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viernes, 16 de agosto de 2013
El primer decreto de la Ley de Bancos será para regular tasas
El Gobierno anunció que el primer decreto reglamentario de la Ley de Servicios Financieros a ser aprobado en las próximas semanas será para regular las tasas de interés de los créditos de vivienda y productivo. La medida abarca a las tasas para el ahorro.
El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, explicó que esta ley comprenderá al menos ocho decretos reglamentarios. El más importante es sobre las tasas de interés en el que se trabaja actualmente.
“Tenemos, como dice la norma, 90 días para reglamentar (y) queremos sacar el reglamento de tasas de interés muy rápidamente (...). Nosotros queremos apurarnos en este tema porque creemos que se ha generado una expectativa en la población con la fijación de tasas de interés”, dijo.
El 5 de agosto, la Cámara Baja aprobó con modificaciones la Ley de Servicios Financieros. El documento fue remitido al Ejecutivo para que el presidente Evo Morales lo promulgue. Guillén prevé que la disposición legal sea aprobada la próxima semana.
Actividad. El viceministro aclaró que para determinar la tasa de interés se trabaja en “un análisis de sensibilidad” para establecer cuánto va a afectar a los bancos y a partir de este resultado se tomará una decisión al respecto. “Vamos a buscar una tasa de equilibrio entre lo que pueden ganar los bancos; se debe ser muy prudentes con la decisión”. “No solamente vamos a regular las tasas para los créditos (productivo y de vivienda), sino que vamos a regular también las tasas para los depósitos”, señaló.
El capítulo III de la ley establece la creación del Consejo de Estabilidad Financiera (CEF) que fijará las tasas de interés. También se establecerán modelos y formatos de contratos para que la gente acceda en mejores condiciones a un préstamo bancario, los cuales serán regulados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi). Las entidades financieras no podrán realizar cobros de comisiones que no estén autorizadas por la Asfi. El exgerente de la Bolsa Boliviana de Valores (BBV) y analista financiero, Armando Álvarez, sugirió que las tasas de interés que se apliquen sean diferentes para la banca comercial con relación a las microfinancieras. “Los mercados que atienden los bancos y las microfinanzas tienen estructuras de costos administrativos muy diferentes, eso se debe entender”, manifestó el experto.
El profesional explicó que los costos administrativos de una microfinanciera son mayores a los de un banco porque deben contar con oficiales de créditos que debe evaluar y realizar un seguimiento a sus clientes, a quienes se les presta montos que en promedio alcanzan los $us 3.000. Al respecto, el Viceministro de Pensiones aclaró que las tasas de interés que se vayan a regular regirán para todas las entidades financieras y no habrá diferencias.
El 5 de marzo, Guillén señaló que en el caso de la regulación de las tasas de interés para viviendas estarán dirigidos a los créditos para la compra de casas de hasta $us 120.000 y para departamentos de hasta $us 100.000. La autoridad afirmó que la regulación de las tasas para el sector productivo busca que el país deje de ser comerciante.
Comunidad garantizará crédito en área rural
El viceministro de Pensiones, Mario Guillén, explicó que con la futura Ley de Servicios Financieros una comunidad en el área rural podrá ser el garante del crédito que solicite una persona ante una entidad financiera. Guillén indicó que en la actualidad si un productor quiere acceder a un préstamo bancario debe entregar una garantía hipotecaria. Con la nueva normativa este requisito se flexibilizará, afirmó.
“A partir de la promulgación de la ley vamos a permitir que (el productor) pueda poner su ganado en garantía, los productores de café y quinua generalmente hacen contratos de venta a futuro eso también sirve de garantía, puede ser garantía la propia comunidad que permite que se le pueda prestar a la gente”, manifestó.
Garantía. “El control social de las diferentes estructuras orgánicas territoriales afiliadas a las organizaciones matrices, podrá constituir parte de estos mecanismos de garantía y ser agente de aseguramiento de pagos de créditos”, señala el parágrafo II del artículo 99 de la Ley de Servicios Financieros que fue aprobado por el Legislativo.
El 5 de marzo, La Razón informó que Mario Guillén señaló que con la venidera norma las entidades financieras podrán recibir como garantía hipotecaria ganado bovino por parte de un productor agropecuario que quiera acceder a un crédito. El 23 de abril, el Banco Ganadero lanzó este tipo de crédito con el requisito de que antes de la entrega del dinero se inspecciona el hato ganadero.
Financieros se convertirán en bancos múltiples
Los Fondos Financieros Privados (FFP) “deberán convertirse en bancos múltiples o banco PYME”, cuya constitución jurídica será la de una sociedad anónima. La Asfi reglamentará el proceso y plazo de adecuación a la que deberán acogerse estas entidades, señala la disposición segunda de la Ley de Servicios Financieros.
Las mutuales tienen dos años para adecuarse
Las mutuales de ahorro y préstamo dispondrán de dos años para transformarse en entidades financieras de vivienda, indica la disposición transitoria primera de la Ley de Servicios Financieros. También señala que el 75% del patrimonio neto de las mutuales se individualizará en certificados de capital de Bs 100 cada uno.
Los adultos mayores no serán discriminados
Con la nueva Ley de Servicios Financieros, las personas de la tercera edad podrán acceder a un crédito y no podrán ser segregados por las entidades financieras, aseguró el viceministro de Pensiones, Mario Guillén. El artículo 74 de la ley financiera señala que los consumidores financieros no podrán ser discriminados por edad o por sexo.
Se aplicarán sanciones por abusos a usuarios
La Ley de Servicios Financieros indica que cuando un consumidor financiero realice un reclamo o denuncie el abuso de alguna entidad bancaria, se impondrán sanciones pecuniarias de manera personal a los directivos, gerentes, planta ejecutiva, auditores, consejeros de administración y vigilancia (en el caso de las cooperativas).
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