Busca las Leyes y Decretos

viernes, 31 de marzo de 2017

Envían al Legislativo proyecto de ley de ropa usada

El ministro de Desarrollo Productivo, Eugenio Rojas, manifestó que ya se envió al Órgano Legislativo un proyecto de ley que busca prohibir la importación y la venta de ropa a medio uso en el país a través del control que deben realizar los gobiernos subnacionales.

“El proyecto de ley ya está en la Asamblea (Legislativa), y con esta ley los gobiernos municipales deben asumir la competencia de controlar el mercado interno o los mercados municipales”, expresó.

El viernes 18, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Víctor Ramírez explicó que el proyecto busca elevar a rango de ley el Decreto Supremo 28761, que prohíbe la importación y comercialización de prendas de vestir a medio uso en los mercados del país.

martes, 28 de marzo de 2017

Ley General de Trabajo Empresarios demandaron restitución del artículo 12

Los empresarios privados del país demandaron a los poderes constitucionales revertir la decisión del Tribunal Constitucional que dejó sin efecto el preaviso y pidió que “se restituya el equilibrio quebrantado con esta sentencia constitucional”.

COMUNICADO

Un comunicado de la entidad gremial leído por su presidente, Ronald Nostas, dijo que con tal medida, se permitirá, “preservar y motivar la generación de empleo protegido y el crecimiento económico”.

“Pedimos a las autoridades nacionales e instancias del Estado, se restituya el equilibrio que se quebrantó con la emisión con esa sentencia constitucional, apelando a los mecanismos legales e institucionales que permita preservar y motivar la generación sostenida de empleo protegido y crecimiento económico”, expresó Nostas en rueda de prensa, ofrecida en la Confederación de Empresarios Privados (CEPB), donde se abstuvo de responder a preguntas de los periodistas.

El pasado 24 de marzo, el tribunal constitucional plurinacional emitió la sentencia 009/2017 que declaró la inconstitucionalidad del Art. 12 de la Ley General del Trabajo y del único artículo del Decreto Supremo Nº 6813, entre estos dejó sin efecto la carta de preaviso como una forma de despido.

CRISIS

Nostas señaló que fueron afectados en los últimos años por las decisiones judiciales que se tomaron, los cuales son excesivos, incluso injustos, muy pocas veces enfrentaron este tipo de determinaciones que afectan de la misma manera a los empresarios y trabajadores.

Al emitir la resolución, el TCP rehuyó al análisis de las consecuencias y efectos que causará esta sentencia, por lo que está generando un panorama de crisis en el sistema laboral y empresarial, con la falsa idea de resguardar la estabilidad laboral y otorgar las garantías correspondientes, sostuvo Nostas.

ESTABILIDAD

Señaló también que todo régimen de estabilidad laboral debe estar acompañado de un escenario de estabilidad empresarial, en tal caso, los despidos motivados por decisiones injustificadas son un excepción y no son de manera reiterada. Resaltó que asumir una determinación en base a excepciones no condice con la seriedad y la responsabilidad que se le exige a una institución seria que debe garantizar la aplicación de las normas del país.

Finalmente, sostuvo que la institución gremial tiene el mandato primordial de garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad y oportunidad, “en cuanto este mandato está sujeto a otro tipo de interés, afecta su naturaleza, adicionalmente desestructura otros componentes del marco regulatorio”.

sábado, 25 de marzo de 2017

Propuesta de ley amplía restricciones para fumadores en espacios públicos



Una propuesta de ley plantea ampliar las restricciones para fumadores en espacios públicos como en centros de diversión nocturna, de entretenimiento, donde se realicen eventos deportivos y culturales, en tiendas, galerías y

La iniciativa legal denominada Proyecto de ley de Prevención y Control a los Productos del Tabaco fue presentada a la Asamblea Legislativa Plurinacional por el presidente de la Comisión de Educación y Salud de la Cámara de Diputados, Manuel Mamani.

Tiene la finalidad de “precautelar el derecho de la salud de las generaciones presentes y futuras de las bolivianas y bolivianos, protegiéndolas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas causadas por el consumo de productos de tabaco y la exposición al humo de tabaco ajeno”.

El artículo 10 señala: “Se prohíbe fumar o mantener un producto de tabaco encendido en: establecimientos de salud, público y privados, y del Sistema Educativo Plurinacional, ambientes cerrados y abiertos; “así como a cien (100) metros a la redonda de dichos establecimientos”.

En Bolivia, el consumo de tabaco es considerado como una enfermedad y en muchos casos una adicción, además es el principal factor de riesgo de las Enfermedades No Transmisibles.

La restricción, según el proyecto de ley, llega a dependencias de instituciones públicas en sus diferentes niveles de Gobierno, así como en las empresas públicas, empresas privadas, de cualquier tipo de actividad industrial, comercial y de servicios, incluidas sus áreas de atención al público y salas de espera.

Además en centros comerciales, tiendas, galerías, supermercados, mercados, terminales aéreas, terrestres, acuáticas y estaciones de transporte masivo. Incluso se contemplan a ambientes cerrados que se encargan de la comercialización de alimentos, bebidas alcohólicas, diversión nocturna y de entretenimiento, donde se realicen eventos deportivos y culturales.

En el parágrafo II del mismo artículo se establece además la prohibición de habilitar espacios para fumar en los lugares establecidos. Los ambientes señalados deberán tener señalizados la leyenda “ambiente 100% libre del humo del tabaco”, según el artículo 11.

La propuesta normativa también fija la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio por cualquier medio de difusión. El incumplimiento a lo establecido será sancionado con multas pecuniarias, decomisos o clausuras que serán aplicables tras una reglamentación. (24/03/2017)

viernes, 24 de marzo de 2017

Elevarán a ley decreto del estado plurinacional

El senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Ciro Zabala, aseguró ayer que el proyecto que propone elevar a rango de ley el Decreto Supremo 405, que declara el 22 de enero día de la fundación del Estado Plurinacional de Bolivia, se encuentra en debate para tomar una determinación.

