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viernes, 30 de noviembre de 2018

DECRETO SUPREMO N° 3588 - Modificar el Artículo 68 incorporado y modificado por los Decretos Supremos N° 26394

DECRETO SUPREMO N° 3588
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 20 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.
Que el Parágrafo I del Artículo 378 del Texto Constitucional, establece que las diferentes formas de energía y sus fuentes constituyen un recurso estratégico, su acceso es un derecho fundamental y esencial para el desarrollo integral y social del país, y se regirá por los principios de eficiencia, continuidad, adaptabilidad y preservación del medio ambiente.
Que el inciso a) del Artículo 3 de la Ley N° 1604, de 21 de diciembre de 1994, señala que el principio de eficiencia obliga a la correcta y óptima asignación y utilización de los recursos en el suministro de electricidad a costo mínimo.
Que el inciso d) del Artículo 3 de la Ley N° 1604, establece que el principio de continuidad significa que el suministro debe ser prestado sin interrupciones, a no ser las programadas por razones técnicas debidamente justificadas, las que resultaren de fuerza mayor o de las sanciones impuestas al consumidor por incumplimiento de sus obligaciones o uso fraudulento de la electricidad.

Que el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 26094, de 2 de marzo de 2001, aprueba el Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad en sus 7 Capítulos y 67 Artículos.

Que el Decreto Supremo N° 26394, de 17 de noviembre de 2001, incorpora el Artículo 68 en el Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad, aprobado por Decreto Supremo N° 26094.
Que el Parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 29644, de 16 de julio de 2008, establece que la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE, operará y administrará empresas eléctricas de generación, transmisión y/o distribución, en forma directa, asociada con terceros o mediante su participación accionaria en sociedades anónimas, sociedades de economía mixta y otras dispuestas por Ley.
Que el Decreto Supremo N° 29863, de 17 de diciembre de 2008, modifica el Artículo 68 incorporado por Decreto Supremo Nº 26394, en el Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 26094.
Que la Disposición Final Segunda del Decreto Supremo Nº 1698, de 21 de agosto de 2013, modifica los párrafos primero y segundo del Artículo 68 incorporado y modificado por los Decretos Supremos N° 26394 y Nº 29863, en el Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 26094.
Que se requiere una norma legal que permita incluir en la Extensión del Peaje Estampilla a las instalaciones de Transmisión correspondiente al Equipo Transformador de 50 MVA con su Bahía de Transformación en Subestación Trinidad, Línea de Transmisión Mazocruz - Pallina y Subestación Pallina (Contorno Bajo).
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Artículo 68 incorporado y modificado por los Decretos Supremos N° 26394, de 17 de noviembre de 2001, Nº 29863, de 17 de diciembre de 2008 y Nº 1698, de 21 de agosto de 2013, en el Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 26094, de 2 de marzo de 2001.
ARTÍCULO 2. (MODIFICACIÓN). Se modifica el primer párrafo del Artículo 68 incorporado y modificado por los Decretos Supremos N° 26394, de 17 de noviembre de 2001, Nº 29863, de 17 de diciembre de 2008 y Nº 1698, de 21 de agosto de 2013, en el Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 26094, de 2 de marzo de 2001, con el siguiente texto:
   ARTÍCULO 68.- (EXTENSIÓN DEL PEAJE ESTAMPILLA). En la determinación del peaje unitario establecido en el Artículo 30 del presente Reglamento, se incluirá al valor del peaje total atribuible a los consumos del Sistema Troncal de Interconexión, el costo anual de las líneas: Punutuma - Telamayu, Telamayu - Chilcobija, Chilcobija - Tupiza, Tupiza - Villazón, Subestación Villazón, Caranavi - Guanay, Chuspipata - Chojlla, Sucre - Padilla y Subestación Uyuni, Equipo Transformador de 50 MVA con su Bahía de Transformación en Subestación Trinidad, Línea de Transmisión Mazocruz - Pallina y Subestación Pallina (Contorno Bajo), cuyo uso, según el Artículo 38 del presente Reglamento, es atribuible a los consumos; y en la potencia de punta de todos los agentes consumidores se incluirá las potencias de los consumos conectados a estas líneas.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Energías, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE HIDROCARBUROS, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

DECRETO SUPREMO N° 3587 - Autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizar los trámites para el registro de derecho propietario del bien inmueble ubicado en la ciudad de La Paz

DECRETO SUPREMO N° 3587
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, determina que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, dictar Decretos Supremos y resoluciones.
Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 175 del Texto Constitucional, establece que las Ministras y los Ministros del Estado tienen como atribución, proponer proyectos de Decreto Supremo y suscribirlos con la Presidenta o el Presidente del Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 164 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, señala que todos los inmuebles que forman parte del patrimonio de la entidad deben estar registrados a su nombre en Derechos Reales y en el Catastro Municipal que corresponda, actividad que estará a cargo de la Unidad Administrativa de cada entidad en coordinación con la Unidad Jurídica o el Asesor Legal.
Que para el cumplimiento de la normativa vigente, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras requiere contar con un instrumento legal que autorice la inscripción del derecho propietario a su favor, del bien inmueble ubicado en la Av. Defensores del Chaco Nº 1997 de la zona de Chasquipampa, de la ciudad de La Paz.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizar los trámites para el registro de derecho propietario del bien inmueble ubicado en la Av. Defensores del Chaco Nº 1997 de la zona de Chasquipampa, de la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales como primer registro a nombre de esta Cartera de Estado, con la creación de una partida del bien inmueble ubicado en la Av. Defensores del Chaco Nº 1997 de la zona de Chasquipampa, de la ciudad de La Paz, con una superficie de terreno de 10.198,80 m2, colindante al Norte con la Av. Defensores del Chaco, al Sur con la Unidad Educativa Chasquipampa, al Este con la calle 54 y al Oeste con la calle 53.
ARTÍCULO 3.- (INSCRIPCIÓN DEL DERECHO PROPIETARIO). El presente Decreto Supremo se constituye en instrumento legal suficiente para la inscripción del derecho propietario del bien inmueble señalado en el Artículo precedente, en Derechos Reales y demás registros ante otras instancias.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Rural y Tierras, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE HIDROCARBUROS, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

LEY N° 1022 - se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de Santa Cruz de la – AJAM

