Busca las Leyes y Decretos

viernes, 31 de enero de 2014

Presidente promulga decreto de ajuste de rentas para jubilados

El presidente del Estado, Evo Morales, promulgó la tarde de ayer, el Decreto Supremo no 28673/12, que aprueba el ajuste y distribución inversamente proporcional para las rentas a cargo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – Senasir, aplicable para la presente gestión.

Con este decreto, el Gobierno dispone un incremento en las rentas del 10,62% y 8,5%, es decir un incremento de 245 y 110 bolivianos respectivamente, lo que significa un 3% de incremento adicional en relación a la gestión 2013.

De los más de 140 mil jubilados del país, 114.144 se beneficiarán con la renta inversamente proporcional.

Aprueba el ajuste y distribución inversamente proporcional para las rentas a cargo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – Senasir, aplicable para la presente gestión.

En la oportunidad, el dignatario destacó la labor que desempeñó el sector de la tercera edad.

El secretario ejecutivo de la Confederación de Jubilados de Bolivia, Irineo Rivero, dijo que este incremento del 10 y 8 por ciento “es un paliativo de una u otra manera, va subsanar las demandas económicas en sus hogares”.

Socializan ley a los ayllus y markas

Autoridades de INRA Oruro, entre otros, explicaron los alcances de la norma sobre la resolución de conflictos por tenencia de tierras productivas de quinua.

El personal del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), en el marco de las políticas agrarias del Estado Plurinacional de Bolivia, socializó la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria ante las autoridades originarias de las comunidades de los cuatro ayllus y markas del municipio de Salinas de Garci Mendoza.

En la oportunidad, además se explicó los alcances de la resolución de conflictos en el interior de los Territorios Indígenas Originarios Campesinos (TIOC).

“Estamos socializando la normativa agraria para comprender las normas aplicables a los Territorios Indígenas Originarios Campesinos en el marco de las competencias del Instituto Nacional de Reforma Agraria”, explicó el responsable de Saneamiento del INRA, regional Oruro, Wilder Condori.

El técnico del INRA Oruro Juan Marcelo Mercado fue el encargado de explicar la normativa de resolución de conflictos en el interior de las markas, ayllus y comunidades, que debido al incremento del cultivo de la quinua, se acrecentaron.

La autoridad originaria del Ayllu Cora Cora, Teresa Paco, destacó que la inclusión de los derechos de la mujer a la tenencia de la tierra se cumple en la marka Salinas. “Ahora los derechos de la mujer se cumplen gracias a nuestro presidente Evo Morales y la nueva Constitución”, aseveró.

jueves, 30 de enero de 2014

Ley 482 rige hasta la aprobación de cartas orgánicas en un referéndum

La Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, aprobada el 9 de enero por el Presidente Evo Morales, rige hasta la aprobación de las cartas orgánicas mediante un referéndum en cada municipio, explicó el gerente general de la Asociación de Municipios de Oruro, Juan Carlos Cayoja Chura.

Esta y otras disposiciones son socializadas en los municipios, para que se tomen en cuenta, tras la devolución de sus proyectos de cartas orgánicas que fueron presentadas al Tribunal Constitucional Plurinacional para su revisión. "Una vez que sean remitidos los proyectos a sus municipios, serán aprobados o rechazados en un referéndum; si el proyecto de ley de carta orgánica municipal es aprobado por los habitantes del municipio, rige para ese gobierno municipal y se deja de lado la nueva ley que es supletoria", explicó.



REGLAMENTOS

Por esta razón, los concejos municipales tienen la obligación de realizar sus reglamentos, para legislar mediante leyes y resoluciones; debido a que en la nueva norma no se encuentra la figura de las ordenanzas municipales, sin embargo, con su ley de ordenamiento jurídico pueden elaborar las mismas de acuerdo a las necesidades que tengan en cada municipio.

"La ley implica y dice que ellos están en la obligación de realizar leyes y resoluciones como parte de su actividad fiscalizadora, otro aspecto que se debe resaltar es que los alcaldes pueden emitir sus decretos municipales y ediles y de la misma forma adecuar las disposiciones de la Ley 482 a sus oficialías mayores que actualmente deben cambiar el nombre de estos cargos", explicó. Con la nueva ley los cargos de oficiales mayores son cambiados a secretarios municipales y de acuerdo a la necesidad tendrán el número que requieran.

miércoles, 29 de enero de 2014

Aprueban en grande Ley de Paquete Alimentario

En la pasada jornada en el pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) después de dar lectura a los informes de las comisiones, financiera y jurídica, procedieron a la aprobación de manera unánime de la ley 59/2013-2014 que establece la dotación gratuita de un paquete alimentario para las personas con capacidades diferentes del departamento.

El vicepresidente de la Asamblea Legislativa Departamental, Osvaldo López explicó que la norma establece la dotación gratuita de alimentos nutricionales, lo que significará una inversión aproximada de 201 bolivianos por persona, que llegará a los beneficiados de forma mensual, con productos de primera necesidad, entre ellos, leche, harina, quinua, aceite, azúcar y otros.
Según datos brindados por el Comité Departamental de la Persona con Discapacidad (Codepedis) más de 5 mil personas en el departamento padecen de algún tipo de discapacidad física o mental.
La directora del Codepedis, Victoria Ortega, agradeció de forma personal la voluntad de los asambleístas que aprobaron la ley de forma conjunta y unánime, manifestando también que de esta manera las personas con algún tipo de discapacidad mejorarán su economía para sobrellevar primordialmente la parte alimentaria.
Explicó que las personas con discapacidad para beneficiarse con la ley deben estar registradas en el sistema de información del programa de registro único nacional para personas con discapacidad, dicho registro se lo puede realizar en cualquier oficina del Codepedis en todo el departamento.

lunes, 27 de enero de 2014

Vicepresidencia digitaliza 13.714 leyes a través de plataforma Silep

El objetivo de las plataformas es que la información sea de fácil acceso para la población.

La Vicepresidencia del Estado, a través de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (Adsib) lanzó la plataforma web Silep (Sistema de Información Legal del Estado Plurinacional), que digitalizó 13.714 leyes del período 1825-2014.

El director ejecutivo de la Adsib, Nicolás Laguna, explicó que además de contener todas las leyes aprobadas desde la fundación de Bolivia, la plataforma Silep está diseñada para el registro y actualización de las normas, y permite acceder a esa base de datos, además de fichas y estudios jurídicos sobre las modificaciones que sufrieron ciertas leyes.

Para ingresar a la plataforma Silep se debe ingresar a la dirección web: silep.vicepresidencia.gob.bo.

La plataforma funciona con su segunda versión, la cual permite realizar búsquedas simples, como el ámbito geográfico al que pertenece la norma, su estado de vigencia y el rango de fechas en el que se promulgó.

Laguna explicó que el objetivo de lanzar una página web de estas características es el de facilitar el acceso fluido a la información en distintos ámbitos, así como el de democratizar la información legal, la cual anteriormente sólo estaba a disposición de abogados y personas entendidas en la materia.

El sistema de información nace a raíz de un proceso de saneamiento legislativo, con el apoyo del Ministerio Federal de Relaciones Exteriores de Alemania, como parte de la primera fase del Programa de Fortalecimiento a la Concertación y al Estado de Derecho (Conced).

Silep se encuentra vigente hace un año, y a través de la segunda versión de la plataforma, hace seis meses, registra un flujo promedio de 800 visitas diarias.

El formato de trabajo y actualización de la información contenida en la plataforma Silep es casi inmediato, es decir, que una vez que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprueba una norma, y ésta es promulgada, se la sube a la web en el día.

La plataforma también incluye un subdirectorio de leyes departamentales, que si bien no es nutrido cotidianamente con la producción normativa de las asambleas legislativas departamentales, el proyecto se encuentra en proceso de implementación y se espera mejorar los niveles de coordinación con algunas gobernaciones.

Esta plataforma, al igual que la página web de la Vicepresidencia del Estado, GeoBolivia, y los futuros proyectos que encarará la Adsib, usa software libre y el usuario sólo necesita un ancho de banda de 256 Kbps (kilobits por segundo), a 512 Kbps para navegar cómodamente por la página.

La Adsib tiene la misión de aportar a la incorporación acelerada, democrática, eficaz y eficiente de las tecnologías de la información y la comunicación en el Estado y la ciudadanía, impulsando la sociedad de la información y el conocimiento de los saberes y procurando el vivir bien.

Además, procura posicionarse como la institución referente en el proceso de adopción de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), con capacidad para articular entidades, proponer políticas y estrategias sectoriales, brindando servicios tecnológicos con alto espíritu de compromiso social.


El portal de GeoBolivia tiene un promedio de 500 a 700 visitas por día.

La Adsib también maneja la página web de la Vicepresidencia del Estado, además del sitio web wikileaks.vicepresidencia.gob.bo, que contiene todos los documentos hechos públicos por Julian Assange.

Tanto el Silep como GeoBolivia fueron concebidos para democratizar el acceso a la información para toda la población.


En proyecto plataforma geoelectoral

El nuevo proyecto que implementa Adsib es la plataforma geoelectoral, otro portal que se lanzará, aprovechando que 2014 es un año de elecciones, para ofrecer a la población información electoral detallada en cuanto a resultados y el contexto histórico.

El Director de la entidad explicó que la idea que promueve la creación de esta plataforma es acumular la información electoral desde el año 1979 hasta la actualidad, es decir los resultados y estadísticas de cada una de las elecciones y procesos electorales.

“Esa información se podrá ver en cifras, en números, estadísticas a través de tortas, barras y en mapas para que el usuario pueda ver la información en función de sus requerimientos, como la votación de un partido, la votación de los ganadores por departamentos, municipios, provincias”, explicó Laguna.

La página irá generando información estadística y mapas en función de los criterios de búsqueda del usuario, tanto a nivel de números como de información gráfica.

Laguna explicó que se está recopilando también información histórica sobre los procesos electorales para desarrollar un contexto histórico a la información estadística en materia electoral.

Destacó que la plataforma geoelectoral funcionará como el portal GeoBolivia a fin de ofrecer a la población información ordenada y actualizada sobre los procesos eleccionarios de los últimos 35 años.


GeoBolivia permite visualizar 370 mapas

Otra de las plataformas web manejadas por la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (Adsib) es GeoBolivia, una iniciativa que recopiló y permite visualizar 370 mapas de Bolivia con información detallada sobre ubicación de entidades financieras, de servicios, cobertura telefónica, saneamiento y titulación de tierras, ríos, carreteras.

El director ejecutivo de Adsib, Nicolás Laguna, explicó que GeoBolivia permite acceder a información geográfica generada en los distintos niveles de la administración pública y privada del país, de modo que se pueda sobreponer diversidad de mapas del país elaborados desde distintos criterios de información.

Se puede ingresar a GeoBolivia mediante la dirección: geo.gob.bo, y se requiere sólo un ancho de banda de 512 Kbps para navegar y descargar la información geográfica que el usuario desee acceder.

En la página de inicio de la plataforma se encuentran las opciones de visualizador, catálogo de mapas y guía para usar GeoBolivia.

sábado, 25 de enero de 2014

Ministerio de Autonomías socializa Ley de Gobiernos Autónomos Municipales

Funcionarios del Ministerio de Autonomías, socializan la aplicación de la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, promulgada por el Presidente Evo Morales el 9 de enero, norma que dispone la abrogación de la Ley 2028 de Municipalidades.

El director de la unidad de Fortalecimiento Municipal dependiente de la Gobernación, Florencio Choque Lapaca, informó que la norma regula el procedimiento legislativo en el ámbito de los gobiernos municipales y determina que estos deben generar espacios formales de participación y control social.

Manifestó que entre los cambios que se puede advertir destaca que consigna menos artículos que la anterior y solo siete capítulos, la cual tras haber sido promulgada se encuentra en vigencia, motivo por el que se vio la necesidad de socializar a las autoridades municipales, trabajo que realizan técnicos del Ministerio de Autonomías.

