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martes, 1 de diciembre de 2020

LEY N° 698 - se aprueba la enajenación, a título oneroso, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a favor del señor Rogelio Lima Quispe, conforme a lo establecido en las Ordenanzas Municipales N° 142/76

 LEY N° 698

LEY DE 26 DE MAYO DE 2015

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título oneroso, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, con una extensión superficial de 200,00 metros cuadrados (m2), inmersos en una superficie mayor de 236.333,01 metros cuadrados (m2), ubicado en el manzano 34-288 de la planimetría validada unidad vecinal “Villa Litoral”, lote N° 460, región San Isidro, zona Miraflores de la ciudad de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de La Paz, bajo la Matrícula Computarizada N° 2.01.0.99.0014512, cuyas colindancias son: al Norte, con la propiedad del señor Vacilio Callisaya Mamani N° 1055; al Sur, con la propiedad del señor Enrique Jiménez N° 1081; al Este, con la calle s/n; y al Oeste, con la propiedad del señor Benito Lima N° 200, sobre la avenida Luis XV; a favor del señor Rogelio Lima Quispe, conforme a lo establecido en las Ordenanzas Municipales N° 142/76, de fecha 2 de noviembre de 1976, N° 092/79, de fecha 6 de junio de 1979 y N° 579/2013, de fecha 31 de diciembre de 2013.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil quince.

 Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Díez.

 Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Hugo José Siles Nuñez del Prado.

 

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