DECRETO SUPREMO N° 0130
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que
el Artículo 12 de la Constitución Política del Estado, establece que el
Estado se organiza y estructura su poder público, a través de los
Órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral; asimismo, señala
que la organización del Estado, está fundamentada en la independencia,
separación coordinación y cooperación de los órganos públicos.
Que
el Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, señala que el
Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del
Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las
Ministras y los Ministros de Estado.
Que
el Decreto Supremo Nº 0109, de 1 de mayo de 2009, tiene por objeto
otorgar con carácter excepcional, un reconocimiento económico de
Bs1.000.- (UN MIL 00/100 BOLIVIANOS), a las servidoras y servidores
públicos de los Ministerios del Órgano Ejecutivo, entidades
desconcentradas y descentralizadas, que no se favorecieron con
incrementos salariales dispuestos por normas expresas en las últimas
gestiones.
Que
las servidoras y servidores públicos, permanentes y eventuales de la
Vicepresidencia como parte del Órgano Ejecutivo reconocido por la Ley
Fundamental, no han sido contemplados en el alcance del Decreto Supremo
Nº 0109.
Que
es necesario ampliar el alcance del incentivo económico excepcional
dispuesto en el Decreto Supremo señalado, a favor de la Vicepresidencia
del Estado como parte del Órgano Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se
amplia el alcance del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0109 de 1 de
mayo de 2009, a favor de las servidoras y servidores públicos
contemplados en la planilla de personal permanente y eventual, del Nivel
de Jefe de Unidad, hacia los niveles inferiores de la Vicepresidencia
del Estado, como parte del Órgano Ejecutivo.
El
señor Ministro de Estado, en el Despacho de Economía y Finanzas
Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente
Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil nueve.
FDO. EVO MORALES AYMA,
David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramon Quintana Taborga, Nardy Suxo
Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Velez, Walker Sixto
San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre
Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia A.
Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto
Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callizaya, Jorge
Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Ivan Aguilar
Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo.
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