LEY N° 1022
LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE DIECISIETE (17) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de Santa Cruz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00005/2017, suscrito con la EMPRESA EXPORTADORA MINERA BELLA NAPOLI S.R.L., correspondiente al área denominada KAAX, con código único 2001059, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ignacio de Velasco de la Provincia Velasco del Departamento de Santa Cruz.
2. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00006/2017 suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL TONNY ARCENIO TERCEROS SOLARES, correspondiente al área denominada DON TONNY, con código único 2000334, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ignacio de Velasco de la Provincia Velasco del Departamento de Santa Cruz.
3. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00010/2017, suscrito con la EMPRESA “GB MINERALES Y AGREGADOS S.A.”, correspondiente al área denominada ECRT 02-I, con código único 1003538, compuesta por cuarenta y un (41) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Puerto Suárez de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz.
4. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00011/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MIGUEL ÁNGEL LINO ESPINOZA, correspondiente al área denominada SALVADORA III, con código único 1000486, compuesta por diecisiete (17) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ramón de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
5. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00012/2017, suscrito con la EMPRESA FRITABOL S.R.L., correspondiente al área denominada DON ROLY, con código único 2001787, compuesta por doce (12) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Antonio de Lomerío de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
6. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00015/2017, suscrito con la EMPRESA SERVICIOS MINEROS BLACK RIVER S.R.L., correspondiente al área denominada CAHAMA, con código único 1003247, compuesta por ochenta y cuatro (84) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San José de Chiquitos de la Provincia Chiquitos del Departamento de Santa Cruz.
7. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00016/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA DON GILBERTO S.R.L., correspondiente al área denominada DON GILBERTO II, con código único 1003445, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ignacio de Velasco de la Provincia Velasco del Departamento de Santa Cruz.
8. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00018/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL OPERADOR MINERO CHICO LA PERLA correspondiente al área denominada LA PERLA, con código único 1002128, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ignacio de Velasco de la Provincia Velasco del Departamento de Santa Cruz.
9. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00019/2017, suscrito con la EMPRESA “GB MINERALES Y AGREGADOS S.A.”, correspondiente al área denominada ECRT 02-II, con código único 1003542, compuesta por treinta y cinco (35) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Puerto Suárez de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz.
10. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00021/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MIGUEL ÁNGEL LINO ESPINOZA correspondiente al área denominada TERESITA, con código único 1000490, compuesta por ocho (8) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de San Javier y San Ramón de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
11. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00023/2017, suscrito con la EMPRESA METALURGIA Y PROCESOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA correspondiente al área denominada EL QUIZER, con código único 1000974, compuesta por veintisiete (27) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ramón de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
12. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00024/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL ROLANDO CHÁVEZ SERRATE correspondiente al área denominada LUZ ANGÉLICA, con código único 1003902, compuesta por treinta y tres (33) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Concepción de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
13. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00026/2017, suscrito con la COMPAÑÍA DE CEMENTO CAMBA S.A. “COCECA S.A.”, correspondiente al área denominada COCECA S.A. VIII, con código único 1003545, compuesta por cien (100) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Puerto Suárez de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz.
14. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00029/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA DON GILBERTO S.R.L., correspondiente al área denominada DON GILBERTO I, con código único 1003444, compuesta por treinta (30) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ignacio de Velasco de la Provincia Velasco del Departamento de Santa Cruz.
15. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00032/2017, suscrito con la EMPRESA MINOMEST MINERALES NO METÁLICOS DEL ESTE S.A., correspondiente al área denominada LEONARDO, con código único 2000193, compuesta por treinta y nueve (39) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Puerto Suárez de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz.
16. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00013/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “BOLIVIA PROGRESA” LTDA., correspondiente al área denominada DHARMA, con código único 1001773, compuesta por treinta y nueve (39) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Ramón de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
17. Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/00031/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “DEL ORIENTE” LTDA., correspondiente al área denominada QUISER 1, con código único 1000494, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de San Javier y San Ramón de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
II. Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez.

ANEXO
CUADRO DE AREAS MINERAS DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS
AUTORIDAD JURISDICCIONAL ADMINISTRATIVA MINERA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA CRUZ
N° CONTRATO ADMINISTRATIVO MINERO
CÓDIGO ÚNICO
DENOMINACIÓN DE ÁREA MINERA
ACTOR PRODUCTIVO MINERO SOLICITANTE
UBICACIÓN
CANTIDAD DE CUADRÍCULAS ASIGNADAS 
MUNICIPIO
PROVINCIA
DEPARTAMENTO
TIPO DE APM SOLICITANTE: INDUSTRIA MINERA PRIVADA
1 AJAM/DDSC/CAM/00005/2017 2001059   KAAX EMPRESA EXPORTADORA MINERA BELLA NAPOLI S.R.L. SAN IGNACIO DE VELASCO VELASCO SANTA CRUZ 20
2 AJAM/DDSC/CAM/00006/2017 2000334 DON TONNY TONNY ARCENIO TERCEROS SOLARES SAN MIGUEL DE VELASCO VELASCO SANTA CRUZ 10
3 AJAM/DDSC/CAM/00010/2017 1003538 ECRT 02 - I GB MINERALES Y AGREGADOS S.A. PUERTO SUAREZ GERMAN BUSCH SANTA CRUZ 41
4 AJAM/DDSC/CAM/00011/2017 1000486 SALVADORA III MIGUEL ANGEL LINO ESPINOZA SAN RAMÓN ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 17
5 AJAM/DDSC/CAM/00012/2017 2001787 DON ROLY FRITABOL S.R.L. SAN ANTONIO DE LOMERIO ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 12
6 AJAM/DDSC/CAM/00015/2017 1003247 CAHAMA SERVICIOS MINEROS BLACK RIVER S.R.L. SAN JOSE DE CHIQUITOS CHIQUITOS SANTA CRUZ 84
7 AJAM/DDSC/CAM/00016/2017 1003445 DON GILBERTO II EMPRESA MINERA DON GILBERTO S.R.L. SAN IGNACIO DE VELASCO VELASCO SANTA CRUZ 2
8 AJAM/DDSC/CAM/00018/2017 1002128 LA PERLA OPERADOR MINERO CHICO LA PERLA SAN MIGUEL DE VELASCO VELASCO SANTA CRUZ 10
9 AJAM/DDSC/CAM/00019/2017 1003542 ECRT 02 - II “GB MINERALES Y AGREGADOS S.A.” PUERTO SUAREZ GERMAN BUSCH SANTA CRUZ 35
10 AJAM/DDSC/CAM/00021/2017 1000490 TERESITA MIGUEL ANGEL LINO ESPINOZA SAN JAVIER, SAN RAMÓN ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 8
11 AJAM/DDSC/CAM/00023/2017 1000974   EL QUIZER METALURGIA Y PROCESOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SAN RAMÓN ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 27
12 AJAM/DDSC/CAM/00024/2017 1003902 LUZ ANGELICA ROLANDO CHAVEZ SERRATE CONCEPCION ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 33
13 AJAM/DDSC/CAM/00026/2017 1003545 COCECA S.A. VIII COMPAÑÍA DE CEMENTO CAMBA S.A. "COCECA S.A." PUERTO SUAREZ GERMAN BUSCH SANTA CRUZ 100
14 AJAM/DDSC/CAM/00029/2017 1003444 DON GILBERTO I EMPRESA MINERA DON GILBERTO S.R.L. SAN IGNACIO DE VELASCO VELASCO SANTA CRUZ 30
15 AJAM/DDSC/CAM/00032/2017 2000193   LEONARDO   MINOMEST MINERALES NO METALICOS DEL ESTE S.A.   PUERTO SUAREZ GERMAN BUSCH SANTA CRUZ 39
TIPO DE APM SOLICITANTE: COOPERATIVAS MINERAS
16 AJAM/DDSC/CAM/00013/2017 1001773 DHARMA   COOPERATIVA MINERA "BOLIVIA PROGRESA" LTDA. SAN RAMÓN ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 39
17 AJAM/DDSC/CAM/00031/2017 1000494 QUISER 1 COOPERATIVA MINERA AURÍFERA "DEL ORIENTE" LTDA. SAN JAVIER, SAN RAMÓN ÑUFLO DE CHAVEZ SANTA CRUZ 20

