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jueves, 4 de junio de 2020

LEY Nº 346 - Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito en fecha 18 de diciembre de 2012, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAF, por la suma de hasta $us.108.190.065,00

LEY Nº 346
LEY DE 26 DE FEBRERO DE 2013

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Único. De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª, parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito en fecha 18 de diciembre de 2012, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAF, por la suma de hasta $us.108.190.065,00.- (CIENTO OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL SESENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Carretera Uyuni - Tupiza”.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de febrero del año dos mil trece.

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz, Angel David Cortéz Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil trece.


FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Amanda Dávila Torres. 

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