"Como toda ley sigue un proceso de consulta a nivel de todas las instituciones, organizaciones sociales, instituciones del Ejecutivo, Legislativo y pueblo en general", indicó a los periodistas.

El proyecto de ley consta de dos artículos, también instruye al Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Educación, coordinar con gobernaciones y alcaldías para realzar el 22 de enero desfiles cívicos y militares./ABI.

El Senado sanciona ley de impuesto a la banca

El pleno de la Cámara de Senadores sancionó ayer el proyecto de ley que autoriza el incremento de la Alícuota Adicional del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (AA-IUE) de 22% a 25%.

Con la aplicación de esta norma se espera recaudar unos Bs 75 millones por año, recursos económicos que serán invertidos en proyectos de inversión pública.

“Queda sancionado el proyecto de ley”, informó el presidente del Senado, José Alberto Gonzales, al finalizar de la sesión del tratamiento de la norma.

El proyecto modifica el artículo 51 de la Ley 843 de Reforma Tributaria y establece un incremento a la Alícuota del Impuesto sobre las Utilidades de la Empresas del 22% al 25%.

La AA-IUE para las entidades financieras fue creada mediante la Ley N° 211, del 23 de diciembre de 2011, y modificada por la Ley N° 771, del 29 de diciembre de 2015, con el objetivo de que el Estado participe de la creciente rentabilidad de este sector.

El ministro de Economía, Luis Arce Catacora, señaló en declaraciones pasadas que la norma busca captar los excedentes de la banca para convertirlos en obras públicas.

domingo, 19 de marzo de 2017

Ley 1008, guerra a la coca antes que contra el narcotráfico



Acabar con los cultivos de coca antes que luchar contra las redes del narcotráfico. Esa fue la política encaminada en el país a partir de la puesta en vigencia de la Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, hace 28 años (19 de julio de 1988), coinciden analistas de diversa orientación ideológica. De allí que se aplicaron un sinfín de programas y planes para erradicar las plantaciones, sea de manera forzosa o concertada, o sustituirlas por otros productos, una estrategia que, en los hechos, no resultó.

El fin, según lo establecía esa normativa, era consolidar la siembra de solo 12.000 hectáreas de plantaciones en una zona tradicional del territorio. Pero ese objetivo, que suponía la base de la lucha contra el flagelo de las drogas —considerando que la coca es materia prima para la cocaína— nunca fue alcanzado. ¿Por qué? Hugo Moldiz, exministro de Gobierno del presidente Evo Morales, asegura que la denominada “guerra internacional contra las drogas” que impulsó Estados Unidos y que en el país fue encaminada a través de la Ley 1008, fracasó porque hizo énfasis en la oferta y no en la demanda, lo que significó criminalizar la producción de coca y a los cocaleros, y, al contrario, fue permisiva con el narcotráfico, una actividad que por la década de los 80 estaba configurando su presencia organizada en Sudamérica: Bolivia, Colombia y Perú.

“La excesiva criminalización no cumplió con la meta que se habían propuesto de coca cero porque estaba clarísimo que concebían el cultivo de la hoja como un hecho delictivo y no como un fenómeno social, político, económico y cultural, y no pudieron llevarlo a la sustitución voluntaria, ni pudieron erradicarla, pese a la violencia, persecución o asesinato de cocaleros”, dice.

FALLIDA. Con ese criterio coincide el experto José Carlos Campero, quien complementa que la estrategia de lucha contra esa actividad ilícita fue fallida porque fue formulada en una época —la década de los 80— en la que primaba el paradigma de guerra contra las drogas, bajo el cual “hoja de coca y droga llegan a ser la misma cosa”, un concepto que “riñe con lo real” y que, en su criterio, llevó a mezclar “de forma incorrecta” aspectos regulatorios del cultivo de esta planta con los del narcotráfico.

“Lo que sí queda claro es que los resultados perseguidos por esas intervenciones (erradicación) han sido fallidos, pues no solo no se ha logrado reducir la cantidad de hoja producida en territorio (hectáreas) ni en volumen (toneladas); sino que tampoco, se ha logrado reducir el contrabando de precursores ni la cantidad producida de base y clorhidrato de cocaína”, afirma Campero.

Para el exministro de Gobierno Saúl Lara (autoridad durante la gestión de Carlos Mesa), el objetivo central de la Ley 1008 fue regular la producción excedente de estas plantaciones, una finalidad que, en su criterio, sí fue cumplida porque permitió reducir las hectáreas (ha) de cocales de 46.000, cosechadas durante la década de los 80, a cerca de 25.000 ha, pero además limitó la superficie cultivada a determinadas zonas y evitó su expansión desenfrenada.

El presidente Evo Morales, durante su informe de gestión, el 22 de enero de 2017, informó que el pico más alto de producción de coca se registró en 1998, con 38.000 ha. Según el mismo reporte, en 2005 la cantidad de coca era de 25.400 ha.

Si bien hubo una estandarización en el número de cocales, Lara admite que la Ley 1008 fracasó en cuanto al objetivo de lograr 12.000 ha. “Si bien nunca hemos llegado a 12.000, nos hemos quedado en el mejor de los casos y con mucha sangre y dolor, en 25.000”, asevera.

Ese criterio no lo comparte el exministro Moldiz. “Nunca pudo establecer límites, esos límites estaban en el papel, no pudieron impedir que creciera los cultivos de la hoja de coca, que llegó a un momento en que sobrepasaban hasta las 40.000 hectáreas”, indica.

En el caso de la lucha contra el narcotráfico, según el informe de gestión del Presidente, entre 1996 y 2005 se realizaron 48.949 operativos y entre 2006 y 2016 éstos se incrementaron en 172% a 133.346 intervenciones. Pese a estos logros, la incautación de cocaína también aumentó: de 101 toneladas (t) secuestradas entre 1996 y 2005 a 283 t, entre 2006 y 2016, un aumento del 180%, lo que muestra que el ilícito no fue controlado y persiste.