LEY N° 1021 - Se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Tupiza – Tarija de la AJAM

LEY N° 1021
LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE DIEZ (10) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Tupiza – Tarija de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00003/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA APUMAYTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, correspondiente al área denominada “PABELLÓN”, con código único 2000166, compuesta por treinta (30) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Pablo de Lípez de la Provincia Sud Lípez del Departamento de Potosí.
2. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00008/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA “VILLA PAMPA”, correspondiente al área denominada VILLA PAMPA II, con código único 2000257, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
3. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00010/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MARIO EDUARDO CASTRO UGARTE, correspondiente al área denominada CORAZÓN CHICHEÑO 2, con código único 1002832, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
4. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00011/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MARIO EDUARDO CASTRO UGARTE, correspondiente al área denominada CORAZÓN CHICHEÑO 1, con código único 1003897, compuesta por dieciocho (18) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
5. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00012/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA EL “SILLAR”, correspondiente al área denominada EL SILLAR, con código único 1004167, compuesta por seis (6) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
6. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00014/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MINA COLQUE LOMA, correspondiente al área denominada COLQUE LOMA, con código único 1004151, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
7. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00019/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA JIMMY TÓRREZ, correspondiente al área denominada TATO, con código único 1003872, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
8. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00021/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA BEDROCK S.R.L., correspondiente al área denominada ALTA VISTA, con código único 2000165, compuesta por veintiocho (28) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Antonio de Esmoruco de la Provincia Sud Lipez del Departamento de Potosí.
9. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00027/2017, suscrito con la EMPRESA “SOCIEDAD MINERA KURMI S.R.L.”, correspondiente al área denominada WARMICITA, con código único 2000951, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
10. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00020/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “BIENVENIDA I” LTDA., correspondiente al área denominada BIEN VENIDA I, con código único 1001709, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Atocha y Cotagaita de las Provincias Nor Chichas y Sud Chichas del Departamento de Potosí.
II. Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. César Milciades Peñaloza Avilés, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez.
ANEXO
CUADRO DE ÁREAS MINERAS DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS
AUTORIDAD JURISDICCIONAL ADMINISTRATIVA MINERA DIRECCIÓN REGIONAL TUPIZA - TARIJA
N° CONTRATO ADMINISTRATIVO MINERO
CÓDIGO ÚNICO
DENOMINACIÓN DE ÁREA MINERA
APM SOLICITANTE
UBICACIÓN
CANTIDAD DE CUADRÍCULAS ASIGNADAS 
MUNICIPIO
PROVINCIA
DEPARTAMENTO
TIPO DE APM SOLICITANTE: INDUSTRIA MINERA PRIVADA
1 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00003/2017 2000166 PABELLON  "EMPRESA MINERA APUMAYTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" SAN PABLO DE LIPEZ SUD LIPEZ POTOSI 30
2 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00008/2017 2000257 VILLA PAMPA II  EMPRESA MINERA “VILLA PAMPA” TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 20
3 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00010/2017 1002832 CORAZON CHICHEÑO 2 MARIO EDUARDO CASTRO UGARTE TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 10
4 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00011/2017 1003897 CORAZON CHICHEÑO 1 MARIO EDUARDO CASTRO UGARTE TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 18
5 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00012/2017 1004167 EL SILLAR EMPRESA MINERA EL “SILLAR” TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 6
6 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00014/2017 1004151 COLQUE LOMA MINA COLQUE LOMA TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 3
7 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00019/2017 1003872 TATO EMPRESA MINERA JIMMY TORREZ TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 3
8 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00021/2017 2000165 ALTA VISTA  EMPRESA MINERA BEDROCK S.R.L. SAN ANTONIO DE ESMORUCO SUD LIPEZ POTOSI 28
9 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00027/2017 2000951 WARMICITA SOCIEDAD MINERA KURMI S.R.L. TUPIZA SUD CHICHAS POTOSI 1
TIPO DE APM SOLICITANTE: COOPERATIVAS MINERAS
10 Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00020/2017 1001709 BIEN VENIDA I COOPERATIVA MINERA “BIENVENIDA I” LTDA. ATOCHA, COTAGAITA NOR CHICHAS, SUD CHICHAS POTOSI 3

miércoles, 28 de noviembre de 2018

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3586 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, al ciudadano Rafael Alarcón Orihuela

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3586
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Milton Claros Hinojosa, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, mediante nota MOPSV/DESP. Nº 0679/2018, de 07 de junio de 2018, presentada en la misma fecha, comunicó que se ausentará del país en misión oficial los días 14 y 15 de junio de 2018, a la ciudad de Lima – República del Perú, a objeto de participar en el Encuentro Internacional Ministerial “Corredor Ferroviario Bioceánico de Integración”, organizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de dicho país, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, al ciudadano Rafael Alarcón Orihuela, Ministro de Energías, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3585 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Ministro de Gobierno

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3585
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Fernando Huanacuni Mamani, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-286/2018, de 11 de junio de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 12 al 21 de junio de 2018, a las ciudades de Moscú – Federación Rusa; La Haya – Reino de los Países Bajos y Beijing – República Popular China, a objeto de acompañar al Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia en su visita a las ciudades de Moscú y Beijing, así como, participar en la reunión de revisión de los argumentos técnico – legales que serán incorporados en el documento de Contramemoria que Bolivia Presentará ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Ministro de Gobierno, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

