LEY Nº 568
LEY DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. De
conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral
10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de
Préstamo BV-P5, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la
Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA, en fecha 2 de
julio de 2014, por un monto de hasta ¥2.495.000.000.- (Dos Mil
Cuatrocientos Noventa y Cinco Millones 00/100 Yenes Japoneses),
destinados a financiar el “Proyecto de Construcción de la Planta
Geotérmica Laguna Colorada, Fase I de la Primera Etapa”.
II.
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través
del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las
obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato
de Préstamo aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil catorce.
Fdo.
Zonia Guardia Melgar, Quintin Quispe Chura, Efrain Condori Lopez,
Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela MINISTRO DE GOBIERNO E
INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis
Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Amanda Dávila
Torres.
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