de pacientes del SUMI y del Sspam en la misma capital cruceña es tal que hay pacientes que son derivados a hospitales como los de Portachuelo o de otros municipios.
El seguro no cubre todo
A Luisa Saldaña (72) también la derivaron a la clínica de Montero, donde la operaron de peritonitis. El seguro no le cubrió todo, tuvo que llamar a uno de sus hijos para que se preste Bs 7.000 y poder reponer a la clínica por la compra de medicamentos y otras cosas. Ahora la devolvieron al Hospital Municipal de Portachuelo, donde solo espera estar unos dos días más para que acabe su ‘viacrucis’.
Eloy Gonzales, también paciente del Sspam, fue derivado a la clínica por su gravedad. A causa de su diabetes le amputaron gran parte de su pie izquierdo. “Tuvimos que pagar Bs 1.300 solo por la cama, aparte gastamos en remedios”, se queja su hija que lo acompaña.
“Lo que tiene que hacer Evo Morales es aumentar el dinero por anciano, es poco, no alcanza para casi nada”, lamenta el fiscalizador Ferrufino.
El SUMI tampoco está bien del todo. Aunque el seguro amplió su cobertura, la saturación y falta de equipos sigue siendo su debilidad. Sebastián tiene 37 días de nacido y apenas pesa un kilo. Aunque parezca irónico, llegar a eso le costó mucho, pues vino al mundo con apenas 800 gramos y luego bajó hasta 600, estuvo al borde de morir. Hoy, todavía en una incubadora, respira con más facilidad y su pequeño cuerpo va tomando más forma de un bebé normal. “Era piel y hueso”, recuerda con asombro sor Loreto Casado, gerente del hospital de convenio San José Obrero de Portachuelo.
La solidaridad lo salvó
La historia de Sebastián hubiese sido otra sin la terapia de neonatología que se abrió en ese centro hace casi un año. “Muchas veces teníamos que llevar a los bebés hasta Santa Cruz, pero los hospitales estaban saturados. Una vez peregrinamos por cinco hospitales con un bebé para que lo internen. Ese tiempo es oro para un recién nacido, muchos se mueren por falta de condiciones”, admite sor Loreto.
Sebastián tendrá que estar al menos otro mes en incubadora. “Si estuviese en una clínica pagaría unos $us 500 solo por el uso de la incubadora”, dice la pediatra de turno, Karen Cabrera. Aun así, este servicio es bastante oneroso para el SUMI. “Hay pacientes que demandan Bs 10.000 por día, de acuerdo con la gravedad”, reconoce sor Loreto, pero a la vez aclara que el Estado cubre esto en su totalidad a través de los recursos que le da al gobierno municipal. La terapia de neonatología y pediatría hasta los 12 años de edad, con siete camas y cuatro incubadoras, demandó una inversión de casi $us 400.000 en infraestructura y unos $us 200.000 en equipos, dinero que fue cubierto con una campaña solidaria del padre Mateo y el aporte de la empresa petrolera Repsol.
José Miguel es otro paciente que nació con un kilo y medio y ahora ya luce casi rebosante con sus 1,850 kilos. Tiene que llegar a dos para irse a casa.
El ajuste de cuentas
El alcalde de Portachuelo, Jimmy Hurtado, explica que el convenio con el hospital San José Obrero feneció el 31 de diciembre de 2013 y que “para renovarlo debe haber una resolución del Dilos”. Según dice, el hospital seguirá dando el SUMI, pero su servicio de tercer nivel (terapia) elevó el presupuesto mensual de Bs 40.000 a 120.000, lo que provocó “déficit en la comuna”. Hurtado plantea que se atienda en este nivel solo a los que lleguen con referencia del primer y segundo nivel.
En 2013, entre consultas a menores de 5 años, embarazadas, partos y bebés en terapia, este centro tuvo 5.444 pacientes.
En Santa Cruz, el SUMI representó Bs 68 millones ese año
Asamblea legislativa retorna a sus actividades con 2 leyes pendientes
Esta semana la Asamblea Legislativa retorna a sus actividades cotidianas tras un receso de 12 días por las fiestas de fin de año. El primer trabajo de los legisladores será el de debatir y aprobar dos leyes que quedaron pendientes, el Código niño Niña Adolescente y la Ley de Fomento a las Micro y Pequeñas Empresas.
El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rodolfo Calle, dijo que la socialización de estas normas aún es consensuada y en caso de que se necesite un mayor consenso con los actores principales se ocupará el tiempo necesario antes de su aprobación.
“Vamos a terminar la gestión del año 2013 con la aprobación del Código niño Niña Adolescente y también con la Ley de la Micro y Pequeña Empresa, estas son leyes muy importantes”, afirmó Calle.
Otra de las actividades que ocupará el tiempo de los legisladores en ambas cámaras será la elección de la nueva directiva, la cual debe estar conformada y posesionada antes del 22 de enero, fecha en la que se recuerda el día del Estado Plurinacional y el presidente Evo Morales emite su mensaje informe a la Asamblea Legislativa.
