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domingo, 6 de marzo de 2022

DECRETO SUPREMO N° 2964 - Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN por un monto de hasta Bs185.608.919.-

 DECRETO SUPREMO N° 2964

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 5 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia exclusiva del nivel central del Estado, el régimen general de recursos hídricos y sus servicios.

Que la Ley N° 951, de 22 de octubre de 1987, crea la Empresa Misicuni como entidad de derecho público, con autonomía de gestión técnica, financiera y administrativa, encargada de la ejecución y administración del Proyecto Múltiple Misicuni, del Departamento de Cochabamba.

Que la Ley N° 559, de 14 de septiembre de 1983, y la Ley N° 2534, de 24 de octubre de 2003, declaran de prioridad y urgencia nacional, así como de necesidad y utilidad pública, la ejecución y conclusión de la primera etapa del Proyecto Múltiple Misicuni del Departamento de Cochabamba, autorizando al Órgano Ejecutivo tramitar el financiamiento.

Que se requiere que el gobierno nacional financie con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN la prosecución del Proyecto Múltiple Misicuni en el Departamento de Cochabamba, mismo que se constituye en uno de los pilares centrales para el desarrollo no solo regional, sino a nivel nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I.            Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN por un monto de hasta Bs185.608.919.- (CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE 00/100 BOLIVIANOS), a favor de la Empresa Misicuni, para el Proyecto Múltiple Misicuni del Departamento de Cochabamba.

II.          Se autoriza a los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Planificación del Desarrollo, realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Medio Ambiente y Agua, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

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