"Como es importante su aplicación se convocó a las autoridades y administradores de los 35 municipios por existir buena predisposición para aplicar la normativa y este tipo de socialización se realizará en los primeros meses del año para que su aplicabilidad se realice de forma efectiva", manifestó.

Se conoció que en el país un solo municipio cuenta con su carta orgánica aprobada por el Tribunal Constitucional, mientras que 89 se encuentran a la espera de su revisión y aprobación para luego someterla a un referéndum y desde el momento que los gobiernos municipales pongan en vigencia sus cartas orgánicas, la norma dejará de estar vigente.

Reiteró que la normativa abrogó la Ley 2028 de Municipalidades, que a juicio de las autoridades se encuentra desactualizada.

jueves, 23 de enero de 2014

Alrededor de 30.000 personas se benefician de la Ley General de Personas con Discapacidad

Según el director de la Unidad de Discapacidad del Ministerio de Justicia, en los datos del Censo 2012 existen 388.119 personas que tienen algún grado de discapacidad, de los cuales menos del 20% fueron evaluados por el Ministerio de Salud para obtener su carnet de invalidación. Queremos que se haga este registro para saber cuántas personas con discapacidad existe.

Alrededor de 30.000 personas a nivel nacional cuentan con un carnet que avala su invalidez y que les permite acceder a los beneficios de la Ley General de Personas con Discapacidad, informó a la ANF la Unidad de Discapacidad del Ministerio de Justicia.

La cifra de al menos 30.000 personas son aquellas que terminaron el trámite para la obtención de este carnet de invalidez, pues existe una lista de aproximadamente 45.000 sujetos calificados para obtener esta credencial, la cual les permite acceder a beneficios como la renta de 1.000 bolivianos para personas con discapacidad grave y muy grave; la atención médica gratuita en distintos centros del país, entre otros establecidos en la ley.

"Las personas carnetizadas deben llegar por lo menos a 30 mil, porque las calificadas son 45 mil.

Queremos que se haga este registro para saber cuántas personas con discapacidad existe, porque hasta la fecha hay 45 mil calificados", informó a la ANF el director de la Unidad de Discapacidad del Ministerio de Justicia, Javier Salguero.

No obstante, la cifra resulta inferior a la cantidad de personas con algún grado de discapacidad que se verificaron en el Censo Nacional de Población y Vivienda 2012, cuyo número asciende a 388.119 personas.

"Esto no es ni el 20%, algo está fallando, puede ser que en el campo, sobre todo, no conozcan que tienen que recurrir a la calificación, ya que el carnet les da lugar a muchos beneficios", explicó.

La Ley de Personas con Discapacidad se aprobó el 2 de marzo del 2012 y su reglamentación general se aprobará antes de que este mes concluya, aseguró Salguero.

La norma fue producto de una serie de protestas que llevó adelante el sector de los discapacitados a fines de 2011 y principios de 2012, en las que encararon movilizaciones desde el oriente del país hasta la ciudad de La Paz, además de otras huelgas de hambre en distintos departamentos.

PASOS PARA LA CARNETIZACIÓN:

La persona con discapacidad que quiera acceder a su carnet de invalidez y beneficiarse de la ley, debe acudir al Servicio Departamental de Salud (Sedes) de su jurisdicción para que sea evaluada por el equipo calificador que está conformado por un médico, un trabajador social y un psicólogo, quienes determinan el grado de discapacidad.

"A la persona con discapacidad le hacen un estudio bio-psico-social, del cual sacan su promedio, un porcentaje de discapacidad que tienen. Si tienen más del 30 por ciento se le considera persona con discapacidad, si tiene menos no está con los derechos", señaló Salguero.

Luego de la calificación, el Sedes envía la documentación médica al Comité Departamental de Personas con Discapacidad (Codepedis) para que pueda proporcionar el carnet.

ANF

martes, 21 de enero de 2014

Decreto Supremo 1859 Bienes de deudores al Fisco pasarán al Estado

Los bienes que han sido dados en garantía al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) por parte de las personas que tienen deudas tributarias podrán ser transferidas de forma directa a las instituciones públicas del Estado, según el Decreto Supremo 1859 que modifica el artículo 36 del Código Tributario Boliviano y que fue publicado el 8 de este mes.

Decreto Supremo. "Los bienes aceptados en dación de pago, podrán ser adjudicados de forma directa a entidades del sector público, mediante resolución administrativa expresa de acuerdo a norma administrativa emitida por la Administración Tributaria", señala el parágrafo III del mencionado Decreto.

En tanto el especialista en temas tributarios, Jaime Rodrigo, explicó que un aspecto que se debe tomar en cuenta para cualquier remate o transferencia es la evaluación de los bienes respecto a la deuda tributaria.

"La dación en pago es una forma extraordinaria para el cumplimiento de la medida tributaria porque ¿para qué se han creado los tributos? para lograr recursos frescos que es dinero porque es lo que le interesa al Estado. Como hay contribuyentes que están pasando por un momento difícil y solamente tienen bienes y como se dice a mal pagador aunque sea piedras (se le recibe), entonces se le permite pagar con bienes, esa es la idea", manifestó

El domingo, el vicepresidente Álvaro García, cuando ejercía la presidencia en ejercicio, promulgó el reglamento de remate de bienes embargados, dando vía libre a la ejecución de una lista de casi 3.000 bienes anotados por el SIN. Se trata de históricas deudas en ejecución tributaria que no pueden hacerse efectivas por falta de una disposición suprema clara.

Un reciente informe de Impuestos da cuenta que hasta noviembre de 2012 existen 2.940 bienes embargados, hipotecados y anotados preventivamente, de los cuales 1.377 son inmuebles, 1.214 vehículos y 349 son otros bienes de contribuyentes deudores.

El analista tributario indicó que con la medida se acelerarán los trámites de remate de los bienes de los deudores al fisco que fueron anotados preventivamente, porque es "el objetivo" que debe tener la norma.

De hecho, dentro de esta lista se encuentran grandes contribuyentes como el periódico El Diario, hotel Plaza y Lloyd Aéreo Boliviano (LAB), que mantienen millonarias deudas en ejecución tributaria. El Diario tiene una deuda de Bs 128 millones, el hotel Plaza 86 millones y el LAB supera los Bs 120 millones.

No habrá clausura definitiva. Por otra parte, la presidente de los microempresarios y dueños de comercios en Chuquisaca, Martha Gómez, informó que el SIN ya no podrá clausurar de manera definitiva los emprendimientos por alguna falta debido a que ganaron un recurso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.

"Para nosotros es importante este resultado, ningún funcionario puede ir a simple criterio a maltratar y clausurar un negocio, ya no pueden ser juez y parte donde firman como testigo de actuación y también como interventor", señaló.

Gómez dijo que con ese actuar, el Servicio de Impuestos vulneraba los derechos a un debido proceso y a la inocencia de sus asociados como lo certificó en su fallo el Tribunal Constitucional. "Gracias a esos cinco tribunos que dignifican la justicia", expresó la dirigente en agradecimiento.

EN 4 AÑOS LA ASAMBLEA APROBÓ 482 LEYES

El vicepresidente de Bolivia y presidente nato de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), Álvaro García Linera, clausuró ayer la gestión legislativa 2013-2014 y destacó la aprobación de 482 leyes en cuatro años, desde 2010.

Según la estatal ABI, la autoridad señaló que "éste fue un año intenso en trabajo de leyes, del año 2010 al 2011 nuestra asamblea aprobó 79 leyes; del 2011 al 2012, 133 leyes; del 2012 al 2013, 135 y este año estamos cerrando con 145 leyes aprobadas, en total 482 leyes aprobadas', indicó.

La estructura del nuevo estado. Según García Linera, estas normas ayudan a fortalecer a nueva estructura del estado y citó , por ejemplo, las leyes de OECAS, de Delimitación de Unidades Territoriales, de Participación y Control Social, de la Juventud, de Cooperativas, la Ley del Libro, Ley Contra el Avasallamiento de Áreas Mineras, Ley de Servicios Financieros, Ley de Servicio de Relaciones Exteriores, Ley de Empresas, entre otras.

lunes, 20 de enero de 2014

CONSOLIDAN LA LEY QUE PROHÍBE PERROS PELIGROSOS

El proyecto 438 que censura la tenencia de doce tipos de canes de raza fue modificado el 12 de diciembre y remitido a la Secretaría General de la Cámara el pasado 13 de enero.

La Cámara de Diputados tiene en agenda el "Proyecto de Ley de Prohibición de tenencia de perros peligrosos para la seguridad ciudadana" que será considerado en los póximos días. Sólo la Policía y las Fuerzas Armadas podrán tener este tipo de mascotas o se deberá pedir un permiso especial.

La futura norma, aprobada por la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas y remitida para su tratamiento en el pleno, es justificada por la necesidad de garantizar la seguridad pública desde la óptica de la peligrosidad que se ha venido presentando por parte de perros que, por su agresividad y temperamento, han generado un ámbito de inseguridad en su manejo, crianza y conservación.

En el proyecto se prohíbe la tenencia de 12 razas de perros de la especie canina que, por su tipologia racial y por su naturaleza agresiva, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones leves, graves y gravísimas a las personas.

Las razas censuradas para el territorio boliviano son: american staffordshire terrier, american staffordshire bull terrier, pit bull terrier, bull terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileir, mastín napolitano, rottweiler y tosa inu.

Tenencia. De acuerdo con el documento, queda terminantemente prohibida la tenencia de perros peligrosos a efectos de entrenamiento para asaltos, peleas y/o agruparlos para peleas y apuestas.

También prohíbe la tenencia de perros peligrosos para criaderos de reproducción con fines de lucro.

Asimismo, se determina que las únicas instituciones que podrán tener estas razas son las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana.

Estas instituciones, sin embargo, tendrán un registro y normativa expresa para la tenecencia de perros peligrosos.

Autorización. Asimismo, establece que las personas que tengan o deseen adquirir un perro peligroso de algunas de las razas descritas deberán acudir a la Policía para solicitar la autorización al Gobierno Autónomo Municipal para el registro y la otorgación de la licencia de crianza.

El propietario del perro peligroso deberá cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de edad, acreditado con su cedula de identidad, no estar privado, por una resolución administrativa o judicial, a la tenencia de perros peligrosos y no tener antecedentes penales.

Para el registro, el propietario del perro peligroso deberá presentar ante el Gobierno Municipal, una certificación de un veterinario avalando el estado de salud, vacuna antirrábica y la esterilización del animal, además de la acreditación del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por Daño a Terceros, y el collar oficial que avala el permiso.

Seguro obligatorio contra daños a terceros. El propietario o responsable del perro peligroso deberá adquirir un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por Daño a Terceros, cuyo objetivo es otorgar la cobertura de los gastos médicos por lesiones leves, graves y gravísimas e indemnización por muerte de cualquier persona individual que sea víctima del ataque del perro peligroso.

El seguro tendrá un periodo de vigencia de un año calendario.

El seguro se podrá contratar en toda entidad aseguradora que suscriba la póliza única de

Responsabilidad Civil por Daño a Terceros, autorizada expresamente por la Autoridad de

Supervisión de Sistema Financiero para comercializar dicho seguro.

El capital asegurado de responsabilidad por atención médica tendrá una cobertura no inferior a 32 salarios mínimos nacionales. Y el capital asegurado de responsabilidad por muerte tendrá una cobertura no inferior a 40 salarios mínimos nacionales.

LA FUTURA NORMA PREVÉ SANCIÓN DE UNO A TRES AÑOS DE CÁRCEL A LOS PROPIETARIOS DE LOS PERROS QUE CAUSEN DAÑO.

domingo, 19 de enero de 2014

Ley obliga a proteger los sitios arqueológicos

Con la promulgación, en 2013, de la nueva Ley de Protección del Patrimonio Cultural del departamento de Cochabamba, la Gobernación y los municipios son los encargados de la conservación y puesta en valor del patrimonio; sin embargo, son pocos los trabajos de preservación y resguardo que se realizan en los más de 300 sitios arqueológicos catalogados.