LEY N° 1020 - Se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de Oruro de la AJAM

LEY N° 1020
LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE DIECISIETE (17) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de Oruro de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00002/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL CRISTIAN IGNACIO TELLEZ BETANCOURT, correspondiente al área denominada SHAMBALA, con código único 2002138, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
2. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00004/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL CERÁMICA ROJA VIRGEN DE COPACABANA, correspondiente al área denominada CERÁMICA ROJA II, con código único 2001651, compuesta por dieciséis (16) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
3. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00005/2017, suscrito con la EMPRESA KAPARIPIN INVERSIONES S.A., correspondiente al área denominada PARCO, con código único 1003425, compuesta por doce (12) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Challapata de la Provincia Abaroa del Departamento de Oruro.
4. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00006/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL CHUQUICHAMBI, correspondiente al área denominada EPIFANIO, con código único 1003406, compuesta por seis (6) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Curahuara de Carangas de la Provincia Sajama del Departamento de Oruro.
5. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00007/2017, suscrito con la EMPRESA FRITABOL S.R.L., correspondiente al área denominada DON MANUEL, con código único 2001370, compuesta por siete (7) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Pedro de Totora de la Provincia San Pedro de Totora del Departamento de Oruro.
6. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00008/2017, suscrito con la EMPRESA FRITABOL S.R.L., correspondiente al área denominada DOÑA FRIDA, con código único 2001372, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Pedro de Totora de la Provincia San Pedro de Totora del Departamento de Oruro.
7. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00009/2017, suscrito con la EMPRESA CONSULTORA RÍOS GONZALES S.R.L., correspondiente al área denominada SANTIAGO APÓSTOL, con código único 1004134, compuesta por cuatro (4) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
8. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00011/2017, suscrito con la EMPRESA INDUSTRIAS DE CERÁMICAS ORURO LIMITADA INCEROR LTDA., correspondiente al área denominada INCEROR 3, con código único 2001862, compuesta por cuatro (4) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
9. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00012/2017, suscrito con la EMPRESA INDUSTRIAS DE CERÁMICAS ORURO LIMITADA INCEROR LTDA., correspondiente al área denominada INCEROR 2, con código único 2001861, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
10. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00014/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA “CAMACHIRI”, correspondiente al área denominada CAMACHIRI, con código único 1002543, compuesta por treinta y un (31) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
11. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00017/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL “SOFÍA AJHUACHO ANCALLE”, correspondiente al área denominada CHOCAYA, con código único 2001625, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de El Choro y Lago Uru Uru de las Provincias Cercado y Lago Uru Uru del Departamento de Oruro.
12. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00001/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “CHAPI KOLLO” R.L., correspondiente al área denominada CHAPI KOLLO, con código único 2000699, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Curahuara de Carangas de la Provincia Sajama del Departamento de Oruro.
13. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00003/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “MONSERRAT” LTDA., correspondiente al área denominada MONSERRAT, con código único 1000082, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Antequera (Bolívar) y Poopó de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro.
14. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00010/2017, suscrito con la COOPERATIVA MULTIACTIVA “VICHULOMA” LTDA., correspondiente al área denominada VICHULOMA, con código único 1002548, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Paria de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
15. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00013/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “SAN MIGUEL DE CHOQUENCAHUA LTDA.”, correspondiente al área denominada GUADALUPE, con código único 1002541, compuesta por cuatro (4) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Santiago de Huari de la Provincia Sebastián Pagador del Departamento de Oruro.
16. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00015/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “SARTAÑANI ATARAQUE” R.L., correspondiente al área denominada ATARAQUE, con código único 1004310, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caracollo de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
17. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/00016/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “CALA CALA” LTDA., correspondiente al área denominada CALA CALA, con código único 1000047, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Paria de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
II. Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. César Milciades Peñaloza Avilés, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez.



ANEXO 
CUADRO DE ÁREAS MINERAS DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS
AUTORIDAD JURISDICCIONAL ADMINISTRATIVA MINERA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL ORURO
N° CONTRATO ADMINISTRATIVO MINERO
CÓDIGO ÚNICO
DENOMINACIÓN DE ÁREA MINERA
APM SOLICITANTE
UBICACIÓN
CANTIDAD DE CUADRÍCULAS ASIGNADAS 
MUNICIPIO
PROVINCIA
DEPARTAMENTO
TIPO DE APM SOLICITANTE: INDUSTRIA MINERA PRIVADA
1 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00002/2017 2002138 SHAMBALA CRISTIAN IGNACIO TELLEZ BETANCOURT CARACOLLO CERCADO ORURO 1
2 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00004/2017 2001651 CERAMICA ROJA II CERAMICA ROJA "VIRGEN DE COPACABANA" CARACOLLO CERCADO ORURO 16
3 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00005/2017 1003425 PARCO KAPARIPIN INVERSIONES S.A. CHALLAPATA ABAROA ORURO 12
4 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00006/2017 1003406 EPIFANIO CHUQUICHAMBI CURAHUARA DE CARANGAS SAJAMA ORURO 6
5 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00007/2017 2001370 DON MANUEL FRITABOL S.R.L. SAN PEDRO DE TOTORA SAN PEDRO DE TOTORA ORURO 7
6 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00008/2017 2001372 DOÑA FRIDA FRITABOL S.R.L. SAN PEDRO DE TOTORA SAN PEDRO DE TOTORA ORURO 10
7 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00009/2017 1004134 SANTIAGO APOSTOL CONSULTORA RIOS GONZALES S.R.L. CARACOLLO CERCADO ORURO 4
8 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00011/2017 2001862 INCEROR 3 INDUSTRIAS DE CERAMICAS ORURO LIMITADA INCEROR LTDA. CARACOLLO CERCADO ORURO 4
9 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00012/2017 2001861 INCEROR 2 INDUSTRIAS DE CERAMICAS ORURO LIMITADA INCEROR LTDA. CARACOLLO CERCADO ORURO 2
10 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00014/2017 1002543 CAMACHIRI EMPRESA MINERA "CAMACHIRI" CARACOLLO CERCADO ORURO 31
11 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00017/2017 2001625 CHOCAYA SOFIA AJHUACHO ANCALLE EL CHORO, LAGO URU URU CERCADO, LAGO URU URU LAGO, ORURO 3
TIPO DE APM SOLICITANTE: COOPERATIVAS MINERAS
12 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00001/2017 2000699 CHAPI KOLLO COOPERATIVA MINERA CHAPI KOLLO R.L. CURAHUARA DE CARANGAS SAJAMA ORURO 2
13 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00003/2017 1000082 MONSERRAT COOPERATIVA MINERA "MONSERRAT" LTDA. ANTEQUERA (BOLIVAR), POOPÓ POOPO ORURO 10
14 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00010/2017 1002548 VICHULOMA COOPERATIVA MULTIACTIVA VICHULOMA LTDA. PARIA CERCADO ORURO 1
15 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00013/2017 1002541 GUADALUPE COOPERATIVA MINERA SAN MIGUEL DE CHOQUENCAHUA LTDA. SANTIAGO DE HUARI SEBASTIAN PAGADOR ORURO 4
16 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00015/2017 1004310 ATARAQUE COOPERATIVA MINERA "SARTAÑANI ATARAQUE" R.L. CARACOLLO CERCADO ORURO 20
17 Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDOR/CAM/00016/2017 1000047 CALA CALA COOPERATIVA MINERA "CALA CALA" LTDA.

