Busca las Leyes y Decretos

jueves, 11 de mayo de 2023

LEY N° 1505 - Contrato de Préstamo para el "Proyecto de Construcción y Asfaltado de La Joya - Chuquichambi, Huayllamarca - Totora y los puentes vehiculares La Joya y Crucero en la RVF 031", suscrito el 27 de enero de 2023, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento - CAF

 LEY N° 1505

LEY DE 09 DE MAYO DE 2023

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo para el "Proyecto de Construcción y Asfaltado de La Joya - Chuquichambi, Huayllamarca - Totora y los puentes vehiculares La Joya y Crucero en la RVF 031", suscrito el 27 de enero de 2023, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento - CAF, por un monto de hasta USD80.925.650,00 (OCHENTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES).

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo, aprobado por la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil veintitrés.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Hernán Isaías Durán Lazo, Roberto Padilla Bedoya, Isidoro Quispe Huanca, María José Rodríguez Gálvez, José Maldonado Gemio.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García.

No hay comentarios:

Publicar un comentario