LEY Nº 469
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. (APROBACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS).
De conformidad con lo establecido por el Artículo 362, Parágrafo II, de
la Constitución Política del Estado y la autorización dispuesta por la
Ley N° 407 de 20 de septiembre de 2013, se aprueba el contrato de
servicios petroleros para la exploración y explotación de áreas
reservadas, a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos -
YPFB, correspondiente al Área El Dorado Oeste, ubicada en el
Departamento de Santa Cruz, suscrito en fecha 23 de octubre de 2013,
entre YPFB y la empresa YPFB CHACO S.A.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez,
Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan José Hernando Sosa Soruco, Amanda Dávila Torres.
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