DECRETO SUPREMO N° 1248
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
Que el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo y sus Decretos Supremos modificatorios, definen la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, en el marco de lo establecido por la Constitución Política del Estado.
Que es necesario realizar modificaciones a la estructura organizativa de algunos Ministerios, a fin de posibilitar el logro de los objetivos del Órgano Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar parcialmente la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo establecida por el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, y Decretos Supremos modificatorios.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES E INCORPORACIONES).
I. Se incluye un párrafo al Artículo 10 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, con el siguiente texto:
“La Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado Plurinacional para el cumplimiento de sus atribuciones como parte del Órgano Ejecutivo, contará con una estructura organizativa de apoyo, cuya composición y funciones específicas se establecerán a través de Resolución Biministerial de los Ministerios de la Presidencia y de Economía y Finanzas Públicas; estará financiada con los recursos asignados en el presupuesto de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional, para cada gestión.”
II. Se modifica el Artículo 79 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, incorporando en la estructura jerárquica del Ministerio de Justicia la Dirección General de Desarrollo Constitucional, dependiente del Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales.
III. Se incorpora el Parágrafo III al Artículo 118 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, con el siguiente texto:
“III. La creación de una jefatura de unidad adicional a las establecidas en el Parágrafo precedente requerirá de una Resolución Multiministerial, aprobada por los Ministerios de la Presidencia, Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio proponente. Esta nueva jefatura no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación.”
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Para el cumplimiento de lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas asignar presupuesto y realizar las transferencias de los recursos necesarios. Las transferencias señaladas, previa presentación de la solicitud por parte del Ministerio de Justicia.
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Las modificaciones y complementaciones en las estructuras orgánicas de los Ministerios, emergentes de la presente disposición normativa, no deben representar requerimientos de recursos adicionales al Tesoro General de la Nación – TGN.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Daniel Santalla Torrez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y P.S. E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo MINISTRO DE CULTURAS E INTERINO DE EDUCACIÓN, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE JUSTICIA.
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