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jueves, 10 de abril de 2014

Concejo paceño sanciona ley que controlará fiestas juveniles

Inicialmente la norma tenía alcance sólo a fiestas de 15 años, pero por recomendación del Ejecutivo edil se amplió a todas las fiestas de adolescentes.

Por unanimidad, el pleno del Concejo Municipal sancionó ayer la Ley de ‘Restricción horaria para la realización de fiestas de 15 años y otras para adolescentes en el municipio de La Paz’ tras haber cumplido con las modificaciones recomendadas por el Ejecutivo edil.

La información la dio a conocer el vicepresidente del Concejo, Guillermo Mendoza, quien dijo que se decidió trabajar en una norma “integradora que rescata vario aportes” al proyecto de ley original.

En ese sentido, informó que todas las fiestas para adolescentes deberán concluir antes de la medianoche a fin de que los menores no corran riesgos tras retirarse de los acontecimientos, según una nota de prensa edil.

“Nos alegra mucho constatar que actualmente las fiestas de 15 años están terminando incluso antes de la medianoche pese a que la ley no está vigente, es decir que sin necesidad de presión alguna nuestra sociedad está autorregulando sus costumbres”, destacó Mendoza.

Según la autoridad, con la norma no se pretende coartar la libertad de asociación y expresión de los y las adolescentes y de sus familias, sino que busca prevenir la inseguridad ciudadana que se acentúa desde la medianoche hasta la madrugada, tanto para ellos como para sus familias que asisten y las personas que trabajan en esta actividad.

Mendoza aseguró que la Constitución Política del Estado (CPE) establece el deber que tiene el Estado de garantizar el interés superior de la niña, niño y adolescente, particularmente en cuanto a su seguridad física y emocional”.

Por conducto regular, la norma sancionada en el Concejo será promulgada por el alcalde de La Paz, Luis Revilla, en los tiempos correspondientes, como lo señala la norma municipal.


La norma instruye la restricción a todos los salones de fiestas, locales, clubes privados y otros dedicados para realizar fiestas de 15 años.

El artículo 5 establece que los locales abrirán sus puertas desde las 09.00 hasta las 00.00.

El artículo 6 establece sanciones por incumplimiento con un mínimo de 2.000 UFV (Bs 3.760) de multa y la reincidencia será la clausura temporal.


3.760 bolivianos de multa pagará el propietario del local que no cumpla con la restricción de la actividad.

10 días estará cerrado el establecimiento que reincida con el incumplimiento de la restricción horaria en las fiestas juveniles.

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