En lo que sí coinciden los exministros y el experto es en que esta política aplicada desde Estados Unidos dejó luto en el país.

MUERTOS. Según el informe del presidente Morales, entre 1996 y 2005 se registró la muerte de 60 personas y otras 702 resultaron heridas. El Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (Fonadal) precisó, a través de un informe de 2006, que entre 1997 y 2003 fallecieron 53 cocaleros, 631 resultaron con lesiones graves y 700 fueron encarcelados.

“Los saldos negativos de la 1008 supusieron violaciones de los derechos humanos, muertes de seres humanos, que no deben solo identificarse entre cocaleros, pues deben también tomarse en cuenta las muertes de los agentes de la fuerza pública en cumplimiento de la ley, como de aquellas personas con consumo problemático de drogas sin apoyo estatal para tratar su enfermedad”, entre otros actores, reflexiona Campero. “En el paradigma de la guerra contra las drogas, los perdedores somos todos”.

La asambleísta departamental de Cochabamba Leonilda Zurita, quien es productora de coca y ya lleva 23 años en la dirigencia de los productores de la hoja en el trópico de Cochabamba, recuerda con un nudo en la garganta “el dolor y la muerte” que trajo consigo la Ley 1008. “Esta normativa era de enfrentamiento, militarización (...) Se han ofrendado tantas vidas, pero gracias a esas vidas hoy se cumple el sueño de los antepasados, de esa gente que murió producto de la persecución”.

Según Moldiz, las muertes de cocaleros fueron una consecuencia “natural” de la política formulada al influjo de la llamada “guerra internacional contra el narcotráfico”, aplicada a través de la Ley 1008, una historia negra para el país.

Pero no solo resultó fallida la estrategia de lucha contra el tráfico ilícito de drogas en cuanto a la erradicación de las plantaciones, sino que también lo fue en cuanto a generar una economía alternativa para los cocaleros, es decir, productos que sustituyeran a la coca. A fin de lograr ese objetivo, la Ley 1008 previó la implementación del plan de desarrollo alternativo y sustitución de cocales, para lo que creó el Fonadal.

El exministro de Morales considera que esa política fracasó porque no hubo mercados, en el país y el exterior, para la producción boliviana. “La economía se contrajo y el mercado interno se achicó y en el mercado mundial no había condiciones favorables para los productos alternativos. Además, a los gobiernos neoliberales lo que menos les interesaba era la situación de los campesinos y la adecuada inserción de Bolivia al ámbito externo”, dice.

MERCADOS. Campero relaciona ese fracaso con la aplicación de políticas a medias, es decir que no hubo acompañamiento logístico a los productores de palmito, banano u otros. Y coincide con Moldiz en que no hubo una búsqueda efectiva de mercados que aseguren ingresos sostenibles para los productores.

“Si bien la sustitución de cultivos tiene el gran incentivo de la legalidad de la actividad económica, adolece de una integralidad en cuanto a sus resultados. El productor necesita seguridad legal, pero también ingresos sostenibles, educación, salud y otros aspectos que hacen a una vida digna. Las intervenciones realizadas en Bolivia no tuvieron esa integralidad y fracasaron en sus objetivos centrales”, considera Campero.

Para el exministro Lara, la inversión desde el Estado de ingentes cantidades de dinero para diversificar la producción de los cocaleros, sea con bananos, cítricos, palmito, así como la mejora en infraestructura vial, escolar, sanitaria, no guarda relación con el objetivo final que era erradicar esas plantaciones.

En su criterio, aunque no se haya logrado el fin, se justifica la inversión de esos recursos porque ello evitó más violencia y la aparición, por ejemplo, de columnas guerrilleras, como ocurrió en otros países. “Valía la pena, sí, que el Estado haya invertido millones de dólares, sí valía la pena. Se justifica, estoy convencido de ello, pero esto no guarda relación porque no se han cumplido las metas”, manifiesta.

Hace una semana, la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó la Ley General de la Coca, una normativa que regula la producción, transporte y comercio de la hoja en su estado natural. La misma fue derivada al Órgano Ejecutivo para su promulgación y establece una producción máxima de 22.000 hectáreas en La Paz y Cochabamba. A futuro, con la aprobación de la Ley de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, la 1008 quedará abrogada.

Esta disposición legal será sustituida 10 años después de que el presidente Morales, también presidente de las Seis Federaciones del Trópico de Cochabamba (productores de coca), asumiera el mando del país. ¿Qué pasó, por qué tardó tanto en aprobarse una legislación especial para la coca y aún se espera por otra para la lucha contra el tráfico de drogas? Moldiz explica que ello se debió a que, primero, debería hacerse un estudio respecto al consumo legal de la hoja de coca; segundo, debería debatirse si se mantenía el concepto de zona excedentaria en transición; tercero, debería demostrarse a la comunidad internacional que la nacionalización de la lucha contra el narcotráfico sin presencia de la Oficina Antidrogas de Estados Unidos (DEA, por su sigla en inglés) daba resultados; y cuarto, debería revalorizarse la hoja de coca como patrimonio nacional y cultural, lo que fue posible a través de la denuncia a la Convención de 1961 y la adhesión con la reserva, porque esa planta está en una lista de estupefacientes.

En más de una ocasión, el presidente Morales destacó la nacionalización de la lucha contra el narcotráfico porque permitió la aplicación de políticas soberanas y de respeto a los derechos humanos. Además, a través de esta política, dijo recientemente en su informe del 22 de enero, se permite “la articulación soberana de nuestros esfuerzos, la modificación de enfoques intervencionistas y la aplicación del criterio de responsabilidad compartida”.

ACTUALIZARLA. El exministro Lara no comparte la visión del Gobierno de sustituir la Ley 1008 pues, en su criterio, si bien es anacrónica, solo había que actualizarla. Además considera que la ampliación legal de los cocales de 12.000 a 22.000 ha solo persigue un fin político. “Mi temor es que esta ampliación va a permitir un incremento casi inmediatamente de la producción”, sostiene.

