El reconocimiento de varios tipos de familias, no únicamente la nuclear o tradicional conformada por el papá, mamá e hijos; la ampliación de la asistencia familiar de 18 a 25 años; los divorcios en tres meses, previo acuerdo notarial, y la validez de las uniones libres son tres de las 10 principales innovaciones y modificaciones que establece el nuevo Código de las Familias y el Proceso Familiar que entrará en plena vigencia el 6 agosto de 2015.
El presidente Evo Morales promulgó el 19 de noviembre pasado la nueva normativa, que fue sancionada por la Asamblea Legislativa después de casi dos años de debate. Este código abroga el Decreto Ley N° 10426 de 23 de agosto de 1972, “Código de Familia”, elevado a rango de Ley mediante Ley N° 996, de 4 de abril de 1988.
De los 449 artículos del nuevo código, entrarán en vigencia al momento de su publicación (incluso aquellos que alcanzan a los procesos judiciales en trámite en primera y segunda instancia, y en ejecución de fallos) los referidos al régimen de asistencia familiar, al régimen del divorcio y desvinculación conyugal; al régimen sobre nulidad procesal previsto en el presente Código, la excusa y recusación previstas en el presente Código, entre algunas disposiciones.
El nuevo Código de las Familias o Ley Nº 603, según el Gobierno busca regular los derechos de las familias, las relaciones familiares, los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes sin discriminación, reivindicando sobre todo los derechos de las mujeres y los hijos. Además, instituye cambios en el procedimiento para acelerar el acceso a la justicia y aliviar la carga de los juzgados.
Legisladores, abogados y especialistas que trabajan en el área, destacan como importantes e innovadores unos 10 cambios que plantea el nuevo código con relación a la normativa que estuvo vigente durante 42 años. Manifiestan su preocupación por la postergación de algunos temas y advierten algunos vacíos.
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