LEY N° 1019 - Se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de La Paz de la AJAM

LEY N° 1019
LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE TREINTA Y NUEVE (39) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00004/2017, suscrito con la EMPRESA MINERALES CU. KORPA S.R.L. correspondiente al área denominada SAN FELIPE, con código único 2000330, compuesta por ocho (8) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Guaqui de la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz.
2. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00010/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL JUAN ARUQUIPA CALDERÓN correspondiente al área denominada SAN JUAN DE MOROCOLLO, con código único 1004303, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Achacachi y Huarina de la Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz.
3. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00015/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL “HORUS DISTRIBUIDORES” correspondiente al área denominada GANDAL, con código único 1003751, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Quiabaya y Sorata de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
4. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00021/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL DAMIANA PAULINA SUNTURA ZEGARRA correspondiente al área denominada TICUYO PAUSZEG, con código único 1002720, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caquiaviri de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz.
5. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00025/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL JULIO PATZI FERNÁNDEZ correspondiente al área denominada ITJATA, con código único 1002716, compuesta por cuatro (4) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Ichoca de la Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz.
6. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00030/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL CUATRO GRADAS correspondiente al área denominada PIEDRA BLANCA, con código único 1002701, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caquiaviri de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz.
7. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00036/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL GUIDO PARAVICINI PARAVICINI correspondiente al área denominada DON EVO, con código único 1004430, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Ayo Ayo y Patacamaya de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz.
8. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00037/2017, suscrito con la EMPRESA TARAPO KORY JAHUIRA S.R.L. correspondiente al área denominada TARAPO KORY JAHUIRA, con código único 1004010, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Mapiri de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
9. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00044/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA CEDRO PAMPA S.R.L. correspondiente al área denominada LA PAMPITA, con código único 1004047, compuesta por ochenta (80) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Cajuata e Inquisivi de la Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz.
10. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00048/2017, suscrito con la EMPRESA FRITABOL S.R.L. correspondiente al área denominada BERENGUELA, con código único 2001209, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Charaña y Santiago de Machaca de las Provincias General José Manuel Pando y Pacajes del Departamento de La Paz.
11. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00052/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL PETRONA CONDORI SALGADO correspondiente al área denominada SAN TOMÁS, con código único 1003273, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Caquiaviri de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz.
12. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00056/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA CEDRO PAMPA S.R.L. correspondiente al área denominada CEDRO I, con código único 1004046, compuesta por cuarenta (40) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Cajuata e Inquisivi de la Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz.
13. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00057/2017, suscrito con la EMPRESA FRITABOL S.R.L. correspondiente al área denominada JARUMA, con código único 2001210, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Sica Sica de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz.
14. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00065/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL CATTORETTI MINING correspondiente al área denominada SORAPATA, con código único 1003340, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Charazani (Gral. Pérez) de la Provincia Bautista Saavedra del Departamento de La Paz.
15. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00002/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “ESMERALDA ASUNCIÓN” R.L. correspondiente al área denominada ESMERALDA ASUNCIÓN, con código único 1003571, compuesta por cincuenta y dos (52) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Caranavi y Nuestra Señora de La Paz de las Provincias Caranavi y Murillo del Departamento de La Paz.
16. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00007/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA LOS TAYTAS LTDA. correspondiente al área denominada LOS MAJOS, con código único 1003027, compuesta por seis (6) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Nuestra Señora de La Paz de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz.
17. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00008/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “PALLINA LAJA” R.L. correspondiente al área denominada PALLINA LAJA I, con código único 2001955, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Laja de la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz.
18. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00011/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “DELIN 8” R.L. correspondiente al área denominada DELIN 8, con código único 1003698, compuesta por veintinueve (29) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Palos Blancos y Teoponte de las Provincias Larecaja y Sud Yungas del Departamento de La Paz.
19. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00012/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “NUEVO PROGRESO COTAÑA” R.L. correspondiente al área denominada JALANTA, con código único 1003682, compuesta por cinco (5) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Sorata de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
20. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00013/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “TATA SANTIAGO DE COPALANI” R.L. correspondiente al área denominada COPALANI 2, con código único 1004443, compuesta por cincuenta (50) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Nuestra Señora de La Paz de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz.
21. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00014/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “NUEVO MILENIO” R.L. correspondiente al área denominada CARAPATA, con código único 1004491, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Sorata de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
22. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00016/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “ALIANZA LA DORADA” LTDA. correspondiente al área denominada ALIANZA, con código único 1003212, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Caranavi y Nuestra Señora de La Paz de las Provincias Caranavi y Murillo del Departamento de La Paz.
23. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00017/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “PLAYA DORADA” R.L. correspondiente al área denominada RÍO LA PAZ, con código único 1002956, compuesta por sesenta (60) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Cairoma, Cajuata e Irupana de las Provincias Inquisivi, Loayza y Sud Yungas del Departamento de La Paz.
24. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00019/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “SAN FRANCISCO DE SOCOCONI” R.L. correspondiente al área denominada SOCOCONI, con código único 1003252, compuesta por veinticinco (25) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Chuma de la Provincia Muñecas del Departamento de La Paz.
25. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00022/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “UNIÓN ROSARIO YERVANI” LTDA. correspondiente al área denominada ACERO MARKA, con código único 1004115, compuesta por quince (15) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Yanacachi de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz.
26. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00023/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “YOLOSANI” LTDA. correspondiente al área denominada YOLOSANI, con código único 1003043, compuesta por siete (7) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Guanay y Teoponte de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
27. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00024/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “1ro. DE MARZO YAICURA” LTDA. correspondiente al área denominada YAICURA, con código único 1001885, compuesta por catorce (14) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Mapiri de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
28. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00028/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “MINASI” LTDA. correspondiente al área denominada 14 DE SEPTIEMBRE, con código único 1002099, compuesta por siete (7) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Palca de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz.
29. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00031/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “PRIMERA DE AGUA BLANCA” LTDA. correspondiente al área denominada LA FORTALEZA, con código único 1003360, compuesta por once (11) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Sorata de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
30. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00032/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “NUEVA SANTA FE” LTDA. correspondiente al área denominada NUEVA SANTA FE, con código único 1001980, compuesta por cinco (5) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Caranavi y Nuestra Señora de La Paz de las Provincias Caranavi y Murillo del Departamento de La Paz.
31. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00039/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “HIJOS DEL PUEBLO DE CANDELARIA” LTDA. correspondiente al área denominada ACHIQUIRI-CANDELARIA, con código único 2000601, compuesta por seis (6) cuadrículas ubicadas en el Municipio de Guanay de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
32. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00040/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “CENTRAL PARIGUAYA” R.L. correspondiente al área denominada NUEVA ESPERANZA, con código único 1003886, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Irupana de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz.
33. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00041/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “UPMIN” R.L. correspondiente al área denominada UNIÓN Y PROGRESO, con código único 1002613, compuesta por quince (15) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Coripata y Coroico de la Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz.
34. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00042/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “FLORES DE MAYO” R.L. correspondiente al área denominada FLORES DE MAYO, con código único 1003591, compuesta por ciento dieciséis (116) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Guanay de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
35. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00046/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “PAJONAL TEOPONTE” LTDA. correspondiente al área denominada TEOPONTE, con código único 1002408, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Guanay y Teoponte de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
36. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00049/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “PAJONAL VILAQUE I” LTDA. correspondiente al área denominada PAJONAL VILAQUE, con código único 1003254, compuesta por quince (15) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Guanay de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
37. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00050/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “SANIVARA” R.L. correspondiente al área denominada SANIVARA, con código único 2001120, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Guanay de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.
38. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00053/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “TUNQUI OLIVO” LTDA. correspondiente al área denominada TUNQUI, con código único 1002615, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Nuestra Señora de La Paz de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz.
39. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDLP-B-P/CAM/00054/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “TUNQUI OLIVO” LTDA. correspondiente al área denominada TUNQUI OLIVO II, con código único 1003208, compuesta por siete (7) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Caranavi y Nuestra Señora de La Paz de las Provincias Caranavi y Murillo del Departamento de La Paz.
II. Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. César Milciades Peñaloza Avilés, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez.