Y aunque la lucha contra el narcotráfico bajo la Ley 1008 fracasó, Lara opina que “mal que bien” esta normativa fue parte de una política de Estado y fue pilar fundamental de sucesivos gobiernos a partir de la década de los 80 hasta la actualidad.

“La política del Estado boliviano, una de las pocas, que trasciende a los gobiernos, fundamentalmente está basada en cuatro pilares, sean gobiernos de derecha, neoliberales, populistas, etc., y no ha cambiado: interdicción, prevención, desarrollo alternativo hoy llamado desarrollo integral y erradicación de la superficie excedente”, asegura.

En criterio de Campero, también el cambio era necesario y que se debía separar el marco legal en tres cuerpos: “Primero, una ley que regule de una manera más técnica y rigurosa la producción, transporte y comercialización de la hoja de coca, con el objetivo de reducir lo más que se pueda su desvío a mercados ilegales.

Segundo, una norma que regule el narcotráfico, es decir el ciclo de producción y tráfico ilícito de sustancias prohibidas (incluyendo el tráfico de precursores). Y tercero, una norma que caracterice de forma adecuada y centrada en la realidad actual a las organizaciones del crimen organizado transnacional y regule sus diversas intervenciones criminales, no solo en narcotráfico, sino también en todos los otros crímenes que comete como el tráfico de personas, armas, órganos, entre otros”.

viernes, 17 de marzo de 2017

Aprueban reglamento de la nueva Ley del Deporte 804

El primer mandatario promulgará este reglamento en los próximos días mediante Decreto Supremo, para que luego sea publicada en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia y de esa forma entre en vigencia. El reglamento apunta a regular, normar y establecer los procedimientos que sistematizarán la Ley, para que pueda ser viable en el ámbito de la jurisdicción nacional. La Ley 804 tiene 73 artículos, divididos en 11 títulos, mientras que el reglamento consta de 64 artículos y 18 capítulos. /Ministerio de Deportes

martes, 14 de marzo de 2017

Ley General de la Coca permitiría trabajar en industrialización de la hoja sagrada

Representantes del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), llegaron al departamento para explicar a los parlamentarios las alternativas y avances que permitiría la recién promulgada Ley General de la Hoja de Coca, en el tema de una verdadera industrialización de la hoja sagrada.

La pasada jornada los técnicos del MDRyT, fueron parte de la sesión de la Brigada Parlamentaria de Oruro, en la que se explicaron los pormenores de este futuro proceso de industrialización de la hoja de coca, y de los estudios científicos previos, que será posible mediante la nueva ley, y que eran restringidos por la Ley 1008 del Régimen de la Coca.

"Hemos llegado hasta Oruro a solicitud de los parlamentarios, para explicar el tema de la industrialización de la hoja de coca, ya que en los últimos días se viene hablando de forma dudosa de esta hoja milenaria, en relación a la recién promulgada Ley General de la Hoja de Coca", manifestó el jefe nacional de la Unidad de Industrialización de la Hoja de Coca del MDRyT, Didí William Mercado.

Añadió que en los recientes 10 años no se ha podido avanzar mucho en la industrialización de la coca, pero esto se debe a que la Ley 1008 coartaba el poder trabajar en este aspecto, especialmente en la investigación, por eso las universidades se han restringido a temas de investigación más simples.

"Ahora con la nueva ley se permite aperturar estas investigaciones para la industrialización y generar alternativas de producción de nuevos productos a partir de la utilización de la hoja de coca", agregó.

Mercado dijo que en adelante solo quedan realizar convenios interinstitucionales, entre el gobierno central, las universidades y los institutos de investigación, para que se inicien las tareas de investigación científica y lograr en el menor tiempo posible la industrialización, logrando que se generen expectativas similares a la quinua, que antes de los estudios de sus beneficios no tenía mucha importancia en el país, siendo hoy un alimento incluso mundial.

Viendo este tipo de componentes bioquímicos de la hoja de coca y sus posibles usos en diversos productos, este proceso de estudio e industrialización tendrá tres etapas, en la primera se determinarán las variedades existentes; en la segunda la realización de pruebas preclínicas para determinar de manera precisa los beneficios de la coca, y finalmente en la tercera etapa se procederá a plantear las alternativas de usos medicinales para su industrialización, haciendo realidad la elaboración de estos productos para su comercialización en el mercado nacional e internacional.

Los informes respecto a los avances del proceso de industrialización de la hoja de coca, se realizarán en todos los departamentos, para ver de qué manera se beneficiarían o podrían contribuir los ciudadanos y autoridades de cada región del país.

sábado, 11 de marzo de 2017

Proyecto plantea legalizar el aborto para 9 circunstancias


¿Cuántas mujeres mueren por abortos mal practicados? Lanza el cuestionamiento el presidente del Senado, José Alberto Gonzales; mientras que los opositores, Samuel Doria Medina y Oscar Ortiz dicen que el aborto "no es legal" y que la "vida" está protegida por la Constitución Política del Estado. Así se abre el debate sobre el polémico tema de la interrupción del embarazo.



Gonzales confirmó que se ha introducido en el proyecto del Código del Sistema Penal la legalización del aborto para nuevas circunstancias en las que las mujeres pueden recurrir a una praxis, es decir se ha "ampliado y abierto" el candado de las restricciones, a diferencia del actual Código Penal



El proyecto que se encuentra en la Comisión de Justicia Plural prevé al menos nueve causas que permiten la práctica de una interrupción del embarazo sin que signifique una infracción. Primero; cuando se realice el aborto en las primeras ocho semanas de gravidez y por única vez: la mujer se encuentre en situación de calle o pobreza; no cuente con recursos suficientes para la manutención propia y de su familia; sea madre de tres o más hijos y no cuente con recursos; y sea estudiante.



Segundo, en cualquier etapa de la gestación cuando: se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada; se realiza para prevenir un riesgo presente o futuro para la salud integral de la mujer embarazada; se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida; el embarazo sea consecuencia de una violación o incesto; y la embarazada sea niña o adolescente.