La directora de la Dirección de Cultura, Interculturalidad y Descolonización de la Gobernación de Cochabamba, Estela Rivera, explicó que durante muchos años la Universidad Mayor de San Simón (UMSS), tiene la tuición de cuidar el patrimonio arqueológico de Cochabamba, ya que antes las gobernaciones no tenían responsables de culturas.

No obstante, con la aprobación de la Constitución Política y la Ley Marco de Autonomías existe un cambio en las responsabilidades de los gobiernos municipales y departamentales, los que ahora deben asumir la protección de todos los sitios arqueológicos brindando las condiciones necesarias para su preservación.

“De acuerdo al patrimonio que sea, hay que buscar medidas de emergencia y protección, no dejarlo abandonado ni lotearlo”, afirmó Rivera, recordando los espacios en los que por el crecimiento de la mancha urbana se atentó y atenta contra sitios arqueológicos importantes.

Por ejemplo, en Quillacollo, de acuerdo a una investigación realizada por el arqueólogo Ricardo Céspedes, existen más de 50 sitios arqueológicos, con características de montículo o también llamados morros, donde la gente se ha asentado sucesivamente, contó el arqueólogo consultor de esta dirección, Marco Irahola.

Por otro lado, Irahola aclaró que es necesario que los municipios puedan invertir en investigación y la puesta en valor de los sitios arqueológicos, al tiempo de brindar la protección de estos espacios y lograr la construcción de museos para socializar los hallazgos encontrados en cada zona.

“El mantener un sitio arqueológico es mucho dinero; sin embargo, una sola pieza puede dar mucha información; con el lavado, codificación y las fotografías que sacamos de ellas podemos llegar a profundizar más sobre la historia y cultura del departamento, descubriendo cosas que antes no sabíamos”, explicó Irahola.

Rivera manifestó que a la fecha, la Dirección de Cultura revisa una cartilla de socialización de la Ley de Patrimonio, que contiene algunos sitios arqueológicos ilustrados en fotografías, para que la población pueda enterarse mejor de la Ley.

Asimismo, la funcionaria aclaró que existe una Ley de Patrimonio Nacional, que ya se encuentra en manos de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en proceso de análisis para su promulgación y posterior aplicación.

Saqueos

Uno de los principales problemas a los que se enfrentan las autoridades departamentales y municipales encargadas del resguardo de los sitios arqueológicos, son los “waqueos” o saqueos del patrimonio arqueológico, en la que sujetos trafican objetos antiguos patrimoniales a cambio de sumas considerables de dinero.

Según Rivera, entre los municipios más afectados por este tipo de antisociales en el departamento están Villa Rivero y Santiváñez, donde los huecos cavados por estas personas pueden verse a simple vista.

La funcionaria contó, a manera de anécdota, que “todos los arqueólogos koan el sitio donde empezarán su investigación para no encontrar oro, considerado como una maldición para ellos”, por lo que se puede hacer con él, en caso de que sea comercializado en el mercado negro o caiga en manos de traficadores.

Manifestó que la dirección que dirige está realizando recorridos por diferentes puntos del departamento, detectando “sitios de emergencia” por el waqueo en el lugar, para posteriormente tomar las medidas inmediatas, aunque los municipios son los primeros que deberían emprender políticas para el cuidado de su patrimonio, concluyó.

Efectos del incumplimiento de Ley del Patrimonio Cultural

De acuerdo al artículo 36 de la Ley de Patrimonio, todos los servidores públicos deben cumplir con las tareas de resguardo al patrimonio que se encuentra en su municipio, caso contrario las autoridades podrían ser pasibles a sanciones administrativas por incumplimiento de deberes, con sanciones penales, explicó la abogada de la Dirección de Cultura, Sissibel Rodríguez.

“A larga, los alcaldes se están arriesgando a juicios de responsabilidad, ahora o en el futuro, ya se tiene normativa y se debe empezar a trabajar en base a la normativa”, añadió Rivera, al tiempo de aclarar que “todos los municipios deben pensar en planes de gestión de su patrimonio”.

Rodríguez dijo que la mala gestión de funcionarios públicos en el resguardo de espacios arqueológicos, éstos son pasibles a procesos penales que podrían concluir con la privación de libertad, o en caso de generar daño civil que afecte económicamente al Estado, se procedería al cobro de multas, suspensiones o destituciones.



PUNTOS DESTACADOS DE LA NORMA

La norma departamental llena un vacío legal

La Ley de Protección del Patrimonio Cultural del departamento de Cochabamba, aprobada el primero de octubre del año pasado, tiene como objetivo la “protección conservación, declaración, registro, investigación, promoción, difusión y la puesta en valor del patrimonio cultural de departamento”.

Está compuesta por 11 capítulos, 38 artículos y tres disposiciones finales, que llenan el vacío legal de 10 años. En sus disposiciones preliminares, expresa que es de aplicación en todo el territorio del departamento de Cochabamba.

Establece ocho definiciones, entre algunas de ellas: la declaratoria de patrimonio cultural, que reconoce bienes tangibles e intangibles para otorgar una mayor protección a los lugares arqueológicos; y las industrias culturales, que son aquellas que combinan la creación, producción y comercialización de contenidos creativos.

1 PATRIMONIO CULTURAL

El patrimonio cultural de Cochabamba está integrado por el patrimonio tangible e intangible. El primero se entiende como los bienes muebles e inmuebles de interés histórico, social, religioso, ambiental, documental; la segunda se refiere a manifestaciones y expresiones culturales inmateriales, relacionadas con concepciones, idiomas, gastronomía, música, rituales y medicina tradicional entre otros.

2 REGISTRO, INVENTARIO, CATÁLOGO

Capítulo quinto en el que estipula la creación del Sistema de Registro, Inventario y Catálogo (Siric) del patrimonio cultural del departamento por parte del Órgano Ejecutivo del Gobierno Departamental, que tiene como objetivo la centralización y sistematización de datos de los bienes culturales tangibles e intangibles, así como las colecciones privadas, para la protección y puesta en valor del patrimonio cultural.

3 PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN

En este punto se establece que la Gobernación podrá intervenir de manera directa o concurrente con entidades públicas o privadas para la protección y conservación del patrimonio cultural; además, prevé la adopción de “medidas necesarias” para el resguardo de estos bienes, ya que en caso de incumplimiento se ordenaría la aplicación de sanciones. Asimismo, resguarda la identidad del denunciante que dé cuenta de la falta de protección a todo el patrimonio arqueológico.

4 FORTALECIMIENTO INDUSTRIAS CULTURALES

La Gobernación, mediante la Dirección de Culturas, en coordinación y cooperación con los gobiernos autónomos municipales promoverá y fortalecerá las industrias culturales, entendidas como aquellos organismos que producen y comercializan elementos culturales tangibles e intangibles, siendo que cada entidad territorial registrará, protegerá y coadyuvará a las personas naturales y jurídicas que se dedican al desarrollo de la actividad cultural en el ámbito de las industrias culturales.

5 PARTICIPACIÓN DE ENTIDADES ESTATALES

La Gobernación, municipios y comunidades indígenas originario campesinas, la población e instituciones públicas y privadas, están en la obligación de coordinar actividades y políticas para la protección y conservación del patrimonio cultural; además, deben asignar recursos económicos para la investigación, restauración y resguardo de estos lugares, así como registrar, inventariar y catalogar todo el patrimonio cultural que existe dentro su jurisdicción en función al Siric.

6 PROHIBICIONES Y RESPONSABILIDADES

Toda la población del departamento tiene prohibido atentar contra el patrimonio cultural de Cochabamba, interferir en el trabajo de servidores públicos autorizados en inspecciones y registros a los lugares; comercializar o apropiarse de los bienes arqueológicos o históricos que son parte del patrimonio; así como la destrucción y daño a estos espacios, como la exportación de los bienes encontrados. Las personas que incumplan estos puntos serán sancionadas de acuerdo a normativa interna.

7 INFRACCIONES Y SANCIONES

Las faltas que se cometen contra los puntos establecidos anteriormente, así como la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías, son consideradas como infracciones y serán sancionadas, “sin perjuicio de las respectivas acciones penales y civiles cuando corresponda”. Un reglamento, que se encuentra en proceso de elaboración, será el que defina el procedimiento para la imposición de sanciones al daño ocasionado, tomando en cuenta el valor del bien cultural y el daño causado.

sábado, 18 de enero de 2014

Ley a favor de animales obvia corrida de toros y la wilancha



El sacrificio de animales en rituales andinos (wilanchas), peleas de perros, peleas de gallos, corrida de toros y otras prácticas no fueron incluidas en el proyecto de Ley General para la Defensa de los Animales, denunciaron las organizaciones del sector.

Representantes de la Fundación Proteja y de la organización no gubernamental Animales SOS afirmaron, por separado, que los casos de maltrato y sacrificios se practican a diario en los pueblos y ciudades del país, y en el proyecto no se considera el tema.

“En las ciudades están las peleas de perros y la gente apuesta por la muerte de uno de ellos; en el área rural se dan peleas de gallos. A esto se suma los sacrificios para las wilanchas, que por lo general son llamas. No hay una sola norma que prohíba y sancione a los causantes de estas muertes”, declaró a La Razón Susana del Carpio, responsable de Animales SOS. En tanto, la representante de Proteja, Karen Mercado, dijo que otros casos de maltrato a animales son las denominadas corridas de toro o jocheo y la matanza de patos.

“En el jocheo, que se practica en poblaciones del oriente, el fin es molestar al toro que está encerrado en un campo deportivo, lo golpean, jalan de la cola y al final lo sacrifican. En el caso de las corridas de toro, que se dan en el altiplano, el objetivo es sacar el dinero que está pegado en un aguayo en el lomo del animal; si bien no lo matan, recibe golpes”, señaló.

Respecto a la matanza de patos, Mercado explicó que la práctica se realiza en el aniversario de algunas comunidades rurales del oriente. Entierran al pato y el desafío es que uno de los participantes lo mate con un palo.

La matanza de 70 perros y gatos en el municipio de Warnes (Santa Cruz) agilizó el tratamiento del documento ante la Cámara de Diputados, luego de que las organizaciones protectoras de animales realizaron marchas en varias ciudades para pedir la aprobación de una norma que proteja a la fauna salvaje y doméstica.

Otra de las observaciones se refiere a las sanciones. En el texto se establece de uno a tres años de cárcel la apropiación indebida y el tráfico ilegal de animales domésticos. Al respecto, Mercado indicó: “es una burla, nadie va a la cárcel con esa sanción”.

El miércoles 15, el plenario de la Cámara de Diputados aprobó en su estación en grande el proyecto Ley General para la Defensa de los Animales. El objetivo de la normativa es proteger a los animales silvestres y domésticos. La diputada María Chuca (MAS) es la proyectista.

El asambleísta Javier Zavaleta reconoció que ese día los mismos diputados observaron la redacción del texto porque tiene vacíos y contradicciones. “Hay que reconocer que hubo observaciones al interior de la Cámara de Diputados, hasta la sociedad civil se manifestó en contra de la redacción, por esta razón no se trató en detalle y hasta que no se corrijan las observaciones el debate esta abierto”.

Al margen de esta iniciativa, hay otra que pretende regular la tenencia de los canes considerados peligrosos. A raíz del ataque de un perro rottweiler a Rosalía, una niña de El Alto de cuatro años, el diputado Zavaleta presentó el proyecto de ley sobre la prohibición de animales peligrosos. En la actualidad, la Ley de Prohibición de Tenencia de Perros Peligrosos Para la Seguridad Ciudadana se encuentra en la plenaria de Diputados.