ANEXO 
CUADRO DE ÁREAS MINERAS DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS
AUTORIDAD JURISDICCIONAL ADMINISTRATIVA MINERA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL LA PAZ
N° CONTRATO ADMINISTRATIVO MINERO CÓDIGO ÚNICO DENOMINACIÓN DE ÁREA MINERA APM SOLICITANTE UBICACIÓN CANTIDAD DE CUADRÍCULAS ASIGNADAS 
MUNICIPIO PROVINCIA DEPARTAMENTO
TIPO DE APM SOLICITANTE: INDUSTRIA MINERA PRIVADA
1 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00004/2017 2000330 SAN FELIPE MINERALES Cu. KORPA S.R.L. GUAQUI INGAVI LA PAZ 8
2 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00010/2017 1004303 SAN JUAN DE MOROCOLLO JUAN ARUQUIPA CALDERON ACHACACHI, HUARINA OMASUYOS LA PAZ 2
3 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00015/2017 1003751 GANDAL HORUS DISTRIBUIDORES QUIABAYA - SORATA LARECAJA LA PAZ 20
4 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00021/2017 1002720 TICUYO PAUSZEG DAMIANA PAULINA SUNTURA ZEGARRA CAQUIAVIRI PACAJES LA PAZ 2
5 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00025/2017 1002716 ITJATA JULIO PATZI FERNANDEZ ICHOCA INQUISIVI LA PAZ 4
6 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00030/2017 1002701 PIEDRA BLANCA CUATRO GRADAS CAQUIAVIRI PACAJES LA PAZ 2
7 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00036/2017 1004430 DON EVO GUIDO PARAVICINI PARAVICINI AYO AYO, PATACAMAYA AROMA LA PAZ 2
8 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00037/2017 1004010 TARAPO KORY JAHUIRA   TARAPO KORY JAHUIRA S.R.L. MAPIRI LARECAJA LA PAZ 3
9 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00044/2017 1004047 LA PAMPITA EMPRESA MINERA CEDRO PAMPA S.R.L. CAJUATA, INQUISIVI INQUISIVI LA PAZ 80
10 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00048/2017 2001209 BERENGUELA FRITABOL S.R.L.   CHARAÑA, SANTIAGO DE MACHACA GENERAL JOSE MANUEL, PACAJES LA PAZ 3
11 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00052/2017 1003273 SAN TOMAS PETRONA CONDORI SALGADO CAQUIAVIRI   PACAJES LA PAZ 1
12 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00056/2017 1004046 CEDRO I EMPRESA MINERA CEDRO PAMPA S.R.L. CAJUATA, INQUISIVI INQUISIVI LA PAZ 40
13 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00057/2017 2001210 JARUMA FRITABOL S.R.L. SICA SICA AROMA LA PAZ 3
14 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00065/2017 1003340 SORAPATA CATTORETTI MINING CHARAZANI (GRAL.PEREZ) BAUTISTA SAAVEDRA LA PAZ 2
TIPO DE APM SOLICITANTE: COOPERATIVAS MINERAS
15 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00002/2017 1003571 ESMERALDA ASUNCION COOPERATIVA MINERA AURIFERA ESMERALDA ASUNCION R.L. CARANAVI, NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ CARANAVI, MURILLO LA PAZ 52
16 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00007/2017 1003027 LOS MAJOS COOPERATIVA MINERA AURÍFERA LOS TAYTAS LTDA. NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ MURILLO LA PAZ 6
17 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00008/2017 2001955   PALLINA LAJA I COOPERATIVA MINERA "PALLINA LAJA" R.L. LAJA LOS ANDES LA PAZ 1
18 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00011/2017 1003698 DELIN 8 COOPERATIVA MINERA AURIFERA "DELIN 8" R.L PALOS BLANCOS, TEOPONTE LARECAJA, SUD YUNGAS LA PAZ 29
19 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00012/2017 1003682 JALANTA COOPERATIVA MINERA "NUEVO PROGRESO COTAÑA" R.L. SORATA LARECAJA LA PAZ 5
20 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00013/2017 1004443 COPALANI 2 COOPERATIVA MINERA AURÍFERA "TATA SANTIAGO DE COPALANI" R.L. NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ MURILLO LA PAZ 50
21 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00014/2017 1004491 CARAPATA COOPERATIVA MINERA AURÍFERA NUEVO MILENIO R.L. SORATA LARECAJA LA PAZ 10
22 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00016/2017 1003212 ALIANZA COOPERATIVA MINERA AURIFERA "ALIANZA LA DORADA" LTDA. CARANAVI, NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ CARANAVI, MURILLO LA PAZ 20
23 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00017/2017 1002956 RIO LA PAZ COOPERATIVA MINERA AURIFERA “PLAYA DORADA” R.L CAIROMA, CAJUATA, IRUPANA INQUISIVI, LOAYZA, SUD YUNGAS LA PAZ 60
24 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00019/2017 1003252 SOCOCONI COOPERATIVA MINERA AURIFERA SAN FRANCISCO DE SOCOCONI R.L. CHUMA MUÑECAS LA PAZ 25
25 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00022/2017 1004115 ACERO MARKA COOPERATIVA MINERA "UNION ROSARIO YERVANI" LTDA YANACACHI SUD YUNGAS LA PAZ 15
26 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00023/2017 1003043 YOLOSANI COOPERATIVA MINERA AURIFERA "YOLOSANI" LTDA. GUANAY-TEOPONTE LARECAJA LA PAZ 7
27 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00024/2017 1001885 YAICURA COOPERATIVA MINERA AURIFERA 1ro. DE MARZO YAICURA LTDA. MAPIRI LARECAJA LA PAZ 14
28 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00028/2017 1002099 14 DE SEPTIEMBRE COOPERATIVA MINERA "MINASI" LTDA PALCA MURILLO LA PAZ 7
29 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00031/2017 1003360 LA FORTALEZA COOPERATIVA MINERA AURIFERA "PRIMERA DE AGUA BLANCA" LTDA. SORATA LARECAJA LA PAZ 11
30 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00032/2017 1001980 NUEVA SANTA FE COOPERATIVA MINERA AURIFERA "NUEVA SANTA FE" LTDA. CARANAVI, NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ CARANAVI, MURILLO LA PAZ 5
31 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00039/2017 2000601 ACHIQUIRI - CANDELARIA COOPERATIVA MINERA AURIFERA "HIJOS DE PUEBLO DE CANDELARIA" LTDA. GUANAY LARECAJA LA PAZ 6
32 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00040/2017 1003886 NUEVA ESPERANZA COOPERATIVA MINERA CENTRAL PARIGUAYA R.L. IRUPANA SUD YUNGAS LA PAZ 1
33 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00041/2017 1002613 UNION Y PROGRESO COOPERATIVA MINERA AURÍFERA “UPMIN” R.L. CORIPATA, COROICO NOR YUNGAS LA PAZ 15
34 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00042/2017 1003591 FLORES DE MAYO COOPERATIVA MINERA AURIFERA "FLORES DE MAYO" R.L. GUANAY LARECAJA LA PAZ 116
35 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00046/2017 1002408 TEOPONTE COOPERATIVA MINERA AURIFERA "PAJONAL TEOPONTE" LTDA. GUANAY, TEOPONTE LARECAJA LA PAZ 2
36 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00049/2017 1003254 PAJONAL VILAQUE COOPERATIVA MINERA AURIFERA "PAJONAL VILAQUE I" LTDA GUANAY LARECAJA LA PAZ 15
37 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00050/2017 2001120 SANIVARA COOPERATIVA MINERA AURIFERA "15 DE MAYO YAICURA" LTDA. GUANAY LARECAJA LA PAZ 10
38 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00053/2017 1002615 TUNQUI COOPERATIVA MINERA AURIFERA "TUNQUI OLIVO" LTDA. NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ MURILLO LA PAZ 2
39 AJAM/DDLP-B-P/CAM/00054/2017 1003208 TUNQUI OLIVO II COOPERATIVA MINERA AURIFERA "TUNQUI OLIVO" LTDA. CARANAVI, NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ CARANAVI, MURILLO LA PAZ 7