Gonzales apela a debatir con racionalidad, calma y mirando la realidad de esta problemática. "Un primer elemento para el debate: ¿cuántas mujeres mueren por abortos mal practicados?" cuestiona. "Tenemos una estadística escandalosa de gente que se dedica a la práctica de abortos clandestinos", plantea el legislador.



Aclara que no está "asumiendo una posición", pero que es evidente que hay una realidad que debe ser enfrentada con el debate, porque la práctica "clandestina" de los abortos deja mujeres muertas o mujeres con graves lesiones en el útero.



"Así como se garanticen temas éticos o religiosos también se piense en preservar la vida de las mujeres y se evite que haya personas que sigan haciendo negocios en este tema".



Samuel Doria Medina líder de Unidad Nacional, recuerda que este tema no fue nada simple en el debate de la Asamblea Constituyente. Aunque precisa que la Constitución Política del Estado es clara: "el aborto no es legal en Bolivia", sostiene.



Manifiesta que si se quiere cambiar este tema, necesariamente se debe modificar la Constitución Política del Estado, mucho más porque la mayor parte de la población en el país profesa la religión católica.



En esa misma línea, el senador Oscar Ortiz de Unidad Demócrata afirmó que "la vida está garantizada en la Constitución Política del Estado y en el Pacto de San José de Costa Rica. No solo va en contra de la Constitución sino en contra del sentimiento de la gente", sostuvo.



Gonzales aclara que las modificaciones al Código Penal no tienen la intención de "promocionar el aborto" o "alentar" a que cualquier mujer se practique una interrupción del embarazo. "Suena bien el término de despenalizar y da la impresión que ahora el deporte nacional en Bolivia será este. No es así, no es así", sostuvo Gonzales.

MAS defiende proyecto sobre aborto y la Iglesia se opone


El presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales, afirmó que el proyecto de ley del nuevo Código Penal, que aborda la temática del aborto, ayudará a "terminar con la muerte de mujeres que van a un lugar clandestino para realizar esta práctica".

La Iglesia Católica, a través de su Conferencia Episcopal, sostiene que la iniciativa "no soluciona nada" y aboga para que exista mayor educación y respeto a la vida, de acuerdo a lo dicho po su secretario adjunto, José Fuentes.

"Para nosotros la vida es de Dios y por lo tanto hay que cuidarla desde el momento de la concepción, este proyecto de ley no soluciona nada, porque la mujer queda marcada. Es necesaria más educación, lamentablemente", aseveró eel representante.

La norma plantea legalizar el aborto cuando la solicitante esté en las ocho primeras semanas de embarazo y cumpla alguna de las siguientes causales: situación de extrema pobreza, no tenga la posibilidad de mantener al bebé o sea estudiante, entre algunas.

Susana Rivero, presidenta de la comisión de Constitución de Diputados, aclaró que dentro de la propuesta el aborto está penalizado igual que hoy, solo que se amplían las causales según una Sentencia Constitucional.

La Iglesia adelanta que en caso de aprobarse el proyecto, se irá contra la Constitución Política del Estado (CPE), y los Códigos Civil y de la Niñez. Anticipan una oposición moral y jurídica al tema.

Gonzales agregó que "es un tema para debatirlo y cuando se instale el debate habrá voces a favor y en contra, pero es bueno que entre bolivianos hagamos un acuerdo". La norma aún no ingresó a la Cámara Baja.

La propuesta dice en su artículo 157 que en caso de que se practique una interrupción "sin el expreso y libre consentimiento de ésta, o de su representante legal cuando ella esté impedida de manifestar su voluntad por cualquier causa, será sancionada con tres a diez años de prisión”

Proyecto Codigo Sistema Penal by Archivos Difusión Bolivia on Scribd

Proyecto de ley Choferes registrarían pertenencias de usuarios antes de transportarlos

La Federación Departamental de Choferes 1º de Mayo anunció que está exigiendo la modificación del artículo 153 del proyecto de ley de Sustancias Controladas, que fue aprobado ayer por la Cámara de Diputados, toda vez que permitirá la confiscación de los motorizados donde se encuentren estas sustancias, lo cual sería un perjuicio para el sector sindicalizado, indicó Mario Silva, secretario de hacienda del Transporte.

PROYECTO DE LEY

“Estamos observando el artículo 253 del proyecto de ley de Sustancias Controladas, que está totalmente en contra del autotransporte público, señala que en caso de flagrancia, si se encuentra sustancias contraladas en aviones, lanchas y otros vehículos, serán confiscados a favor del Estado, por lo que es necesario que sea modificado”, resaltó el dirigente.

En el artículo 253, de las disposiciones modificatorias del proyecto de ley de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas indica que en caso de encontrarse sustancias controladas en aviones, lanchas y vehículos automotores, se procederá a la confiscación, por parte del Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas (Conaltid) y la entrega inmediata a la Dirección Administración de Bienes (Dircabi), para su administración.

PERJUICIO A PASAJEROS

El dirigente indicó, asimismo, que algunos usuarios del servicio de transporte público llevan maletas u otro tipo de bolsos y mochilas donde se encuentran su pertenencias, por lo que, con esta disposición se deberá revisar esas pertenencias, para evitar cualquier tipo de problemas, con el decomiso de los motorizados.

Se prevé, igualmente, que en los próximos días, el dirigente nacional del transporte público, Ismael Fernández, convoque a una asamblea de carácter urgente para tratar estos temas y determinar qué medidas se adoptarán, pero antes deberán efectuarse las reuniones departamentales.

Premura en aprobar el proyecto de ley de Sustancias Controladas

La mayoría oficialista de la Cámara de Diputados aprobó, ágilmente, en la madrugada de ayer el proyecto de ley de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, que complemente a la Ley General de la Coca. En la tarde, el turno fue de la Comisión de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana de la Cámara de Senadores que aprobó la propuesta en grande y en detalle.