Algunos puntos del documento

Redacción

Establece que las responsabilidades de los dueños de animales es educarlos, asearlos, alimentarlos y garantizar su salud. Prohíbe y sanciona el maltrato físico, emocional, psicológico y sexual a los animales.

APRUEBAN PROYECTO DE LEY EN DEFENSA DE LOS ANIMALES

Las personas que cometan delitos contra los animales o provocados por los animales (responsabilidad de los dueños) serán sancionadas a través de la aplicación de trabajos comunitarios hasta la privación de libertad de cinco años acorde a la aplicación de Código Penal, señala el Proyecto de Ley General para la Defensa de los Animales.

Este documento, aprobado el miércoles en su estación en grande en la Cámara de Diputados, busca la defensa de todas las especies de animales dentro del territorio nacional.

El proyecto establece que para efectos sancionatorios, administrativos y penales, se consideran manifestaciones de violencia los siguientes hechos: maltrato, crueldad, tortura, biocidio, zoofilia y otras.

Clasificación. El maltrato contra los animales hace referencia a que teniendo los medios para hacerlo, no se les provee alimento y agua, o en caso de enfermedad privarlos de la atención médico veterinario.

Los hechos de crueldad contra los animales son, no cumplir con las medidas para su manejo humanitario o abandonarlos, someter y sobrecargar a horas de trabajo por encima de la resistencia o capacidad de los animales laborales o de tiro, o que trabajen en áreas urbanas o áreas rurales con un alto tráfico vehicular, en estado de vejez, de enfermedad o preñez al punto de causarle enfermedades o la muerte, solicitar y practicar la eutanasia en un animal que no lo necesite, criar animales en condiciones contrarias a su hábitat, faenar animales para consumo en condiciones inapropiadas. Los hechos de tortura son: quemarlos, enterrarlos, quitarles las plumas, la piel parcial (...), extraerles dientes, mutilarles cuernos, cortarles orejas (...).

Asimismo, se califica como crueldad el que incurriere en los actos de biocidio y zoofilia.

Sanciones. El proyecto de ley en los artículos de sanciones establece varias medidas contra los infractores dependiendo de la gravedad.

Entre las medidas correctivas a aplicarse se define desde el "trabajo comunitario hasta la privación de libertad".

Asimismo, la futura norma legal incorpora en su disposición adicional, "sanciones por delitos cometidos contra los animales y provocados por animales", artículos del Código Penal que establecen sanciones desde seis meses a cinco años de privación de libertad.

Estos delitos estan tipificados como la apropiación indebida y tráfico ilegal de animales domésticos, manifestaciones de violencia contra los animales, tráfico de animales silvestres, homicidio culposo, lesiones culposas y el incumplimiento a normas vigentes de faena en animales de consumo.

viernes, 17 de enero de 2014

Diputados aprueban ley que permite derribar narcoaviones



Ayer, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley Nº 611 de Seguridad y Defensa del Espacio Aéreo, que permite el derribo y destrucción de aeronaves que circulen ilegalmente, que se conviertan en una amenaza en el espacio aéreo nacional o estén ligadas con actividades de narcotráfico.

Este proyecto de ley se venía trabajando desde el 2013, ocasión en la que el ministro de Defensa, Rubén Saavedra, aseguró que la propuesta buscaba establecer las normas legales que permitan interceptar aviones que realizan vuelos ilícitos (narcotráfico, contrabando, tráfico de armas, órganos y otra naturaleza) o de aquellas que violen las normas nacionales o convenios internacionales para el resguardo de la seguridad, defensa y soberanía en la circulación dentro del espacio aéreo del Estado.

“Se creará el Comando Aeroespacial de Defensa, una instancia técnica operativa, dirigida por un comandante nombrado por la FAB. Esa repartición militar detectará, identificará e interceptará aviones, así como declarará si es infractor, ilícito u hostil con la correspondiente aplicación de acciones preventivas, disuasivas y coercitivas”, señaló en aquel entonces el ministro Saavedra.

De acuerdo con el artículo 10 de la normativa, los procedimientos de interceptación de una aeronave civil se ejecutarán con el propósito de identificarla, brindarle ayuda, obligar a retornar a su ruta u obligarla a aterrizar según la reglamentación aeronáutica boliviana correspondiente, señala una publicación de Oxígeno.

La norma fue aprobada tras la difusión de vuelos ilícitos que transportan droga desde pistas clandestinas hacia Bolivia. El pasado fin de semana en el norte paceño, se decomisó 380 kilos de droga peruana, en la oportunidad el presidente Evo Morales confirmó que Bolivia se convirtió en país de tránsito de narcóticos y anunció acciones para combatirlo.

Delegan Ley en Defensa de Animales para nueva directiva de Cámara Baja


Manifestantes pidieron la aprobación de normas que protejan a sus mascotas.

Tras ser aprobado en su estación en Grande por la Cámara de Diputados, el Proyecto 057/2013-2014, Ley General para Defensa de los Animales fue diferida hasta la posesión de las nuevas autoridades de la directiva camaral y después de los actos oficiales del Estado plurinacional, según informó la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), María Chuca.

“La Ley que será aprobada es una propuesta que hice a los legisladores, pero antes que ingrese a la Asamblea hubo varias modificaciones en base a los planteamientos que propusieron los otros diputados”, declaró en contacto telefónico a EL DIARIO.

Chuca explicó que uno de los artículos del Proyecto de Ley, compuesto de 19 artículos, una Disposición Transitoria y una Adicional, fue observado por los comunarios de los pueblos indígenas, ya que en este capítulo cita la prohibición de la caza y de la pesca durante los concursos deportivos. “Los comunarios piensan que se les prohíbe esta actividad y no es así, porque ellos viven de eso y por lo tanto, se les aclaró a los comunarios de estas regiones que no les va a afectar”, dijo.

En la sesión plenaria programada para ayer se tenía previsto tratar también la Ley de Prohibición de Tenencia de Perros Peligrosos para la Seguridad Ciudadana, que fue propuesta por el diputado Javier Zavaleta.

La diputada del Movimiento Sin Miedo (MSM), Marcela Revollo, aclaró que ambas leyes que estaban programadas en la orden del día, fueron diferidas, ya que presentan contradicciones, pues una habla en defensa de los animales y la otra de sacrificio a los animales.

Señaló que la ley de Zavaleta que apunta a restringir el derecho de tener como mascotas a perros de 14 razas, como los pit bull o doberman, ingresó a plenaria mediante la Comisión de Gobierno que es encargada de temas de seguridad ciudadana y no por la Comisión de Política Social, como correspondería, pues hubo muchas observaciones contra el proyecto del “ex sin miedo”.

jueves, 16 de enero de 2014

SANCIONAN LEY DEL MUSEO MARÍTIMO

El Gobierno creará el Museo Histórico Marítimo del Estado Plurinacional de Bolivia en la ciudad de Sucre gracias al proyecto de Ley 022/2013, sancionado ayer por el pleno de la Cámara de Diputados.

El museo tiene el objetivo de constituirse en un instrumento para despertar la conciencia nacional en referencia al derecho boliviano de acceso soberano al océano Pacífico.

Se espera que el museo se concrete en una institución pública que preserve, estudie y difunda la historia del mar boliviano, por lo que contará con un centro de documentación compuesto por aproximadamente 20.000 documentos históricos.

Ley que establece límites entre Oruro y Potosí refrenda acuerdos de comunarios

La ley que sancionó la Cámara de Diputados el martes, que determina los límites entre Oruro y Potosí en el sector de los ayllus en Paz, y los ayllus Guerreros, viene a refrendar la demarcación que se hizo a través de acuerdos y consenso de los comunarios.

La directora de Límites del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro (Gador), Yamile Gutiérrez, manifestó que la Constitución Política del Estado y la Ley 339 de Límites, indican que la delimitación interdepartamental corresponde a la voluntad democrática de sus habitantes, en ese sentido cualquier delimitación debe ser coordinada con el ente ejecutivo.

Esta delimitación además se dio a raíz del voto resolutivo emitido por los representantes de los Ayllus en Paz del departamento de Oruro de fecha 28 de agosto de 2013, que en su cláusula primera, indica: "Nosotros de acuerdo a nuestras culturas y cosmovisión ratificamos mantener la convivencia pacífica y la hermandad de nuestros territorios".

Asimismo señalan que: "Los Ayllus en Paz del Sur del departamento de Oruro ratificamos el trabajo de demarcación realizado por el Instituto Geográfico Militar (IGM) por lo que solicitamos y exigimos de nuestras autoridades nacionales, departamentales y locales, promuevan a la brevedad posible, nuestra ley de delimitación ante las autoridades competentes en el marco de la normativa vigente".

"La Gobernación a través de la Dirección de Límites se ha reunido a convocatoria del Ministerio de Autonomías, con su similar de Potosí, ambas dependencias hemos realizado un trabajo técnico legal, en el que hemos podido verificar los 151 vértices que se tienen en ese tramo Ayllus en Paz", refirió Gutiérrez.

Explicó que ha sido una demanda de muchos años, esperar que se emita el marco legal al trabajo de demarcación que ha iniciado el IGM entre el 2000 al 2003.

"Son 10 años los que han transcurrido después de que se ha demarcado con el IGM, cada punto de sus vértices tiene un acta firmada y homologada por los colindantes de Oruro y de Potosí, por ello es difícil cambiarlos y es de pleno conocimiento de los interesados", informó la funcionaria.

Preparan proyecto Ley para Defensa de Seguridad Área

El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Carlos Aparicio, informó ayer que el anteproyecto de Ley de Defensa de Seguridad del Espacio Aéreo de Bolivia, ingresará hoy a la Cámara de Diputados para su aprobación en grande y en detalle. Señaló que el proyecto tiene como fin vigilar a las naves que ingresen al país, especialmente en casos de narcotráfico.

“Es una ley que tiene el principal objetivo de poder establecer y regular el procedimiento, acciones y medidas para el control de vigilancia del espacio aéreo del Estado plurinacional de Bolivia en el ejercicio de la soberanía”, manifestó.

Además, dijo que este código se aplicará a aeronaves civiles, nacionales y extranjeras que operen en el territorio nacional. Acotó que tiene los métodos de interceptación y las acciones que deben tomar el Comando Aéreo Espacial (CAE), en caso de que las aeronaves incumplan la normativa nacional e internacional y serán declaradas “ilícitas u hostiles”.

Aparicio también aclaró que esta ley nace en el Ejecutivo y que ha sido consensuada y trabajada por mucho tiempo por las autoridades del Ministerio de Defensa y que hoy ingresará a la Asamblea para que los legisladores den su aprobación.

“Este anteproyecto de ley es para aquellos aeronaves que representen una amenaza para el Estado”, dijo el diputado.

Cámara de Diputados aprueba en grande Ley General para Defensa de Animales

Mediante dispensación de trámite, la Cámara de Diputados aprobó ayer en su estación en grande el proyecto de Ley General para la Defensa de Animales, como anunciaron legisladores oficialistas.

El proyecto propuesto por la diputada María Chuca fue presentado ayer y recibió el respaldo de la plenaria, tras los últimos hechos de violencia y muerte de mascotas registrados en el municipio de Warnes de Santa Cruz, donde 71 animales, entre perros y gatos fueron cruelmente ejecutados por una presidenta de vecinos y sus familiares. El motivo, un supuesto riesgo de “epidemia” de rabia.

La presidenta de la Cámara Baja, Betty Tejada, destacó este proyecto pues se enmarca dentro de las políticas de “defensa y respeto a la vida” del Estado.

“Sé que es un proyecto que puede ser mejorado, pero lo importante es que los diputados demos esta señal al país aprobando esta ley que defiende la vida de todos los animales y regula su tenencia”, dijo a medios estatales.

