LEY Nº 252
LEY DE 3 DE JULIO DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1. Todas
las Servidoras Públicas y Trabajadoras mayores de 18 años que
desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en
instituciones públicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de
empleador, gozarán de tolerancia remunerada de un día hábil al año, a
objeto de someterse a un examen médico de Papanicolaou y/o Mamografía.
Artículo 2. Para
justificar el goce de esta tolerancia, toda Servidora Pública o
Trabajadora deberá presentar ante la institución o lugar donde
desarrolla sus actividades laborales, la constancia que evidencie la
realización del examen de Papanicolaou y/o Mamografía, emitido por el
Ente Gestor de Salud donde se encuentra asegurada o del Centro de Salud
autorizado, y no así el resultado.
Artículo 3. La fecha del día de tolerancia deberá ser establecida en coordinación entre la beneficiaria y el empleador.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y el Ministerio de
Salud y Deportes, en el plazo de noventa (90) días de publicada la
presente Ley, reglamentarán su correspondiente aplicación.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de junio del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David
Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de julio del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo.
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