“La Comisión ha aprobado el proyecto de ley de Sustancias Controladas, que tiene herramientas nuevas de investigación para mayor eficacia; contiene artículos para prevención del consumo de drogas, por tanto, tiene un abordaje integral de la problemática”, informó la presidenta de la Comisión, Anselma Perlacios.

La senadora informó que la aprobación y sanción del proyecto está prevista para el próximo martes 14 de marzo.

La futura norma contempla, entre otros aspectos, la creación de un Observatorio Boliviano de Seguridad Ciudadana y Lucha Contra las Drogas, como entidad desconcentrada, dependiente del Ministerio de Gobierno.

Las observaciones y protestas de la oposición en el parlamento fueron vanas, puesto que el MAS aprovechó sus dos tercios para aprobar la ley.

El documento consta de 124 artículos, 11 disposiciones transitorias, 7 disposiciones adicionales, 4 disposiciones abrogatorias y derogatorias; también, 5 disposiciones finales y anexos en 5 listas.

NORMA

De acuerdo con el artículo 1, del capítulo primero del proyecto de ley de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, el objetivo de la nueva norma es establecer los mecanismos de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas en el ámbito preventivo integral e investigativo; de control y fiscalización de las sustancias químicas controladas; el régimen de bienes secuestrados, incautados, confiscados; y regular la pérdida de dominio de bienes ilícitos a favor del Estado.

INCONSTITUCIONALIDAD

El diputado por Unidad Demócrata (UD) Wilson Santamaría señaló que interpondrá una acción de inconstitucionalidad, en caso que sea promulgado el documento, porque viola el derecho a la presunción de inocencia, respecto a la extinción del patrimonio.

“Vamos a trabajar un recurso de inconstitucionalidad. Vamos esperar que se trate en el Senado. Pensamos que este proyecto de ley pisotea los derechos de las personas. Sobre extinción de patrimonio que está en todo un capítulo”, dijo el parlamentario.

VULNERAR TRATADOS

Por otra parte, la diputada de oposición Norma Piérola observó algunos artículos del proyecto de ley de Sustancias Controladas, criticando a la nacionalización de la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas y la vulneración a tratados internacionales.

“Los artículos 6 y 7, al declarar la nacionalización y regionalización de la lucha antidroga, prácticamente denuncia los convenios y tratados internacionales de las cuales somos signatarios (…) La Ley 5090 del año 1990, ellos al declarar esto establecen sacar la coca de la lista 1 y 2”, declaró Piérola.

El artículo 6 del proyecto de ley señala que la nueva norma es un modelo de gestión propio, que recupera la soberanía y dignidad en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, que no admite la injerencia extranjera, establece la participación social, la regionalización, el respeto a los Derechos Humanos y de la madre tierra, el fortalecimiento de las medidas de salud pública y bienestar social con un enfoque amplio, integrado y equilibrado, así como la responsabilidad común y compartida, como parte de una estrategia integral.

El 7 indica sobre regionalización de la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, que es una acción para enfrentar de manera conjunta la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, impulsando e incorporando en la agenda de los bloques regionales la priorización de acciones contra el delito transnacional; sincronización de operativos, intercambio de información, reforzamiento de capacidades conjuntas y otros a través de acuerdos bilaterales y multilaterales.

JUSTIFICACIÓN

Para el oficialismo, la propuesta busca, desde todo punto de vista, luchar contra todas las actividades que involucren el narcotráfico contra las sustancias controladas, pero también ayuda a las personas a reinsertarse en la sociedad, después de superar sus problemas de adicción a las drogas.

“Es para trabajar en conjunto, no solamente el Gobierno nacional sino gobiernos municipales y departamentales”, dijo el diputado oficialista Franklin Flores.

Los oficialistas indicaron también que la norma establece una Estrategia de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, que se basa en la nacionalización de la lucha contra el ilícito, que es un modelo de gestión propio que recupera la soberanía y dignidad en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, sin injerencia extranjera.

OBSERVATORIO

El artículo 41 del proyecto de ley se refiere también a la creación de un Observatorio Boliviano de Seguridad Ciudadana y Lucha Contra las Drogas, como entidad desconcentrada dependiente del Ministerio de Gobierno.

Este Observatorio tiene la función de recopilar, generar, procesar, analizar, interpretar y difundir información sobre seguridad ciudadana, criminalidad transnacional y delitos en todas sus manifestaciones en el territorio nacional, que contribuya a la toma de decisiones, implementación y evaluación de políticas adoptadas en materia de seguridad estatal; cuando sea necesario, la comparación de datos con otros países.

jueves, 9 de marzo de 2017

Comisión aprueba proyecto de ley de sustancias controladas

La comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas de la Cámara de Diputados aprobó, la noche de ayer, en grande y detalle el proyecto de Ley 364 de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, ahora el documento deberá ser tratado en la Asamblea Legislativa.

El proyecto de Ley 364 consta de 124 artículos y 10 disposiciones transitorias.

El diputado por el Movimiento al Socialismo (MAS), Franklin Flores, informó que en el anexo se incorpora la lista de 1 de psicotrópicos, 2 de estupefacientes, 3 de convenios de la Organización de Naciones Unidas (ONU), además de otras dos listas.

“Esta ley contiene todo aquello para dar con toda la verdad y dar con los delincuentes, vamos a dar con todo el narcotráfico”, declaró Flores finalizada la sesión.

El asambleísta señaló también que el proyecto de ley buscará mejorar la incautación, disposición de bienes y la creación de unidades especializadas de investigación y laboratorio.

“La ley de sustancias controladas que entró en tratamiento en la Comisión de Defensa, Gobierno y Fuerzas Armadas. Es una ley que define qué sustancias son lícitas y cuáles ilícitas. Esta ley va a regular el tráfico ilícito de sustancias controladas también por otra parte la disposición de bienes de incautados a las actividades ilícitas relacionadas al narcotráfico”, indicó.

El legislador se refirió sobre los bienes incautados, aludiendo que antes se devolvía 1 por ciento de los bienes, pero con la nueva norma se regulará el tema para que esas riquezas pasen a manos de la población.

