LEY Nº 382
LEY DE 7 DE JUNIO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
ARTÍCULO ÚNICO. De
conformidad con el Artículo 158, parágrafo I numeral 14, de la
Constitución Política del Estado, se ratifica el “Acuerdo en cuanto al
Funcionamiento del Foro de Países Exportadores de Gas”, y el “Estatuto
del Foro de Países Exportadores de Gas – GECF”, ambos suscritos en la
ciudad de Moscú, Federación Rusa, el 23 de diciembre de 2008.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo Elío Chávez,
Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de junio del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Juan José Hernando Sosa Soruco, Amanda Dávila Torres.
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