Durante toda la legislatura de esta Asamblea, el MAS acaparó la presidencia de ambas cámaras por tener una amplia mayoría en diputados y senadores lo que también le permitió tener el control de gran parte de las comisiones legislativas.
El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rodolfo Calle, dijo que la socialización de estas normas aún es consensuada y en caso de que se necesite un mayor consenso con los actores principales se ocupará el tiempo necesario antes de su aprobación.
“Vamos a terminar la gestión del año 2013 con la aprobación del Código niño Niña Adolescente y también con la Ley de la Micro y Pequeña Empresa, estas son leyes muy importantes”, afirmó Calle.
Otra de las actividades que ocupará el tiempo de los legisladores en ambas cámaras será la elección de la nueva directiva, la cual debe estar conformada y posesionada antes del 22 de enero, fecha en la que se recuerda el día del Estado Plurinacional y el presidente Evo Morales emite su mensaje informe a la Asamblea Legislativa.
Durante toda la legislatura de esta Asamblea, el MAS acaparó la presidencia de ambas cámaras por tener una amplia mayoría en diputados y senadores lo que también le permitió tener el control de gran parte de las comisiones legislativas.
jueves, 2 de enero de 2014
Desconocimiento de la Ley 393 ocasiona muy pocas solicitudes
A más de una semana de vigencia de la Ley 393 y su reglamentación, que regula las tasas de interés para los créditos con destino a viviendas de interés social. Las solicitudes de beneficio aún son escasas en Sucre.
El presidente de la Asociación de Bancos Privados (ASOBAN) Sucre, Enrique Urquidi, explicó que una semana después de emitido el decreto reglamentario de la Ley 393 no hubo tanta respuesta de la población.
Citó el caso del Banco Nacional de Bolivia (BNB), de donde es gerente General. A esa institución sólo llegó la nota de un cliente solicitando la migración de su contrato a la nueva modalidad de crédito inmobiliario, lo cual ahora también es posible pero bajo ciertos requisitos.
Urquidi consideró que la escasa afluencia se debe a que la población todavía no está informada sobre los alcances de la nueva norma, que regula tasas de interés en los créditos para vivienda social.
“Esta norma establece que las personas que contrataron anteriormente un crédito y que califiquen como vivienda social, podrán negociar, solicitar a su institución financiera que se apliquen estas condiciones a partir de ahora a su crédito”, remarcó.
La nueva norma está vigente desde el 23 de diciembre de 2013 y entre otros aspectos establece que el valor comercial del inmueble a ser financiado tiene que estar dentro de rangos fijados en UFVs (Unidad de Fomento a la Vivienda) para que sean consideradas viviendas de interés social.
“Las tasas para las casas que superen cierto volumen que ya no entre dentro de lo que es vivienda social se consideran créditos no regulados y cada institución al igual que ocurre antes de la ley podrá definir la tasa según el mercado y según lo que le interese”, subrayó Urquidi.
El Presidente de la ASOBAN Sucre enfatizó que con la nueva disposición lo que se logra es que la tasa que contrate una persona para un crédito de vivienda social va a ser fija durante todo el periodo del crédito.
“El factor de fluctuación es uno de los elementos importantes que cambió con esta nueva reglamentación, (antes de la norma) cada banco aplicaba un periodo de tasa fija normalmente de un año posiblemente hasta dos años y posteriormente se fijaba una tasa variable”, subrayó Urquidi.
RANGOS
El primer rango de crédito para vivienda social es hasta 70.000 dólares, con una tasa de interés anual de 5.5%; el segundo, va de los 70.000 a los 100 mil dólares, con una tasas de 6%; y de 100 mil a 130 mil dólares la tasa es de 6.5%.
Urquidi afirmó que las tasas de muchas instituciones financieras ya están en esos rangos, pues la tasa promedio ponderado actualmente está entre un 6 y 7%, por lo que el efecto de la medida regulatoria “pero no va a ser tan grande como alguna gente podría esperar”.
Tasas de interés anuales máxma
VALOR COMERCIAL TASA MÁXIMA
Igual o menor a UFV 255.000 ($us 70.500) 5.5%
De UFV 355.001 a UFV 380.000 ( $us 105.000) 6.5%
De UFV460.000 ($us 127.200) 6.5%
Fuente: Decreto reglamentario
El presidente de la Asociación de Bancos Privados (ASOBAN) Sucre, Enrique Urquidi, explicó que una semana después de emitido el decreto reglamentario de la Ley 393 no hubo tanta respuesta de la población.
Citó el caso del Banco Nacional de Bolivia (BNB), de donde es gerente General. A esa institución sólo llegó la nota de un cliente solicitando la migración de su contrato a la nueva modalidad de crédito inmobiliario, lo cual ahora también es posible pero bajo ciertos requisitos.
Urquidi consideró que la escasa afluencia se debe a que la población todavía no está informada sobre los alcances de la nueva norma, que regula tasas de interés en los créditos para vivienda social.
“Esta norma establece que las personas que contrataron anteriormente un crédito y que califiquen como vivienda social, podrán negociar, solicitar a su institución financiera que se apliquen estas condiciones a partir de ahora a su crédito”, remarcó.