“Antes por ejemplo con la Ley 1008 del 100 por ciento de lo de los bienes incautados 1 por ciento pasaba al dominio del Estado boliviano, y volvía donde los narcotraficantes, ahora con esta ley se regula en coordinación con el investigador, el fiscal y el juez para que los bienes que son incautados como cocaína pasen definitivamente al dominio del Estado boliviano”, agregó.

Sobre la creación de unidades especializadas de investigación y laboratorio, Flores explicó que existirán policías especializados, policías preparados sobre sustancias controladas, que cuando “encuentren un hecho de narcotráfico tienen que solicitar un laboratorio”, para investigar bien la materia.

Asimismo, señaló que las sanciones y prohibiciones respecto de las sustancias controladas se establecerán en el Código del Sistema Penal.

miércoles, 8 de marzo de 2017

¿Qué dice la Ley General de la Hoja de Coca?


El presidente Evo Morales promulgó hoy en Palacio de Gobierno la Ley General de la Hoja de Coca, norma que legaliza en el país 22.000 cultivos. La norma es rechazada por un sector de Los Yungas, debido a que a su juicio beneficia la producción del Chapare.

La norma define que exista una extensión máxima de 14.300 hectáreas en las zonas autorizadas en el departamento de La Paz y 7.700 hectáreas en el departamento de Cochabamba. Unicialmente el proyecto solo avalaba 20.000 hectáreas de la hoja verde en todo el país.

Dentro sus artículos se promueve y fortalece el desarrollo integral sustentable en las zonas autorizadas de producción de coca; establece mecanismos de control y fiscalización a la producción, circulación, transporte, comercialización, investigación, industrialización y promoción de la coca.

Es considerada por el Gobierno como una de las tres normas que "entierra" a la ley 1008, vigente durante 29 años, desde 1988 y que reconocía solo 12.000 hectáreas de cultivos en Los Yungas; un decreto de 2004 autorizó la producción en el Chapare. Esperan la aprobación de una Ley de Sustancias Controladas y el nuevo Código Penal.

La nueva disposición prevé la promoción para la investigación científica, medicinal y sociocultural; y protege su utilización con fines ilícitos; además "dignifica al productor, comercializador, consumidor, industrializador; y también promociona la coca y sus derivados".

Establece que la hoja verde sea usada para el acullicu, pijcheo, coqueo o boleo; para usos rituales, medicinales, alimenticios, investigativos e industriales, a tiempo de crear el Consejo Nacional de Revalorización, Producción, Comercialización, Industrialización e Investigación de la Coca (Concoca).

Estipula que el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, implemente a través de la Dirección General de Desarrollo Integral de las Regiones Productoras de Coca(DIGPROCOCA), el Registro de Productores de Coca, previa acreditación de la organización de productores de coca, sujeto a reglamentación específica.

Productores de los Yungas cuestionaron que a la par de sus áreas tradicionales se amplíen los cultivos en el Chapare, que aseguran no llega a los mercados legales y es utilizada para la producción de cocaína.

martes, 7 de marzo de 2017

Gobierno promulgará Ley de Coca mañana

La Ley General de Coca sancionada por el Senado antes de las fiestas de carnaval, será promulgada mañana por el presidente Evo Morales a su arribo de Cuba y Venezuela, donde estuvo la última semana, informó el presidente en ejercicio, Álvaro García.

“La Ley va a ser firmada el miércoles por el presidente Evo (Morales) a las 07” anunció la mañana del lunes el presidente en ejercicio, Álvaro García, al referirse a la promulgación de la Ley General de coca.

El pasado 24 de febrero, luego de las sesiones hechas por la Cámara de Diputados y la de Senadores, el Legislativo concluyó con la sanción de la Ley General de la Coca, la cual legaliza el cultivo de hasta 22000 hectáreas de hoja de coca en los departamentos de La Paz y Cochabamba.

La promulgación, que fue pospuesta por las afecciones que sufría el Presidente, razón por la que viajó a La Habana, establece que son 7.700 hectáreas legales para el Chapare y 12.300 hectáreas para los Yungas.

La nueva ley pondrá fin a la Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas de 1988 donde se establecía 12.000 hectáreas en total en el país.

Legisladores de la oposición cuestionaron el incremento de superficie, argumentando que éste será destinado al narcotráfico, como dispone un informe realizado por las Naciones Unidas, el cual establece que el 93% del cultivo de la hoja del Chapare es destinado a la producción de cocaína.

Desde el oficialismo defienden la necesidad de incrementar los cultivos legales para la demanda que existe en consumo, así como para impulsar la industrialización y exportación de productos procedentes de la hoja de coca.

García defendió nuevamente la normativa, insistiendo que según los informes entregados por la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (Unodc), gobiernos anteriores producían mayores hectáreas de coca que las gestiones de Morales.

El presidente en ejercicio explicó que en los años 90 se cultivaron 35 mil hectáreas de la hoja; en 2003 se cultivaron 23.600 hectáreas de la hoja; en 2004 unas 27.700 hectáreas y en 2005, 25.400 hectáreas.

“La ley establece un máximo de 22 mil que es una cifra inferior a todo lo que se producía en anteriores gestiones de gobierno, los políticos que se desgarran las vestiduras, que levantan el dedo acusador, de que hemos establecido 22 mil hectáreas, cuando eran gobiernos donde se producían 35mil hectáreas”, sostuvo.

El Ejecutivo informó se esta consolidando la exportación de la hoja a Ecuador y que se avanza con las negociaciones para llevar el producto a Argentina.

DISCONFORMIDAD

Según el secretario de Prensa de la Asociación de Productores de Coca de los Yungas (Adepcoca), Javier Coco, señaló el domingo que la coca de Chapare “no se destina al mercado tradicional” y planteó la realización de un referendo para definir cantidad de hoja requerida a nivel nacional.

El dirigente sindical, sostuvo que no es necesario que se amplíe el porcentaje de sembradíos en los Yungas, porque el consumo no demanda más espacio para nuevas plantaciones.