martes, 27 de noviembre de 2018

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3584 - Se designa MINISTRA INTERINA DE HIDROCARBUROS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3584
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH-02505 DESP-0510, de 06 de junio de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 11 al 16 de junio de 2018, a la ciudad de Moscú – Federación Rusa, a objeto de acompañar al Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia en la reunión de alto nivel que sostendrá con el Presidente de la Federación Rusa; asimismo, participar juntamente con la delegación boliviana en la firma de Memorándums de Entendimiento entre el Ministerio de Hidrocarburos, YPFB y la Empresa GAZPROM, así como, la suscripción de documentos de cooperación en el sector hidrocarburos con la referida empresas y otras de dicho país, razón por la cual solicita se designe Ministra Interina mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRA INTERINA DE HIDROCARBUROS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3583 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3583
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI - DESP. Nº 387/18, de 01 de junio de 2018, presentada el 04 de junio del año en curso, comunicó que se ausentará del país en misión oficial los días 09 y 10 de junio de 2018, a la ciudad de Adroguè Buenos Aires – República Argentina, a objeto de impartir una Conferencia Magistral sobre la demanda marítima y presentar el libro “Bolivia en la Haya”, en la Feria Internacional del Libro de Almirante Brown, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad  de  La Paz, a los ocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

LEY N° 1018 - Se declara Héroe Nacional al Coronel de Milicias Patrióticas Manuel Ascencio Padilla Gallardo

LEY N° 1018
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Héroe Nacional al Coronel de Milicias Patrióticas Manuel Ascencio Padilla Gallardo, por ofrendar su vida, demostrar su valor y su lucha inclaudicable en las batallas libradas por la independencia de Charcas (Alto Perú), actual Estado Plurinacional de Bolivia.
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través de los ministerios de Culturas y Turismo, y de Educación, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el Gobierno Autónomo Municipal de Ravelo, en el marco de sus atribuciones y competencias, implementarán políticas públicas de promoción y difusión con fines educativos, culturales e históricos respecto a la trayectoria del Coronel de Milicias Patrióticas Manuel Ascencio Padilla Gallardo.
 
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Roberto Iván Aguilar Gómez, Wilma Alanoca Mamani.

