DECRETO SUPREMO N° 2285z
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia privativa del nivel central del Estado, entre otras, el Comercio Exterior.
Que el numeral 25 del Parágrafo II del Artículo 298 del Texto Constitucional, dispone como competencia exclusiva del nivel central del Estado, entre otras, la Promoción de la Cultura.
Que los Parágrafos I y V del Artículo 318 de la Constitución Política del Estado, establecen que el Estado determinará una política productiva que fortalezca la capacidad exportadora; y promoverá y apoyará la exportación de bienes con valor agregado y los servicios.
Que el numeral 8 del Parágrafo I del Artículo 175 del Texto Constitucional, señala que las Ministras y los Ministros de Estado son servidoras públicas y servidores públicos, y tienen como atribución, entre otras, coordinar con los otros Ministerios la planificación y ejecución las políticas del gobierno.
Que el numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, señala que la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores tiene entre sus atribuciones presidir la delegación boliviana en reuniones, encuentros, foros, cumbres, asambleas y otros eventos internacionales por sí o a través de sus dependientes, mediante instrucciones expresas; así como, designar misiones especiales y delegaciones al exterior del país.
Que el numeral 26 del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley Nº 465, establece que la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores tiene entre sus atribuciones difundir y promocionar la oferta exportable del país, priorizando la producción con mayor valor agregado.
Que el Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, tiene como objetivo establecer los principios, normas y condiciones que regulan los procesos de administración de bienes y servicios, las obligaciones y derechos que derivan de éstos; así como los elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno relativos a la administración de bienes y servicios.
Que el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 26688, de 5 de julio de 2002, dispone que otras entidades públicas podrán contratar bienes y servicios especializados en el extranjero; adherirse a los contratos elaborados por los proveedores y contratistas; asimismo, podrán someterse en lo que corresponda a la legislación extranjera o arbitraje internacional.
Que con la finalidad que el Estado Plurinacional de Bolivia participe en la “Expo Milano 2015” a desarrollarse en Milán, República Italiana, es necesario aprobar el presente Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar de interés nacional la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”, del 1 de mayo al 31 de octubre de 2015, a desarrollarse en Milán, República Italiana.
ARTÍCULO 2.- (COMITÉ DE COORDINACIÓN).
I. Se crea el Comité de Coordinación para la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”, conformado por las Ministras y los Ministros de Relaciones Exteriores, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, de Desarrollo Rural y Tierras, de Culturas y Turismo, y de Comunicación.
II. El Ministro de Relaciones Exteriores, será el responsable de presidir el Comité de Coordinación para la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”.
III. Las Ministras y Ministros de las Carteras de Estado referidas en el Parágrafo I del presente Artículo, podrán delegar el ejercicio de las atribuciones establecidas en el presente Decreto Supremo, a servidoras y servidores públicos de su dependencia, con rango igual o superior a Director General.
ARTÍCULO 3.- (FUNCIONES DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN). El Comité de Coordinación tiene las siguientes funciones:
Elaborar y aprobar el plan y programa, para la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”, en las áreas de comercio, cultura, turismo y comunicación;
Seleccionar a los participantes bolivianos, para las ruedas de negocios de la “Expo Milano 2015”, de acuerdo a los sectores productivos priorizados, considerando sus capacidades y potencialidades, sobre la base de criterios establecidos por el Comité de Coordinación;
Definir y aprobar la política comunicacional del Estado Plurinacional de Bolivia para la participación en la “Expo Milano 2015”;
Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, la suscripción de convenios específicos, con entidades públicas o privadas, para el cumplimiento del objeto del presente Decreto Supremo;
En los procesos de contratación de bienes y servicios, únicamente evaluar y seleccionar las propuestas presentadas a través del Director del Pabellón, previa aprobación del Comisario General del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”.
ARTÍCULO 4.- (FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN).
I. Los miembros del Comité de Coordinación tienen la responsabilidad de la dirección, difusión y ejecución, en el marco de sus atribuciones, para la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”.
II. Se reconocen como funciones específicas de cada uno de ellos:
De la Ministra(o) de Relaciones Exteriores o su delegado:
Administrar y ejecutar los recursos financieros, que sean destinados a la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015” a través del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Administrar y ejecutar el plan y programa aprobado por el Comité, para la participación del Estado Plurinacional Bolivia en la “Expo Milano 2015”;
Presentar informes sobre la ejecución de los recursos desembolsados.
De la Ministra(o) de Desarrollo Productivo y Economía Plural o su delegado:
Informar sobre la oferta exportable de los principales sectores productivos de la economía nacional, para definir los sectores priorizados y la selección de los participantes bolivianos en la “Expo Milano 2015”, con preferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas, urbanas y rurales, y cooperativas;
Otorgar el registro de los potenciales participantes en la “Expo Milano 2015”, con capacidad exportadora;
Proveer material de promoción sobre la oferta exportable boliviana, de acuerdo a disponibilidad financiera.
De la Ministra(o) de Desarrollo Rural y Tierras o su delegado:
Entregar información actualizada sobre la dinámica de precios, oferta y demanda de los productos agropecuarios bolivianos, en la “Expo Milano 2015”;
Facilitar la obtención de muestras e información técnica de los productos agrícolas bolivianos, ofertados en la “Expo Milano 2015”;
Identificar los potenciales sectores agropecuarios, para la inversión y/o exportación.
De la Ministra(o) de Culturas y Turismo o su delegado:
Presentar al Comité, el plan de difusión y promoción de la cultura boliviana;
Presentar al Comité, a través de la Empresa Pública Boliviana de Turismo una estrategia de difusión de la marca-país “Bolivia te Espera”, que permita incentivar el flujo turístico;
Presentar para la aprobación del Comité, personalidades que difundan la cultura, arte y folklore del Estado Plurinacional de Bolivia;
Proveer material de promoción para la difusión cultural y turística, de acuerdo a disponibilidad financiera.
De la Ministra(o) de Comunicación o su delegado:
Diseñar políticas para la difusión comunicacional, de la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”;
Diseñar la estrategia de la difusión de la imagen del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de medios de comunicación.
ARTÍCULO 5.- (FINANCIAMIENTO). La participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”, se financiará con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, de acuerdo a disponibilidad financiera y otras fuentes de financiamiento.
ARTÍCULO 6.- (CONTRATACIÓN DIRECTA).
I. Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, la contratación directa de obras, bienes y servicios, dentro y fuera del territorio nacional, para la participación del Estado Plurinacional de Bolivia en la “Expo Milano 2015”, antes, durante y después del mencionado evento.
II. Las condiciones y procedimientos para la contratación directa de obras, bienes y servicios, se regirá por Reglamento Específico, elaborado y aprobado por Resolución expresa emitida por la máxima instancia de decisión del Ministerio de Relaciones Exteriores.
III. Una vez realizadas las contrataciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá:
Presentar la información de la contratación a la Contraloría General del Estado, de acuerdo con la normativa vigente de la Contraloría General del Estado;
Las contrataciones que se realicen dentro del territorio nacional, deberán registrarse en el Sistema de Contrataciones Estatales – SICOES, cuando el monto de la contratación sea mayor a Bs20.000.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS);
Para el caso de contrataciones en el extranjero, se remitirá información relevante, al SICOES.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores, de Economía y Finanzas Públicas, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, de Desarrollo Rural y Tierras, de Culturas y Turismo, y de Comunicación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de marzo del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Ledezma Cornejo MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA, José Gonzalo Trigoso Agudo MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE COMUNICACIÓN, Tito Rolando Montaño Rivera.
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