La nueva norma está vigente desde el 23 de diciembre de 2013 y entre otros aspectos establece que el valor comercial del inmueble a ser financiado tiene que estar dentro de rangos fijados en UFVs (Unidad de Fomento a la Vivienda) para que sean consideradas viviendas de interés social.
“Las tasas para las casas que superen cierto volumen que ya no entre dentro de lo que es vivienda social se consideran créditos no regulados y cada institución al igual que ocurre antes de la ley podrá definir la tasa según el mercado y según lo que le interese”, subrayó Urquidi.
El Presidente de la ASOBAN Sucre enfatizó que con la nueva disposición lo que se logra es que la tasa que contrate una persona para un crédito de vivienda social va a ser fija durante todo el periodo del crédito.
“El factor de fluctuación es uno de los elementos importantes que cambió con esta nueva reglamentación, (antes de la norma) cada banco aplicaba un periodo de tasa fija normalmente de un año posiblemente hasta dos años y posteriormente se fijaba una tasa variable”, subrayó Urquidi.
RANGOS
El primer rango de crédito para vivienda social es hasta 70.000 dólares, con una tasa de interés anual de 5.5%; el segundo, va de los 70.000 a los 100 mil dólares, con una tasas de 6%; y de 100 mil a 130 mil dólares la tasa es de 6.5%.
Urquidi afirmó que las tasas de muchas instituciones financieras ya están en esos rangos, pues la tasa promedio ponderado actualmente está entre un 6 y 7%, por lo que el efecto de la medida regulatoria “pero no va a ser tan grande como alguna gente podría esperar”.
Tasas de interés anuales máxma
VALOR COMERCIAL TASA MÁXIMA
Igual o menor a UFV 255.000 ($us 70.500) 5.5%
De UFV 355.001 a UFV 380.000 ( $us 105.000) 6.5%
De UFV460.000 ($us 127.200) 6.5%
Fuente: Decreto reglamentario
Nuevo código prevé arresto para abogados ‘chicaneros’
El proyecto del nuevo Código Procesal Penal de Bolivia prevé la sanción con arresto a los abogados que dilaten innecesariamente (chicaneros) los juicios, además de cárcel para jueces y fiscales que incumplan con los plazos procesales establecidos.
El 18 de diciembre, cuando evaluó la administración de la justicia en el país, el vicepresidente Álvaro García criticó esta labor y dijo que todavía está “muy mal”. Por ese motivo pidió castigar con cárcel a los jueces y fiscales que retarden las audiencias de juicios a través del código citado.
El proyecto Código Procesal Penal fue redactado por autoridades del Ministerio de Justicia junto a representantes del Órgano Judicial. El documento fue enviado a la Asamblea Legislativa para su aprobación, informó la ministra del área, Cecilia Ayllón.
Castigo. “En realidad los abogados que llamamos ‘chicaneros’ van a merecer multas fuertes e incluso arrestos (en celdas) cuando realicen una actividad fuera de lo normal, cuando no haya lealtad procesal. Por esa causa serán arrestados y multados cuando hagan ese tipo de actividad”, advirtió la autoridad de gobierno. También informó que dentro de la normativa se sanciona con privación de libertad a los fiscales y jueces que no cumplan con el tiempo establecido para los procesos judiciales.
“Mucha gente ha criticado que ese tipo de sanciones esté en el código procesal, pero está el incumplimiento de plazos, que genera responsabilidad y eso se lo ve en dos planos, en el ámbito disciplinario y en el ámbito penal, como delito, por lo que obviamente cualquier autoridad que no cumpla esos plazos, irá a la cárcel si no justifica de manera adecuada el cumplimiento de los plazos”, manifestó.
Agregó que la normativa ya pasó a la Asamblea Legislativa para su tratamiento, también señaló que fue una de las normas más difíciles de trabajar, si se toma en cuenta que la mentalidad que existe en los juristas será un obstáculo para la aplicación de la ley.
Para la Ministra de Justicia, una solución sería descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia, con el objetivo de que ya no haya el pensamiento malo. “Hay una gran posibilidad de que se cambien las currículas en las universidades en las facultades de Derecho, como por ejemplo lo hará la carrera de Derecho de la Universidad Mayor de San Andrés”, adelantó.
El 23 de diciembre, el fiscal departamental de La Paz, José Ponce, aceptó que se castigue a fiscales o jueces que no cumplan con los plazos procesales y provoquen retardación de justicia en el país. Sugirió también que dentro de la norma deberían estar incluidos los abogados, claro que no todos, que presenten apelaciones, excepciones o recusaciones solo con el objetivo de retrasar los procesos.
El lunes, Gualberto Cusi, magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional, advirtió que hay injerencia política en la administración judicial, hecho que no permitió que la justicia pueda recuperar la confianza de la población y terminar con la retardación de justicia. Agregó que actualmente la justicia vive una crisis y anda de mal en peor, por lo que “está a punto de morir”. Esta posición fue rechazada por la Ministra de Justicia.
Retardación de justicia
Proceso
En agosto de 2013, el presidente Evo Morales reveló que más del 80% de los privados de libertad en las cárceles del país carece de sentencia ejecutoriada y que, por tanto, está detenido preventivamente.
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