LEY Nº 472
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1.
Se declara prioridad nacional y de carácter estratégico, la
construcción del “Proyecto Múltiple Puesto Margarita - Sistema de Riego
Villa Montes” en el Departamento de Tarija, el cual permitirá mejorar
las condiciones de vida de la población, a través de la provisión de
agua para consumo, generación de energía y desarrollo de actividades
agrícolas y pecuarias.
Artículo 2.
Se encomienda al Órgano Ejecutivo, a través de los Ministerios de
Hidrocarburos y Energía, de Relaciones Exteriores, de Planificación del
Desarrollo, de Medio Ambiente y Agua y de Economía y Finanzas Públicas,
realizar las gestiones necesarias a fin de obtener los recursos
económicos, para la elaboración del estudio a diseño final, así como la
implementación y ejecución del mismo, una vez que se encuentre
finalizado el estudio de factibilidad del Proyecto.
Artículo 3.
Se encomienda al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, como a las
entidades territoriales autónomas involucradas, realizar los estudios de
preinversión respectivos a proyectos de riego y agua potable, una vez
se tengan finalizados los resultados del Estudio a diseño final del
proyecto hidroeléctrico.
Artículo 4.
Para alcanzar los fines y objetivos señalados en los Artículos
precedentes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento de la
presente Ley los Ministerios de Hidrocarburos y Energía, de Relaciones
Exteriores, de Planificación del Desarrollo, de Medio Ambiente y Agua y
de Economía y Finanzas Públicas, así como las entidades territoriales
involucradas.
Artículo 5. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez,
Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, David
Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro
Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco,
Jose Antonio Zamora Gutierrez, Amanda Dávila Torres.
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