LEY N° 1017 - se aprueba la enajenación de un lote de terreno con una superficie de 29.685,61 m², de un total de 30.000,29 m², de propiedad del GAD de Pando

LEY N° 1017
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad al numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación de un lote de terreno con una superficie de 29.685,61 m², de un total de 30.000,29 m², de propiedad del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, ubicado en la Zona Paz Zamora del Distrito N° 04 del Municipio de Cobija, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Pando, bajo la Matrícula Computarizada N° 9.01.1.01.0017071, cuyas colindancias son: Al Norte, con la calle Guido Saucedo; al Sur, con la Av. Cap. Oscar Escalante y c./.Eliseo A.; al Este, con la calle Pedro Villalobos; y al Oeste, con las calles s./.nombre y Raúl Herbas; de conformidad a lo establecido en la Ley Departamental de Pando N° 057 de 17 de junio de 2016, enmendada por la Ley Departamental N° 068 de 16 de diciembre de 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
  1. Sesenta y tres (63) lotes de terreno con una superficie de 19.607,56 m², a título oneroso, a favor de los beneficiarios cuya nómina se detalla en el Anexo que forma parte indivisible de la presente Ley.
  2. Una superficie de 10.078,05 m², a título gratuito, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paúl Aguilar Condo, Patricia M. Gómez Andrade, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca.

ANEXO LEY N° 1017
LISTA DE BENEFICIARIOS DE LA
URBANIZACION “PAZ ZAMORA” DEL MUNICIPIO DE COBIJA
Manzano Predio Superficie Beneficiario C.I.
[m²]
1 28 1 304,28 Luis Marcelo Herrera Chávez 4746472 LP
2 28 2 303,22 Ana Luisa Chávez Lazo 2431269 LP
3 28 3 307,83 Cristhian Rodrigo Sequeiros Peña 1769156 PDO
4 28 4 367,29 Miguel Ángel Sequeiros Peña 1764437-1Q PDO
5 28 12 377,51 Sul Tatiana Ferreira Revollo 1764046 PDO
6 28 13 318,34 Nora Judith Castro de Cardona 719563 CBBA
7 28 14 314,92 Nuvia Zelada Zegarra 1761482 PDO
8 28 15 321,53 Eva Alvarado Pacema 1751474 PDO
9 31 1 317,81 Yovana Caraica Cruz 1767116 PDO
10 31 2 311,64 Martha Ayala Choque 1761494 PDO
11 31 3 314,16 Wilson Trigoso Ferreira 1748812 PDO
12 31 4 312,74 Dayana Oliveira Tanaka 1769109 PDO
13 31 5 316,87 Sandro Cambises Flores 4216967 PDO
14 31 6 342,77 Félix Bailluco Ballon 1748650 PDO
15 31 7 317,16 Donald Villavicencio Becerra 3154774 CBBA
16 31 8 291,43 Silvia Zabala Vaca 1762072 PDO
17 31 9 292,63 Luis Ramiro Cambises Flores 1760572 PDO
18 31 10 292,39 Cristóbal Gutiérrez Tarqui 1286203 PT
19 31 11 298 Denis Ronald Aramayo Roca 4202398 PDO
20 31 12 295,21 Silvia Eusebia García Valdez 2398061 LP
21 32 1 346,34 Ludy Monasterio Salas 1763552 PDO
22 32 2 312,23 Antonio Maniguary Rodríguez 1748088 PDO
23 32 3 321,86 Julia Mariobo Rodríguez 1762560 PDO
24 32 4 317,45 Carmen Azad Seyo 1745726 PDO
25 32 5 327,26 Ana Priscila Cuellar López 4206374 PDO
26 32 6 352,84 Tania Karen García Becerra 1905522 BN
27 32 7 280,32 Hedy Olivia Herbas Atea 4782379 LP
28 32 8 313,94 Jesús Natal Nosa Ovales 1762278  PDO
29 32 9 302,68 Elizabet Macías Achacollo 1766517 PDO
30 32 10 315,42 Raúl Luizaga Carrillo 1764709 PDO
31 32 11 294,1 Sissy Skarleth Mejido Vaca 4200434 PDO
32 Diego Hernando Añez Domínguez 1763603 PDO
32 32 12 304,58 Daniel Soleto Delgado 777197 CBBA
32 Cruny Zabala de Soleto 1714937 BN
33 32 13 306,01 Juan José Oliveira Moreno 4210274 PDO
34 32 14 303,38 José Ferreira Ramírez 1750723 PDO
35 32 15 301,9 Eulalia Mejido Ruiz 1749917 PDO
36 32 16 337,45 José David Tamwing Ferreira 1764674 PDO
37 34 1 313,71 Manuel Alberto Padilla Mejido 1762573 PDO
38 34 2 303,33 Ronald Ferreira Mejido 3371815 LP
39 34 3 300,59 Balkis Suedith Añez Avaroma 4179928 BN
40 34 4 303,21 Rosa Leigue Rivero 1763267-1R-PDO
41 34 5 300,48 Sucy Olga Fuentes Tarqui 3452487 LP
42 34 6 308,2 Beatriz del Carmen Zea Jiménez 2455265 LP
43 34 7 315,19 Héctor Rolando Chipana Chambi 4303106 LP
44 34 8 309,27 Rufino Calle Salazar 426601 LP
45 34 9 309,87 Marco Antonio Isasmendy Gallardo 4201366 PDO
46 34 10 317,02 José Alberto Divico Muchairo 1762454 PDO
47 34 11 306,99 Carlos Alberto Maniaguari Terrazas 1765115 PDO
48 34 12 313,64 Lourdes Dayana Quiroga Miranda 4201777 PDO
49 35 1 295,25 Maricela López Roca 1760844 PDO
50 35 2 289,81 Sonia Cruz de Caraica 4201379 PDO
51 35 3 285,82 Deisy Patruni Montenegro 1763160 PDO
52 35 4 294,77 Lucimar Castedo Martínez 1749778 PDO
53 35 5 289,06 Nivia Vaca Roca 1748622 PDO
54 35 6 292,4 Emigdio Macias Achacollo 4201812 PDO
55 35 7 303,2 Tania Aguada Vda. de Mochairo 4203525 PDO
56 35 8 288,09 Gisela Silvia Guarachi Quisbert 4857620 LP
57 35 9 305,85 Franklin Menacho Telleria 1704874 BN
58 35 10 325,5 Nadia Ginebra Rodríguez Nakashima 1767540 PDO
59 35 11 313,33 Coty Quiroga Gomez 1745845 PDO
60 35 12 312,42 Ofelia Aguada de Justiniano 2202085 LP
61 35 13 317,28 Sichard Hans Soraide Castedo 1768337 PDO
62 35 15 312,2 Yenny Reque de Richter 1761481 PDO
35 Eduardo Richter Zabala 1745658 PDO
63 35 16 325,59 Edgar Macías Achacollo 1764854 PDO