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domingo, 16 de agosto de 2020

LEY Nº 546 - Se ratifica el Tratado Constitutivo del Centro Regulador de Medicamentos del ALBA - TCP y del Registro Grannacional de los Medicamentos de Uso Humano del ALBA - TCP (ALBAMED)

LEY Nº 546
LEY DE 14 DE JULIO DE 2014

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 37 y 55 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el Tratado Constitutivo del Centro Regulador de Medicamentos del ALBA - TCP y del Registro Grannacional de los Medicamentos de Uso Humano del ALBA - TCP (ALBAMED), suscrito en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, el 30 de julio de 2013.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al primer día del mes de julio del año dos mil catorce.

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efrain Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio del año dos mil catorce.


FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Amanda Dávila Torres.  

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