El proyecto también establece responsabilidades para los dueños de las mascotas, además de sancionar el “maltrato físico, emocional, psicológico, sexual hacia los animales”.

Dentro de las disposiciones se prohíbe el uso de animales en prácticas militares y policiales, como se vino solicitando desde sectores de la sociedad civil.

EL DIARIO formuló esta preocupación a la legisladora Chuca, después que la organización de activismo virtual Avaaz.org emprendiera una campaña para prohibir la matanza de animales, especialmente perros, en las prácticas de entrenamiento en recintos militares.

Imágenes explícitas y obscenas de la matanza, ejecución, descuartizamiento de canes circularon por las redes sociales, causando la indignación de la sociedad y los activistas de derechos de los animales, situación que también movilizó a los cibernautas.

La ley, cita la nota difundida por ABI, también “prohíbe la crianza de animales domésticos con fines comerciales y la tenencia de animales por parte de personas que tengan antecedentes de violencia contra estos. Incluye además la prohibición de la caza deportiva así como el trabajo extremo de los animales, en especial, de aquellos de mayor edad”.

Se espera que el proyecto sea aprobado en su estación en detalle en las siguientes horas y su remisión a la Cámara de Senadores sea antes del 22 de enero, cuando cambien las directivas y comience la última gestión de esta Asamblea Legislativa, instaurada en 2010.

miércoles, 15 de enero de 2014

Diputados sancionan Ley que delimita 88 Km entre Oruro y Potosí

La Ley de Delimitación Interdepartamental Oruro-Potosí en el tramo de colindancia denominado Ayllus en Paz, fue sancionada ayer por la noche por la Cámara de Diputados, delimitándose 88 kilómetros entre Oruro y Potosí.

El único diputado de oposición, Franz Choque cuestionó el contenido del proyecto de ley por no contar con los respaldos técnicos correspondientes como el mapa de delimitación que debió acompañar indisolublemente la norma sancionada.

De los antes denominados ayllus en guerra, el año 2000 fueron demarcados 60 kilómetros y el año 2003 fueron demarcados 36 kilómetros, haciendo un total de 96 kilómetros demarcados según un informe del IGM, hoy este Proyecto de Ley delimita 88 kilómetros, lo que no se sabe es si lo anteriormente demarcado queda sin efecto o ésta es una nueva que se añade a lo ya existente.

La ministra de Autonomías, Claudia Peña informó al pleno de la Cámara de Diputados que esta ley nace de todas las actas firmadas durante los últimos 10 años y que además la respalda el proceso de homologación a la Ley de Delimitación Territorial iniciado desde agosto de 2013. Según esta autoridad, estas actas fueron verificadas por los gobernadores de Potosí y Oruro.

El diputado Choque cuestionó indicando que: "tratándose del territorio departamental es inadmisible que sólo los pobladores de las comunidades en el área limítrofe hayan definido nuestros límites interdepartamentales, cuando los mismos debieron ser consentidos por toda la población o por lo menos por las instituciones más representativas del departamento de Oruro. Esta norma no tomó en cuenta los procedimientos planteados por el Decreto Supremo 1560 que es el Reglamento a la Ley 339 de Delimitación de Unidades Territoriales".

Asimismo, indicó que deben lamentar que el gobernador del departamento de Oruro, Santos Tito Veliz, como única autoridad con legitimación activa para interponer su desacuerdo, haya consentido o avalado esta delimitación que afecta territorio orureño, porque tal como está planteada la norma se crea antecedentes negativos para el interés departamental, por que podrían correr la misma suerte los demás procesos pendientes de delimitación interdepartamental que tiene Oruro.

Llegando a Oruro, señaló, ahondaremos en una explicación de las 151 coordenadas que el Instituto Geográfica Militar (IGM) tomó como coordenadas para la demarcación territorial correspondiente.

Senado aprueba Ley de Acuerdos y Convenios Intergubernativos

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de Ley de Acuerdos y Convenios Intergubernativos, que tiene por objeto regular el procedimiento para la suscripción de acuerdos o convenios entre los gobiernos autónomos o entre estos, con el nivel central del Estado.

En virtud a la Ley, el nivel central del Estado y los gobiernos autónomos, podrán suscribir acuerdos o convenios intergubernativos para ejecutar planes, programas o proyectos concurrentes, transferir recursos o bienes para el ejercicio coordinado de sus competencias, delegar competencias, conciliación de conflictos competenciales y otros establecidos por la ley nacional.

Según la Ley, los acuerdos y convenios intergubernativos serán vinculantes y de cumplimiento obligatorio para las partes.

Las autoridades competentes para suscribir estos convenios intergubernativos serán los ministros de Estado en el caso de ministerios e Instituciones descentralizadas, gobernadores, alcaldes municipales, ejecutivo regional o máxima autoridad del Gobierno Autónomo Indígena Originario Campesino.

martes, 14 de enero de 2014

Recolectan firmas exigiendo ley de protección para animales

Diferentes instituciones que velan por los derechos de los animales continúan con la recolección de firmas exigiendo que el parlamento promulgue la ley de protección y defensa de las mascotas. Anunciaron para esta semana nuevas movilizaciones.

La muerte de 71 perros en el municipio de Warnes - Terracor III que se originó en semanas pasadas, movilizó en Cochabamba a diferentes instituciones y voluntarios quienes velan por los derechos de los animales e impulsan la recolección de firmas para presionar a la Asamblea Plurinacional a promulgar una nueva normativa a favor de las mascotas.

"Paralelamente a las movilizaciones, estamos con la campaña de recolección de firmas que hemos instalado en la plaza de Las Banderas para que de una vez se apruebe la ley de protección de los animales", informó Sandra Ferrufino, representante de una de las instituciones.

Según Ferrufino, a nivel nacional las asociaciones y sociedades protectoras de animales, continuarán con vigilias, marchas y movilizaciones repudiando la cruel matanza que propició Fátima Carrillo a decenas de animales en Santa Cruz sin nunca haberse confirmado que se trataba de casos de rabia canina.

"Vamos a seguir movilizados y organizándonos mediante las redes sociales porque la muerte de estos animalitos no puede quedar impune", dijo.

Agregó que los días miércoles a nivel nacional se continuarán con las vigilias en memoria de las mascotas. En Cochabamba se encenderán velas y lanzarán globos blancos al aire. Las concentraciones serán en la plaza de Las Banderas, donde también se continuará con la recolección de firmas.

"Es una manera de liberar las almas de los animales que han sido sacrificados", insistió.

El pasado viernes, al igual que en el resto del país, cientos de personas se concentraron en la plaza de Las Banderas donde con oraciones, velas y globos recordaron a las mascotas fallecidas. Pidieron cárcel para la autora de este crimen y la promulgación de la ley de protección de los animales.

"No importa que nombre tenga, ley de protección de defensa de los animales, sino que de una vez se apruebe y entre en vigencia", indicó.

Cámara de Diputados aprobó 135 leyes en la gestión 2013

La presidenta de la Cámara de Diputados, Betty Tejada, informó hoy que de las 217 sesiones que sostuvo esta instancia legislativa se aprobaron 135 leyes, es decir, aproximadamente una ley cada dos días.

Entre las normas más importantes que se debatió el año pasado, Tejada, destacó la aprobación del Código de Procedimiento Civil y el Código Niño, Niña y Adolescente, que aún se encuentra en debate en la Cámara de Senadores.

"De 217 sesiones que ha tenido la Cámara hemos aprobado 135 leyes, es decir casi una ley cada dos días y esto sin considerar que lo que el ciudadano ve en el pleno ya es el debate político, el broche de oro, porque todo el proceso de leyes (…), se da en las comisiones", manifestó Tejada a Cadena A.

Asimismo, informó que en la gestión pasada se ejecutó el 99.2 por ciento del presupuesto, se realizaron 60 peticiones de informe oral, 1.985 peticiones de informe escrito a los órganos Judicial y Ejecutivo, además de tres peticiones de interpelaciones.

Como anécdota, la presidenta de Diputados relató como una ministra de Estado, de la cual no dijo su nombre, en alguna ocasión le pidió que ya no se le envíe más peticiones de informe escrito, puesto que tuvo que crear una repartición de abogados para atender los requerimientos de los asambleístas.

lunes, 13 de enero de 2014

Cartas municipales orgánicas dejarán sin efecto la nueva ley

La aprobación y ejecución de las cartas orgánicas dejarán automáticamente sin efecto la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, que contiene aspectos fundamentales de la separación del Ejecutivo Municipal y el Concejo administrativamente, además de proteger a los alcaldes de “golpes municipales”, promovidos y ejecutados por los concejales.

La ley se aplica a las entidades territoriales autónomas municipales que no cuenten con su Carta Orgánica Municipal vigente, o en aspectos que no hubieran legislado en el ámbito de sus competencias.

La viceministra de Autonomías Departamentales y Municipales, Gisela López, explicó que la ley tiene carácter supletorio y no transitorio, lo que significa que dará la posibilidad de reglamentar la configuración de las municipalidades que no hayan podido aprobar sus cartas orgánicas basadas en la Constitución.

“Aquellos gobiernos autónomos municipales que no hayan elaborado sus cartas orgánicas se regirán por esta ley y, cuando elaboren su carta orgánica, la ley no tendrá ningún valor en sus municipios”, explicó la autoridad.

“La presente ley tiene por objeto regular la estructura organizativa y funcionamiento de los gobiernos autónomos municipales, de manera supletoria”, señala la norma.

Es decir que, una vez que las cartas orgánicas entren en vigencia, reemplazarán a la norma.

La Ley Marco de Autonomías establece que cada Gobierno Autónomo Municipal puede elaborar una Carta Orgánica pero no está obligado a ello. Hay municipios que, por su extensión, por su bajo presupuesto o por una definición política, no han querido hacerlo y nadie puede obligarles.

Por su parte la ministra de Autonomías, Claudia Peña, explicó que, si bien la nueva Ley de Gobiernos Autónomos Municipales ejercerá un papel supletorio a la redacción de las cartas orgánicas, la norma también busca ser un referente para que los concejos legislen sus autonomías con mayor creatividad y en función de las necesidades que existan en la población.

“Deben tomar en cuenta los contenidos de la ley para animar a los concejos municipales a que sean más atrevidos en sus propuestas”, manifestó.

La autoridad reveló que su cartera identificó varias falencias en las cartas orgánicas de municipios, falencias que ya se encuentran en el Tribunal Constitucional Plurinacional para su revisión.

“Algo que hemos estado viendo, si bien los procesos de cartas orgánicas están siendo participativos, es que los resultados no tienen mucha novedad porque muchas cartas orgánicas están siendo copiadas por consultores”, afirmó.

Las cartas orgánicas de los municipios deben establecer las bases de la organización autónoma edil, sobre la base de las competencias ya definidas en la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización. 
ELECCIONES Los documentos orgánicos son importantes para las elecciones regionales de 2015, cuando se elijan a los alcaldes y concejales, cuyo número variará de acuerdo con la cantidad de habitantes de cada uno de los municipios del país. La elección de subalcaldes no está contemplada en la nueva norma promulgada por el presidente Evo Morales.

Una de las principales preocupaciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE) es la demora en la elaboración de las cartas orgánicas municipales y estatutos autonómicos departamentales, para someterlos a referendo en 2014, y que puedan ejecutarse para las elecciones municipales y departamentales en abril de 2015, como establece la Constitución Política del Estado.

En Bolivia existen nueve autonomías departamentales y 339 municipios, aproximadamente, lo que significa que el Tribunal Constitucional deberá revisar más de 348 normas, para luego someterlas en referendos que serán administrados por el Órgano Electoral.

Ramiro Paredes, vocal del TSE, manifestó que una de las características del Estado Plurinacional es la autonomía y descentralización, lo cual quiere decir que la formación estatal boliviana tiene distintos niveles gubernativos como el nacional y los subnacionales, es decir, las autonomías departamentales, regionales, municipales e indígena originario campesinas.