“Del Chapare todos saben que no va al consumo tradicional, no va al masticado. Esa coca es más larga y gruesa y lastima a la lengua”, afirmó.

Por ello, convocan hoy a una conferencia de prensa en la que rechazan la nueva Ley y anuncian una demanda internacional con fundamentos legales.

CENTRAL OBRERA BOLIVIANA

En tanto, el secretario de conflictos de la Central Obrera Boliviana, Emilio Izquierdo, informó que los trabajadores se reunirán hoy para manejar aspectos sobre la hoja de coca.

“Que nos den una verdadera información en su verdadera dimensión información, primero queremos escuchar a nuestros compañeros al último acuerdo al que han llegado ahora apartir de los medios de comunicación se conoce, para nosotros para la COOB el principio de la razon se tiene que primar y no nos podemos basar en posiciones que afecten a los intereses nacionales”.

Al igual, recalcó, que según los ancestros, la coca que más se consume es la de los Yungas. “Todos sabemos y practicamos lo de nuestros ancestros, la coca que se acullica es la coca paceña”, dijo.

sábado, 4 de marzo de 2017

Nueva ley antidroga prevé ‘pinchazos’ e informantes



La próxima semana comenzará el tratamiento de una norma inédita en Bolivia, porque si se aprueba el proyecto de ley de sustancias controladas como está redactada, abrirá la posibilidad de pagar a informantes o reducirles penas si están procesados, o que con la autorización judicial se pueda intervenir teléfonos para obtener más datos sobre acciones ilícitas en el tráfico de estupefacientes.


La norma repone también la posibilidad, como ocurre en otros países, que las personas dedicadas al narcotráfico pierden sus bienes.
El proyecto de ley de sustancias controladas consta de 122 artículos, 10 disposiciones transitorias, seis disposiciones adicionales, cuatro abrogatorias, cuatro modificatorias y cinco disposiciones finales.


El diputado Franklin Flores (MAS) confirmó que estos cuatro ejes están incluidos en la nueva versión del proyecto de ley que fue repuesto el jueves por el Ministerio de Gobierno. “Hay informantes, escuchas y el tema de la extinción de bie-nes, pero el documento acaba de ingresar, ni siquiera está en tratamiento, no quisiera abundar en su contenido”, explicó el legislador oficialista.


Establece, según autoridades y especialistas, inéditos instrumentos de investigación penal en su capítulo cuarto, y los define como “nuevos instrumentos de investigación penal”.


La primera figura, en el artículo 13, define la compensación económica del riesgo del informante. “El que proporcione información a las autoridades del Ministerio Público o a miembros de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn) sobre la preparación o comisión de un delito, o de quienes hayan participado, y cuya información sea eficaz y apreciable en resultados recibirá remuneración económica, cuya cantidad será establecida mediante reglamento”, señala la norma.


El especialista en temas de coca y narcotráfico Franklin Alcaraz expresó que ve peligros en este punto.
“Ojo, es muy delicado, porque por ganar unos pesos, el informante puede suministrar datos equivocados, tergiversados o malintencionados”. Además, cuestionó cómo se puede comprobar que la información que se reciba sea real.
Alcaraz acotó que cualquiera puede dar información por venganza, o por despecho también, “hay que verlo con pinzas”, dijo.


La segunda vía es la cooperación eficaz, a la persona que siendo imputada, acusada o sentenciada proporcione información, pruebas, elementos de convicción para investigación y procesamiento de autores y cómplices, descubrimiento de bienes y ganancias o impidan la comisión de otros delitos. En ese caso, el beneficio será la reducción de la pena.
Para el analista Alcaraz, la mala intención también se puede aplicar a este tema. “Por disminuir su pena puede declarar cualquier cosa. La reglamentación de la ley tiene una tarea muy delicada, el establecer mecanismos que avalen la declaración del informante, establecer formas de verificar los datos, que deben ser establecidos por los organismos especializados


El artículo 15 norma la interceptación de comunicaciones en delitos de sustancias controladas. Señala específicamente que “el fiscal, de oficio o previo informe del investigador del caso, podrá solicitar fundadamente a la autoridad judicial competente, con la finalidad de obtener mayores elementos de prueba”. La ley establece que no se podrá invocar la confidencialidad en materia de valores, seguros, y en materia comercial, tributaria ni financiera.


Franklin Alcaraz advierte que este puede ser un buen mecanismo, cuando se lo maneja en forma adecuada. “EEUU tiene ese mecanismo, no solo para casos de narcotráfico sino también para delitos comunes”, señaló.


En el caso de ese país, y como está estipulado en el proyecto de esta nueva ley boliviana, un juez debe ordenar el tema. “No se puede intervenir líneas de forma indiscriminada, para que con el pretexto de lucha contra los narcos, se pueda intervenir cualquier línea o llamada. Eso debe estar escrito de forma muy clara”.


En el texto del proyecto de ley se pone un acápite desde el artículo 67 al 122 para la pérdida del dominio de bie-nes, que es un instituto jurídico de carácter real y contenido patrimonial, que consiste en la pérdida del derecho de propiedad y posesión de bienes de procedencia ilícita vinculados a actividades de tráfico sin compensación alguna para el titular, poseedor o tenedor, como establece el texto.


Los principales candidatos a perder el dominio de sus bie-nes son aquellos a los que se les compruebe incremento patrimonial injustificado, o de procedencia ilícita. Los bienes sin titular relacionados a delitos cometidos que no sean reclamados en tres meses desde su incautación, los de sucesión hereditaria adquiridos por el causante de actividades vinculadas a lo ilegal, entre otros.


Para el analista Alcaraz este no es un tema nuevo. “La Ley 1.008 lo contemplaba, porque confiscaba los bienes de los narcotraficantes con sentencia ejecutoriada”.
El problema mayor, sostiene, es que estas decisiones recaen sobre jueces, “cuando todos coincidimos que la justicia está muy mal en nuestro país. Esto lleva a que los organismos custodios de los bie-nes los disponen de forma arbitraria