LEY Nº 345
LEY DE 26 DE FEBRERO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1. En el marco de la Constitución Política del Estado, se
declara Patrimonio Cultural Material del Estado Plurinacional de
Bolivia al “Santuario de la Virgen del Socavón”, a la “Imagen Pintada de
la Virgen” que se encuentra en el Altar del Santuario, y al “Ingreso
del Socavón”, ubicadas en el Cerro Pie de Gallo de la Ciudad de Oruro;
así como a la “Escultura de la Virgen del Socavón”, que se encuentra en
el Cerro Santa Bárbara, prolongación Condoriri, zona oeste de la misma
ciudad.
ARTÍCULO 2. El
Ministerio de Culturas, el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro y
el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en el marco de sus competencias
y de la coordinación interinstitucional, quedan encargados de adoptar
las medidas necesarias para la promoción, preservación, registro,
catalogación y emisión del certificado de Patrimonio Cultural Material.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cinco días del mes de febrero de dos mil trece años.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Lucio Marca Mamani, Andrés Agustin Villca
Daza, Marcelina Chavez Salazar, Galo Silvestre Bonifaz, Angel David
Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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