En el presente están en marcha algunas dinámicas de acceso a las distintas formas de autonomía. Paredes señaló que el TSE está participando en la construcción de las autonomías.
TSE preocupado por lentitud
Una de las principales preocupaciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE) es la demora en la elaboración de las cartas orgánicas municipales y estatutos autonómicos departamentales para someterlos a referendo en 2014, y que puedan ejecutarse para las elecciones municipales y departamentales de abril de 2015, como establece la Constitución Política del Estado.

Ramiro Paredes, vocal del TSE, manifestó que el papel del Órgano Electoral es importante en este proceso, pero admitió que hay retraso en la elaboración.

En Bolivia, existen nueve autonomías departamentales y 339 municipios, lo que significa que el Tribunal Constitucional deberá revisar más de 348 normas, para luego someterlas a referendos que serán administrados por el TSE.

El Órgano Electoral informó que, actualmente, existen varios procesos de elaboración de cartas orgánicas municipales y estatutos de autonomía departamental, autonomía indígena originario campesina y una de autonomía regional, que es la del Chaco en Tarija.
La normativa quiere evitar la ingobernabilidad en comunas con concejos políticamente divididos
Con el objetivo de preservar la gobernabilidad en los municipios y mejorar la gestión de la autoridad edil en favor de sus comunidades, se promulgó la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales.

De esta manera, se busca acabar con los “golpes de Estado municipales” que gestan algunas organizaciones o partidos políticos que convencen a unos cuantos concejales para que, mediante mayoría en el Concejo, suspendan de sus actividades a la autoridad edil.

“Eso perjudica evidentemente la gobernabilidad, perjudica también la gestión, eso terminará con esta ley. Por eso quiero felicitar el trabajo conjunto, el aporte, la experiencia de todos”, sostuvo la ministra Claudia Peña.

El artículo 10 de la ley, referido a la renuncia de la alcaldesa o alcalde, concejalas o concejales, señala que toda renuncia “se formalizará mediante la presentación personal de una nota expresa de renuncia ante el Concejo Municipal y el Órgano Electoral. De no cumplirse ambos requisitos, no se reconocerá como válida la renuncia”.

Además, señala que la nota de renuncia presentada por una tercera persona, no será considerada por ningún Órgano o Entidad Pública para la prosecución de la renuncia, ni surtirá efecto alguno.

Asimismo, la alcaldesa o alcalde, concejala o concejal, para desempeñar otras funciones prohibidas en relación a su cargo, deberá presentar su renuncia definitiva e irrevocable al cargo, sin que procedan licencias ni suplencias temporales.

En síntesis, la norma señala que las renuncias de los alcaldes deben efectuarse de modo personal ante las autoridades competentes, con lo que se busca evitar que se les obligue a firmar sus renuncias a través de métodos violentos.

Peña explicó que el objetivo de la norma es facilitar el ejercicio del poder municipal.

Solo en 2013 se presentaron más de 20 conflictos de gobernabilidad en diversos municipios del país.


Alcaldes y concejos tienen funciones separadas
Uno de los principales aspectos de la nueva ley es la separación de órganos. Las funciones del Concejo Municipal y del Ejecutivo que no pueden ser reunidas en un solo Órgano, no son delegables entre sí, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado y la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización, refrendada en la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales.

La ministra de Autonomías, Claudia Peña, explicó que, actualmente, es por ejemplo el alcalde el que define la contratación de los asesores del Concejo Municipal, cuyos integrantes tienen la tarea de fiscalizar la gestión del Ejecutivo.

“En este sentido, esta ley tiene la tarea fundamental de adecuar la vida institucional, organizativa de los gobiernos municipales”, manifestó.

Por su parte, el asambleísta Lucio Huaycho, presidente de la Comisión de Organización Territorial de Estado y Autonomías de la Cámara de Diputados, explicó que la Constitución Política del Estado y el Tribunal Constitucional son “claros” al señalar la necesidad de que cada órgano sea independiente y separado, y establecen la urgente separación administrativa.

Del mismo modo, el Tribunal Constitucional señala que, para los municipios con poca capacidad económica, este proceso de separación debe ser paulatino.

Es por eso que se ha establecido que los municipios que cuenten con más de 50 mil habitantes tienen la obligación de realizar esta separación de órganos, lo cual implica que el Concejo tendrá su propio presupuesto.

Huaycho dijo que los municipios que cuentan con menos de 50 mil habitantes deben analizar si económicamente les es viable la separación de órganos.

“La norma es específicamente para colaborar con la organización interna de los gobiernos municipales, buscando fortalecer la institucionalidad municipal, operativizando el mandato”, afirmó.

viernes, 10 de enero de 2014

Proponen evaluar Ley de Propiedad Intelectual

El equipo organizativo Alternativas a la Propiedad Intelectual (Alta-PI) sugiere a la población meditar sobre la normativa de propiedad intelectual existente en el país por considerar que restringe el acceso al conocimiento.

Según el músico y productor, además miembro de Alta-Pi, Juan Carlos Cordero Nina, mientras más estricta sea la aplicación a la propiedad intelectual habrá mayor inaccesibilidad al conocimiento.

Considera que al aplicar la ley, la población no tendrá acceso a programas libres de software o a las fotocopias de libros, principalmente para los universitarios, y la educación encarecerá.

Alta-PI pidió plantear alternativas para elaborar nuevas normativas en el país que respondan a los intereses de los sectores.

Indicó, por otra parte, que la Ley del Artista está enfocada hacia a la defensa laboral, pero que no es respetada. “Las propuestas que se hicieron hasta el momento no contemplan ese aspecto (derecho laboral) –dijo-, están más concentradas en defender el derecho del autor y no el derecho laboral del artista”.

Sugirió a los artistas tarijeños reunirse con el Consejo Departamental de Cultura para elaborar una propuesta nacional que está dirigida a la defensa de su trabajo.

NUEVA LEY PREVÉ EVITAR EL CAMBIO DE LOS ALCALDES

La norma estará vigente en cada municipio, hasta que cuenten con su propia carta orgánica.

La Ley 482, de Gobiernos Autónomos Municipales, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, prevé la continuidad de los alcaldes, de manera que no puedan ser derrocados por los concejos. La norma, que suple temporalmente la ausencia de cartas orgánicas en casi la totalidad de los municipios, también prevé mecanismos para mejorar la participación popular y la creacion de tribunales de ética, entre otros aspectos importantes.

"Antigolpes". Durante el acto de promulgación, Morales señaló que "con esta Ley se acaban los golpes municipales" y explicó que, en situaciones pasadas pudo obsevarse que "algunos concejales realizan golpe de estado a las autoridades municipales, lo cual se terminaría con la Ley.

"Toda esta tarea es para que los alcaldes puedan hacer una buena gestión en su municipio, los dirigentes hasta de partidos se dedican a eso, a juntar la mayor cantidad de concejales para revocar o suspender al alcalde", dijo.

Según la ministra de Autonomías, Claudia Peña, la norma consolida la independencia de la administración municipal y otorga herramientas para clarificar la gestión, en ese nivel de gobierno.

"Esta ley consolida la autonomía de los gobiernos municipales porque les da mecanismos claros para asegurar el mandato de los alcaldes y de las alcaldesas", dijo en el acto de promulgación de la norma.

Sin embargo, en días pasados, representantes de diferentes municipios y de la Asociación de Municipalidades de Bolivia (AMB), criticaron el que esta Ley otorgue al poder Central del Gobierno, la toma de decisiones en cuanto a la asignación de recursos.

Una norma temporal. Datos del Ministerio de Autonomías afirman que, de los 339 municipios del país, sólo uno cuenta con una Carta Orgánica aprobada por el Tribunal Constitucional, se trata del municipio de Cocapata del departamento de Cochabamba, que logró esta norma en 2013.

Actualmente, dicho tribunal tiene para su revisión, las cartas orgánicas de 89 alcaldías, lo que significa que las mismas tampoco cuentan aún con esta norma.

La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales señala que, cuando los gobiernos municipales pongan en vigencia sus cartas orgánicas, esta ley dejará de estar vigente en sus jurisdicciones.

Mientras, deberán asumir lo establecido por esta nueva norma que señala, entre otros aspectos, que un alcalde, para dejar su cargo, debe renunciar de forma personal ante las autoridades competentes, lo cual también evitaría que se lo obligue a firmar una renuncia ante un tumulto o protesta popular.

La Ley, también establece la separación de los poderes, legislativo (concejo) y ejecutivo (alcalde), así como busca adecuar su funcionamiento a la Constitución Política del Estado.

Busca incentivar mejoras en las ejecuciones presupuestarias y las confusiones en los concejos municipales, respecto a sus funciones y atribuciones, ya que define que se trata de un órgano legislativo, deliberativo y fiscalizador.

Peña indicó que esa norma también establece que todos los municipios que cuenten con más de 50.000 habitantes tengan, de forma obligatoria, una unidad de transparencia.

"Hemos centrado la elaboración de esta Ley de gobiernos autónomos, en puntos que están dificultando la vida municipal". Claudia Peña - MINISTRA DE AUTONOMÍAS

Senado aprueba Ley para mejorar servicio de notarios de fe pública

La Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto de Ley del Notariado que tiene el objetivo de establecer la organización del Notariado y regular el ejercicio de la función notarial, de acuerdo a los principios y valores establecidos en la Constitución Política del Estado.

Según la información la Comisión de Constitución del Senado, modificó los artículos 92 y 94, además de las disposiciones transitorias tercera y la adición de la cuarta.

El proyecto de ley establece una política de desconcentración del servicio, para llegar a toda la ciudadanía, evitando los gastos por traslado, estadía y alimentación de los ciudadanos.

También establece principios de servicio a la sociedad, la interculturalidad, neutralidad, legalidad, inmediación y cultura de paz. Asimismo, garantiza la seguridad de los actos, contratos, negocios jurídicos, implementación de nuevas tecnologías y, principalmente, velar la responsabilidad del Notario de Fe Pública.

Ley permite uso de Bs 5 millones por emergencia

En una sesión extraordinaria, la Asamblea Departamental aprobó ayer la Ley 415 que declara Emergencia Departamental y autoriza la designación de Bs 5.700.000 para atender desastres.

Los asambleístas de Todos por Cochabamba (TPC) se abstuvieron de votar por objetar un artículo que determina el uso de estos recursos para la continuidad de proyectos financiados con la Ley de Emergencia de 2013.

El asambleísta Henry Paredes afirmó que este recurso transitorio no debía corresponder a la Ley de Declaratoria de Emergencia Departamental y debe seguir su curso normal.

“No es posible que se siga esta figura, hay artículos que le dan al Gobernador la capacidad de gasto. En esta Ley se están incluyendo la autorización de recursos para proyectos del río Sajta, proyectos en el Chapare y para el río Rocha, con la misma característica de la emergencia cuando estos debían seguir su curso normal. Esta Ley debe ser para atender de manera inmediata a los municipios afectados por la últimas lluvias”, dijo.

Respecto de esta observación la responsable de la Secretaria de la Madre Tierra Tatiana Sanabria explicó que en estos artículos con carácter transitorio se han incluido proyectos que no han sido concluidos con Ley Departamental de Emergencia del 2013 y a los que se debe dar continuidad.

“Con la aprobación de esta nueva Ley, la anterior queda anulada, pero nosotros tenemos proyectos de atención iniciados la pasada gestión que deben continuar, por esa razón se los ha incluido”, explicó.

El asambleísta, Marco Carrillo lamentó que la oposición se haya abstenido de emitir su voto. “Lamentablemente los asambleístas de oposición no han apoyado esta Ley y se han abstenido, como siempre”, dijo.

Sanabria afirmó que la Ley aprobada asigna Bs 4.000.000 al Servicio Departamental de Caminos (Sedcam) y el resto de los recursos será dividido entre la Unidad de Gestión de Riesgos (UGR) y el Servicio Departamental Agropecuario (Sedag), para la atención inmediata de las emergencias.

También afirmó que esta declaratoria es sólo para el desembolso inmediato de recursos y que no significa un cambio en la alerta amarilla que fue declarada en el departamento por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) hace dos semanas.

La funcionaria explicó que desde diciembre a la fecha el departamento registró 20 municipios afectados por las lluvias y granizadas dejando a 3.000 familias afectadas de las cuales 140 son damnificadas. Hasta el momento Omereque es el municipio más afectado con 1.500 familias y más de 620 hectáreas afectadas de las cuales 120 se han perdido completamente, según reportes preliminares de ese municipio.

Ley de mascotas estaría lista este 22

Según la presidenta de la Cámara de Diputados Betty Tejada, este 22 de enero, el pleno de la Cámara de Diputados aprobará la ley marco contra la violencia hacia los animales.

De acuerdo a lo que anticipó la ley contemplará, entre sus principales medidas, los derechos de los animales, las regulaciones para la tenencia de animales domésticos, las sanciones para quienes violenten a los animales, así como el establecimiento de medidas para evitar la sobreprotección de perros y gatos.

Ante la noticia la autoridad no ocultó su rechazo ante lo sucedido días atrás en la Urbanización Terracor III, donde se sacrificó a más de 70 animales para evitar la rabia canina, situación que según afirmó la hizo impulsar el proyecto. Ayer estaba prevista una vigilia de voluntarios de defensa de animales en contra de este hecho.

Evo promulga la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales

En la oportunidad de su promulgación, el presidente Morales dijo que esta nueva ley acabará con los “golpes municipales” y ayudará a que los alcaldes hagan una buena gestión en su municipio.

La ministra de Autonomías, Claudia Peña, fue la responsable de explicar los alcances de la nueva norma que rige a partir de su promulgación. La autoridad indicó que uno de los artículos de la nueva ley ratifica la responsabilidad del ejecutivo municipal para elegir a los subalcaldes.

Añadió que la ley consolida la autonomía de los Gobiernos Municipales porque entrega mecanismos para asegurar el mandato de los alcaldes y alcaldesas y evita golpes de Estado municipales. En la misma línea, dijo que evita bajas ejecuciones presupuestarias y confusiones al interior del Concejo Municipal respecto a sus atribuciones y funciones.

“Esta ley establece la separación administrativa de órganos, mandato de la Constitución Política del Estado, define que el alcalde tiene una atribución reglamentaria y que el Concejo es quien tiene la facultad legislativa. Consolida la autonomía de los Gobiernos Municipales, porque asegura el mandato de los alcaldes y alcaldesas y evita golpes de Estado municipales”, aclaró Peña.

La ley también señala que las renuncias de los alcaldes deben efectuarse de modo personal ante las autoridades competentes, con lo que se busca evitar que se les obligue a firmar sus renuncias a través de métodos violentos.

LA PAZ TIENE MÁS DE 40 LEYES QUE NO PUEDE APLICAR

El legislativo departamental espera el fallo del TCP. Hay más de 100 normas en mesa.

El presidente de la Comisión Legislativa, Jurídica y Régimen Electoral de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz, Juan Córdova, informó que se tienen más de 40 leyes aprobadas que no pueden entrar en vigencia debido a que aún no se cuenta con el Estatuto Autonímico Departamental, norma que fue aprobada en detalle en 2013 y enviada al Tribunal Constitucional (TCP) para su valoración.

"El documento fue eviado, en julio del año pasado al TCP para su revisión y respectivo fallo constitucional, pero por algunas irregularidades de formalidad nos fue devuelto y lo volvimos a enviar. Esperamos que hasta fines de mes la entidad nos remita la norma con las respectivas observaciones para su corrección y puesta en vigencia previo referendo", dijo el Asambleísta.

El fallo retrasa la aplicación de leyes. Córdova mencionó que al no tener un Estatuto valorado por el TCP y aprobado por la población paceña, mediante un referendo, el Ejecutivo y Legislativo Departamental no puden poner en vigencia 40 leyes que ya fueron aprobadas por la Asamblea y tratar los más de 100 proyectos de ley que se tienen en mesa. "El Estatuto es la carta base y una guía para elaborar, tratar y promulgar las normas, pero ante la falta de ello las leyes que se tienen no cuentan con sustento constitucional para su vigencia y aplicabilidad".

Dijo que una vez que el TCP remita el documento, la Asamblea deberá corregir las observaciones para su respectivo fallo, "luego de eso convocaremos a un referendo para que la población lo apruebe y entre en vigencia".

Córdova sugirió realizar la consulta en las elecciones presidenciales de este año.

"Proponeremos que el referendo se realice este año, pues la vigencia del Estatuto paceño no puede esperar. Estamos trabajando en ello". Juan Córdova - ASAMBLEÍSTA DE LA PAZ

martes, 7 de enero de 2014

Proponen ley contra matanza de animales

La presidenta de la Cámara de Diputados, Betty Tejada, anunció ayer a través de sus cuentas en las redes sociales, que la Asamblea Legislativa Plurinacional elaborará, una Ley Marco que penalice la matanza de animales domésticos.

Según manifestó en una publicación de internet, la misma pretende evitar la matanza de animales. Hizo referencia a lo sucedido el pasado 31 de diciembre, en el barrio Terracor III donde autoridades del Sedes procedieron al sacrificio de unas 70 mascotas ante el riesgo de la propagación de un caso de rabia que había en la zona.

"Estas acciones criminales deben ser penalizadas (?) Mi compromiso: vamos a hacer una ley marco de la manera más rápida", afirmó.

La iniciativa ha generado diversas posiciones entre instituciones protectores de animales y organismos de prevención en el departamento.

Soprama propone castigos de hasta seis años de cárcel. Por su parte el Director de la Sociedad Protectora de Animales (Soprama), Sandro Gonzales, aplaudió la medida anunciada por la autoridad legislativa, aunque lamentó que se considere "recién" la propuesta de penalizar las acciones que atentan contra la vida e integridad de las mascotas. "Es bueno saber que en Bolivia se quiera hablar en español sobre los derechos de los animales, pues somos el único país donde no se sanciona los abusos contra estos seres", indicó el voluntario quien sostuvo que desde 1986, su institución y otros organismos de defensa vienen insistiendo con proyectos y normativas alusivos al tema.

"Hemos presentado cinco proyectos y hasta la fecha no hemos logrado buenos resultados como este. Esperamos que se agilice la aprobación del último proyecto que presentamos y que estamos seguros es el que se va tratar en la asamblea", añadió.

La propuesta presentada por esta organización y que fue elaborada con la ayuda de unas diez instituciones de defensa y protección de animales desde 2007 a 2010, propone ocho puntos. Entre los más importantes señala castigos máximos de entre cuatro a seis años de prisión, en casos de Biocidio (matanza masiva de animales, Zoofilia (abuso a mascotas), participación y uso de animales en peleas callejeras y la práctica académica con animales.

"Esperemos que de esta manera las autoridades departamentales también se concienticen y contribuyan para implementar normas en favor de los animales. No es matando canes que se va prevenir la rabia", señaló a tiempo de reprochar el sacrificio de mascotas en el municipio de Warnes.

Sedes pide prever las normas que hay establecidas. Por su parte, el Jefe de Epidemiología del Sedes, Roberto Tórrez, aplaudió la medida propuesta por la diputada Tejada y los diversos organismos protectores de animales, aunque destacó también la importancia de "crear normas y proyectos que apunten al cuidado correcto de animales".

Según indica, la propagación de perros callejeros, como consecuencia del abandono de sus dueños, en la mayoría de los casos abre paso a sacrificios, que son cuestionados por sectores de la sociedad, con el fin de prevenir riesgos a la población como la rabia canina.

"Es bueno que surjan iniciativas en favor de animales, aunque sería bueno que se trabaje en planes para reducir la cantidad de perros callejeros, para preservar la vida del animal pero ante todo de las personas", indicó el galeno.

En este sentido Torres también sugirió tomar en cuenta las normas y leyes que hay establecidos a nivel nacional y departamental en el cual se ampara a las autoridades de salud para proceder a la eliminación de animales que impliquen un riesgo para la sociedad.

En el mismo contexto pidió a la ciudadanía en general, no "satanizar" este tipo de acciones que no tienen otro fin que la prevención, como el sucedido anteriormente en la zona norte de la ciudad. "Hay una norma establecida que establece que cuando hay casos positivos y de amenazas de rabia, se debe proteger a la población, lamentablemente sacrificando la vida del animal", sostuvo.

Sin embargo, esta versión es rechazada por una parte de la sociedad que rechaza la medida ya que afirman que no hubo una evaluación previa de las mascotas para proceder a su liquidación en condiciones dolorosas.

Entra en vigencia ley contra tráfico de tierras y prohíbe a extranjeros adquirir terrenos

La ley Contra el Tráfico de Tierras, que penaliza la posesión ilegal de terrenos con cárcel de tres a ocho años y que regula el Artículo 396 de la Constitución prohibiendo que ningún extranjero pueda adquirir tierras del Estado, está vigente desde el 30 de diciembre de 2013.

La ley 477, que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, además de la propiedad estatal y tierras fiscales, modifica el Código Penal e incorpora nuevos tipos penales contra el loteamiento y tráfico de tierras en el área urbana y rural.

Aquellos que arrienden, permuten o vendan tierras individuales o colectivas que son de propiedad del Estado o de entidades públicas serán sancionados con tres ocho años de cárcel. Lo propio ocurrirá con quien por sí o por terceros, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, invada u ocupe tierras o inmuebles individuales, colectivos, bienes de dominio público o de patrimonio del Estado.

“La pena será agravada en un tercio cuando quien comete el delito sea o haya sido servidor público, en especial aquellos de entidades relacionadas con el acceso a la tierra rural y urbana, sea reincidente o cabecilla, o el delito afecte a las áreas productivas urbanas o rurales, zonas de recarga hídrica, servidumbres ecológicas, franjas de seguridad y otras áreas con protección legal”.

En la disposición adicional segunda se establece que “en el marco del Artículo 396 de la Constitución Política del Estado, ninguna extranjera o extranjero, bajo ningún título, podrá adquirir tierras del Estado”, también indica que “los predios de extranjeros que no tuvieren antecedente agrario, no serán objeto de reconocimiento de derecho de propiedad agraria”.

Dicha disposición reconoce y respeta los derechos de propiedad agraria de los predios con antecedente agrario, sobre la superficie que cumpla la Función Económica Social (FES), al igual que los respeta los derechos de propiedad agraria de los predios de poseedores legales nacionales, sobre la superficie que cumpla la FES.

De acuerdo a la norma, tras realizarse la audiencia y valorados los antecedentes, la Autoridad Agroambiental emitirá, en el plazo de tres días una sentencia declarando procedente o no el desalojo de las tierras.

lunes, 6 de enero de 2014

Gobierno promulga ley que penaliza tráfico y avasallamiento de tierras, y fija 15 días para trámite de desalojo voluntario

El Gobierno promulgó la ley que penaliza con condenas carcelarias de tres a ocho años el avasallamento y tráfico de tierras, además fijó un plazo de 15 días para los trámites de denuncia ante el Tribunal Agroambiental y el desalojo de forma voluntaria de predios tomados. La norma tiene como objetivo proteger y defender la propiedad privada y pública.

La ley Contra el Avasallamiento y el Tráfico de Tierras, vigente desde el 30 de diciembre de 2013, incorpora en el artículo 8 tres artículos en el Código Penal. Uno de ellos tipifica el tráfico de tierras, que es el hecho que por sí o por tercera arriende, negocie o realice compra-venta o permuta de tierras individuales o colectivas que no son de su propiedad y bienes públicas.

El tráfico de tierras será penalizado con sanción privativa de libertad de tres a ocho años, mientras que el avasallamiento, definido como la invasión u ocupación de hecho de tierras, será castigado con tres a ocho años de cárcel. Las condenas serán agravadas en un tercio si el involucrado es un servidor público, la reincidencia o si el hecho afecta áreas productivas urbanas y rurales, zonas de recarga hídrica, servidumbre ecológica, franjas de seguridad y otras con protección legal.

Según datos del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE), más de 70 predios agroproductivos en Santa Cruz fueron avasallados por personas que además causaron daños materiales, reportó la agencia ABI en diciembre. Los empresarios plantearon ajustes a la norma contra avasallamientos antes de ser promulgada. El vicepresidente Álvaro García aseguró en diciembre que la iniciativa fue concertada y que será promulgada.

La norma fija un plazo de hasta 15 días para los trámites y resolución de las instancias del Tribunal Agroambiental para el desalojo voluntario de predios tomados. El artículo 5 fija admisión en el día de la demanda, 24 horas para establecer fecha y hora de la audiencia, 24 horas para verificación de denuncia, la autoridad competente tendrá 3 días para dictar sentencia y en 96 horas deberá ejecutarse el desalojo voluntario.

“Los desalojos dispuestos en sentencia que no sean cumplidos voluntariamente dentro de los plazos establecidos, serán ejecutados por la Policía Boliviana en el plazo de diez (10) días calendario siguientes, bajo responsabilidad, salvo necesidad de acciones y evaluaciones indispensables y propias en cada caso”, refiere el artículo 7.

La disposición adicional segunda señala que los “predios de extranjeros que no tuvieran antecedente agrario, no serán objeto de reconocimiento de derecho de propiedad agraria”.

domingo, 5 de enero de 2014

Proyecto de ley fusiona dos seguros saturados

Con un rosario colgado en el pecho, la camisa entreabierta y el pantalón remangado que deja ver su pierna derecha hinchada y envuelta con una enorme venda, Hugo Andrade (82) reposa en una de las camas del Hospital Municipal de Portachuelo con la mirada perdida, como esperando la llegada de alguien, ese alguien que no llegará.

El hombre de tez curtida por el tiempo y el sol lleva 25 días postrado en esa cama, una pequeña ampolla infectada ahora se ha convertido en una infección tan fuerte que tiene la piel casi pegada al hueso. Desde que murió su esposa, hace cinco años, no tiene a nadie que lo acompañe en su casa de Portachuelo y menos en el hospital. Sus hijos viven en la capital cruceña y nunca lo visitan, relata resignado.

Hugo es uno de los pacientes del Seguro de Salud Para el Adulto Mayor (Sspam) que asigna unos $us 56 al año por afiliado. Su caso es grave, por un lado no tiene quién responda por él y, por el otro, tampoco tiene dinero. Eufronio Ferrufino, fiscalizador del seguro, incluso pidió la solidaridad de algún especialista porque el paciente necesita la amputación de su pierna para que la infección no siga avanzando y en el hospital de segundo nivel no hay el personal adecuado. Pacientes graves son derivados a la clínica San Miguel de Montero, con la que se tiene un convenio para que atienda a los pacientes del Sspam. En un inicio, ese fue el destino de Hugo, le hicieron una curación profunda, pero luego lo devolvieron. Ahora solo espera ‘un milagro’.

El Senado aprobó en diciembre de 2013 el proyecto de ‘ley de prestaciones de servicios de salud integral del Estado Plurinacional de Bolivia’ que fusionará el Sspam y el Seguro Universal Materno Infantil (SUMI), además de la atención a los discapacitados. Se espera que a mediados de este mes sea promulgado por el presidente Evo Morales, pero hay muchas observaciones al respecto.

La saturación de pacientes del SUMI y del Sspam en la misma capital cruceña es tal que hay pacientes que son derivados a hospitales como los de Portachuelo o de otros municipios.

El seguro no cubre todo

A Luisa Saldaña (72) también la derivaron a la clínica de Montero, donde la operaron de peritonitis. El seguro no le cubrió todo, tuvo que llamar a uno de sus hijos para que se preste Bs 7.000 y poder reponer a la clínica por la compra de medicamentos y otras cosas. Ahora la devolvieron al Hospital Municipal de Portachuelo, donde solo espera estar unos dos días más para que acabe su ‘viacrucis’.

Eloy Gonzales, también paciente del Sspam, fue derivado a la clínica por su gravedad. A causa de su diabetes le amputaron gran parte de su pie izquierdo. “Tuvimos que pagar Bs 1.300 solo por la cama, aparte gastamos en remedios”, se queja su hija que lo acompaña.

“Lo que tiene que hacer Evo Morales es aumentar el dinero por anciano, es poco, no alcanza para casi nada”, lamenta el fiscalizador Ferrufino.

El SUMI tampoco está bien del todo. Aunque el seguro amplió su cobertura, la saturación y falta de equipos sigue siendo su debilidad. Sebastián tiene 37 días de nacido y apenas pesa un kilo. Aunque parezca irónico, llegar a eso le costó mucho, pues vino al mundo con apenas 800 gramos y luego bajó hasta 600, estuvo al borde de morir. Hoy, todavía en una incubadora, respira con más facilidad y su pequeño cuerpo va tomando más forma de un bebé normal. “Era piel y hueso”, recuerda con asombro sor Loreto Casado, gerente del hospital de convenio San José Obrero de Portachuelo.

La solidaridad lo salvó

La historia de Sebastián hubiese sido otra sin la terapia de neonatología que se abrió en ese centro hace casi un año. “Muchas veces teníamos que llevar a los bebés hasta Santa Cruz, pero los hospitales estaban saturados. Una vez peregrinamos por cinco hospitales con un bebé para que lo internen. Ese tiempo es oro para un recién nacido, muchos se mueren por falta de condiciones”, admite sor Loreto.

Sebastián tendrá que estar al menos otro mes en incubadora. “Si estuviese en una clínica pagaría unos $us 500 solo por el uso de la incubadora”, dice la pediatra de turno, Karen Cabrera. Aun así, este servicio es bastante oneroso para el SUMI. “Hay pacientes que demandan Bs 10.000 por día, de acuerdo con la gravedad”, reconoce sor Loreto, pero a la vez aclara que el Estado cubre esto en su totalidad a través de los recursos que le da al gobierno municipal. La terapia de neonatología y pediatría hasta los 12 años de edad, con siete camas y cuatro incubadoras, demandó una inversión de casi $us 400.000 en infraestructura y unos $us 200.000 en equipos, dinero que fue cubierto con una campaña solidaria del padre Mateo y el aporte de la empresa petrolera Repsol.

José Miguel es otro paciente que nació con un kilo y medio y ahora ya luce casi rebosante con sus 1,850 kilos. Tiene que llegar a dos para irse a casa.

El ajuste de cuentas

El alcalde de Portachuelo, Jimmy Hurtado, explica que el convenio con el hospital San José Obrero feneció el 31 de diciembre de 2013 y que “para renovarlo debe haber una resolución del Dilos”. Según dice, el hospital seguirá dando el SUMI, pero su servicio de tercer nivel (terapia) elevó el presupuesto mensual de Bs 40.000 a 120.000, lo que provocó “déficit en la comuna”. Hurtado plantea que se atienda en este nivel solo a los que lleguen con referencia del primer y segundo nivel.

En 2013, entre consultas a menores de 5 años, embarazadas, partos y bebés en terapia, este centro tuvo 5.444 pacientes.

En Santa Cruz, el SUMI representó Bs 68 millones ese año

Asamblea legislativa retorna a sus actividades con 2 leyes pendientes

Esta semana la Asamblea Legislativa retorna a sus actividades cotidianas tras un receso de 12 días por las fiestas de fin de año. El primer trabajo de los legisladores será el de debatir y aprobar dos leyes que quedaron pendientes, el Código niño Niña Adolescente y la Ley de Fomento a las Micro y Pequeñas Empresas.

El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rodolfo Calle, dijo que la socialización de estas normas aún es consensuada y en caso de que se necesite un mayor consenso con los actores principales se ocupará el tiempo necesario antes de su aprobación.

“Vamos a terminar la gestión del año 2013 con la aprobación del Código niño Niña Adolescente y también con la Ley de la Micro y Pequeña Empresa, estas son leyes muy importantes”, afirmó Calle.

Otra de las actividades que ocupará el tiempo de los legisladores en ambas cámaras será la elección de la nueva directiva, la cual debe estar conformada y posesionada antes del 22 de enero, fecha en la que se recuerda el día del Estado Plurinacional y el presidente Evo Morales emite su mensaje informe a la Asamblea Legislativa.

Durante toda la legislatura de esta Asamblea, el MAS acaparó la presidencia de ambas cámaras por tener una amplia mayoría en diputados y senadores lo que también le permitió tener el control de gran parte de las comisiones legislativas.

jueves, 2 de enero de 2014

Desconocimiento de la Ley 393 ocasiona muy pocas solicitudes

A más de una semana de vigencia de la Ley 393 y su reglamentación, que regula las tasas de interés para los créditos con destino a viviendas de interés social. Las solicitudes de beneficio aún son escasas en Sucre.
El presidente de la Asociación de Bancos Privados (ASOBAN) Sucre, Enrique Urquidi, explicó que una semana después de emitido el decreto reglamentario de la Ley 393 no hubo tanta respuesta de la población.
Citó el caso del Banco Nacional de Bolivia (BNB), de donde es gerente General. A esa institución sólo llegó la nota de un cliente solicitando la migración de su contrato a la nueva modalidad de crédito inmobiliario, lo cual ahora también es posible pero bajo ciertos requisitos.
Urquidi consideró que la escasa afluencia se debe a que la población todavía no está informada sobre los alcances de la nueva norma, que regula tasas de interés en los créditos para vivienda social.
“Esta norma establece que las personas que contrataron anteriormente un crédito y que califiquen como vivienda social, podrán negociar, solicitar a su institución financiera que se apliquen estas condiciones a partir de ahora a su crédito”, remarcó.
La nueva norma está vigente desde el 23 de diciembre de 2013 y entre otros aspectos establece que el valor comercial del inmueble a ser financiado tiene que estar dentro de rangos fijados en UFVs (Unidad de Fomento a la Vivienda) para que sean consideradas viviendas de interés social.
“Las tasas para las casas que superen cierto volumen que ya no entre dentro de lo que es vivienda social se consideran créditos no regulados y cada institución al igual que ocurre antes de la ley podrá definir la tasa según el mercado y según lo que le interese”, subrayó Urquidi.
El Presidente de la ASOBAN Sucre enfatizó que con la nueva disposición lo que se logra es que la tasa que contrate una persona para un crédito de vivienda social va a ser fija durante todo el periodo del crédito.
“El factor de fluctuación es uno de los elementos importantes que cambió con esta nueva reglamentación, (antes de la norma) cada banco aplicaba un periodo de tasa fija normalmente de un año posiblemente hasta dos años y posteriormente se fijaba una tasa variable”, subrayó Urquidi.


RANGOS
El primer rango de crédito para vivienda social es hasta 70.000 dólares, con una tasa de interés anual de 5.5%; el segundo, va de los 70.000 a los 100 mil dólares, con una tasas de 6%; y de 100 mil a 130 mil dólares la tasa es de 6.5%.
Urquidi afirmó que las tasas de muchas instituciones financieras ya están en esos rangos, pues la tasa promedio ponderado actualmente está entre un 6 y 7%, por lo que el efecto de la medida regulatoria “pero no va a ser tan grande como alguna gente podría esperar”.

Tasas de interés anuales máxma

VALOR COMERCIAL TASA MÁXIMA
Igual o menor a UFV 255.000 ($us 70.500) 5.5%
De UFV 355.001 a UFV 380.000 ( $us 105.000) 6.5%
De UFV460.000 ($us 127.200) 6.5%
Fuente: Decreto reglamentario