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viernes, 19 de agosto de 2016

Evo promulga ley de sindicalización pese al rechazo de cooperativistas

El presidente Evo Morales promulgó la tarde de hoy la norma que modifica la Ley General de Cooperativas y reconoce los sindicatos en ese rubro, pese a que, ayer, el sector cooperativo minero le pidió no hacerlo bajo la advertencia de retomar las medidas de presión.

"Habrá nuevas demandas, los tiempos cambian, pero algo que nunca podemos olvidar como trabajadores, obreros y originarios, no sólo es una obligación, sino una necesidad de organizarnos y de sindicalizarnos para defender los derechos de los trabajadores”, expresó el mandatario en el acto realizado en la ciudad de Cochabamba.

El sistema cooperativo rechaza esta norma ya que atenta contra la esencia del cooperativismo, sin embargo, el Gobierno sostiene que la ley sólo está destinada a reconocer los sindicatos que están presentes en cooperativas de servicios (agua o luz) y no alentar a la creación de nuevos.

Morales dijo que "todos los sectores tienen derecho a sindicalizarse” para defender los derechos de los trabajadores.

La Federación de Cooperativistas Mineras (Fencomin) calificó como una "guerra” y una "provocación abierta y pública” del Gobierno la promulgación de esta norma y anticipó que analizará en un ampliado retomar las medidas de presión en contra de esta ley.

Puede leer también: Consideran una declaratoria de guerra la promulgación de las modificaciones a la Ley de Cooperativas

Días atrás, los cooperativistas mineros salieron a las carreteras para bloquearlas y evitar el tránsito vehicular. El punto de bloqueo en Mantecani, en la vía La Paz – Oruro, fue el más álgido, debido a que se registraron enfrentamientos con policías y terminó con varios heridos y detenidos.

Aprueban ley que garantiza trato preferente a ancianos

El Concejo Municipal aprobó el Proyecto de Ley Autonómica Municipal 358, que instruye al Ejecutivo Municipal, implementar la “Credencial Única de la Persona Adulta Mayor”.

La directora de Asuntos Generacionales, Karina Carvajal, explicó que está norma ampliará los beneficios en favor a las personas mayores, tanto en el servicio del transporte urbano, como con museos y servicios higiénicos, garantizando los descuentos y el trato preferente para que los mismos puedan acceder a este conjunto de servicios.

“En la ciudad de El Alto tenemos aproximadamente 48 mil adultos mayores y todos serán beneficiados con sus credenciales a través de esta Ley que se tiene que cumplir en beneficio a esta población. Tenemos como tentativa entregar las credenciales en el mes de octubre”, señaló Carvajal.

Explicó que después de la aprobación de la norma, resta el segundo paso que será la reglamentación. “De acuerdo a ello se verá cuánto se necesita, porque son más de 48 mil adultos mayores”, dijo.

BENEFICIOS

El concejal de la Comisión de Género Generacional y Desarrollo Humano, Juanito Angulo, dijo que algunos de los beneficios de la credencial será el trato preferente en servicios municipales como el transporte público Wayna Bus, el uso gratuito de mingitorios, museos, piscinas, actividades culturales y otros.

Cabe recordar que el 26 de agosto, se recuerda el Día del Adulto Mayor, jornada para sensibilizar a la población sobre el respeto, atención y cuidado hacia los ancianos.

miércoles, 17 de agosto de 2016

Nace la ley de control sanitario e inocuidad



La Cámara de Diputados aprobó en grande y en detalle el proyecto de ley de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria, que robustecerá el control, prevención y erradicación de plagas, enfermedades y contaminantes en todo el país.

La nueva normativa que actualiza la ley 2061 y norma el cobro de tasas y alícuotas por servicios prestados, crea el Comité Plurinacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad alimentaria, conformada por los ministerios de Desarrollo Rural, de Salud y de Desarrollo Productivo, además del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag) y representantes de los pequeños, medianos y grandes productores agropecuarios, agroindustriales, del comercio agropecuario y alimentario.

El comité podrá proponer planes y políticas, coadyuvar en la gestión de atención de emergencias sanitarias, fitosanitarias, seguir la implementación de programas y proyectos, evaluar al Senasag, entre otros.

Tasas establecidas
El proyecto de ley también crea 91 tasas fijas y 26 tasas variables que serán cobradas por los servicios del Senasag en 22 oficinas del país.
“Todas las tasas han sido consensuadas con los sectores productivos, grandes, medianos y pequeños”, dijo la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño.

Con las tasas actualizadas, el ministro de Desarrollo Rural, César Cocarico, aclaró que el Senasag, como máxima autoridad nacional competente, podrá autosustentarse.

Actualmente, el Senag recibe Bs 60 millones por recaudación y la entidad necesita Bs 80 millones. Hasta 2020, se pretende recaudar Bs 150 millones anuales que permitirán institucionalizar la entidad, lograr mayor calidad de sus profesionales, aumentar los salarios y el número de funcionarios, especialmente en frontera

martes, 2 de agosto de 2016

Ley 453 Reglamento sancionará “publicidad engañosa”


VICEMINISTRO MENDOZA ACLARÓ QUE LA LEY NO PRETENDE CONTROL DE MEDIOS.

El reglamento del derecho a la información y prevención de publicidad engañosa o abusiva de los servicios y productos ofertados entra en vigencia a partir de este 1 de agosto. La sanción por cada infracción será hasta 22 mil bolivianos.

Durante una conferencia de prensa, el viceministro de Defensa de los Derechos del Consumidor, Guillermo Mendoza, informó que el reglamento de la Ley 453 establece sanciones a prestadores de servicios, proveedores de productos y otros que “inflan la oferta” de manera intencionada.

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“Hay locales donde colocan la foto de una gran hamburguesa jugosa, pero cuando se ingresa a consumir se encuentra con una hamburguesa seca y triste, o firmas que venden pastillas para adelgazar y no garantizan resultados (…). Las sanciones van desde 1.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) hasta los 10 mil UFV de acuerdo a la gravedad y recurrencia, con un tope de 22 mil bolivianos de multa que pueden replicarse de acuerdo a la reincidencia”, explicó.

Sin embargo, aclaró que la función del Viceministerio más que de sancionar es de buscar conciliación entre ofertantes y demandantes para lograr resarcimiento moral, económico o pago por daños y perjuicios. “Las estadísticas muestran que el 91% de los casos han sido solucionados en base al diálogo entre proveedores y consumidores”, dijo.

ASTRÓLOGOS

Mendoza ofreció su conferencia de prensa acompañado de representantes de la Asociación de Astrólogos y Parapsicólogos, quienes manifestaron sentirse afectados por la aparición de “falsos espiritistas y/o yatiris” que después de engañar a sus clientes y cobrarles montos altos de dinero no cumplieron con su parte. “Incluso cobraron a una persona más de 40 mil bolivianos, casi obligándole a sacar todos su ahorros del banco por un amuleto que protegería a la familia de las desgracias, pero falló”, dijo.

MEDIOS

Mendoza dijo que a partir de la fecha su despacho realizará monitoreo a la publicidad que se difunda, pero con la intención de crear conciencia ciudadana para que los ofertantes “empiecen a autorregularse”.

“De ninguna manera es un control a los medios de comunicación; los medios alquilan el espacio, pero la persona que manda a hacer la publicidad, la que alquila el espacio al medio es las responsable”, manifestó.

El artículo primero del reglamento señala que el objeto de la norma es reglamentar el proceso de verificación y restauración en protección a los derechos a la información y a la libre elección, previniendo el incumplimiento del servicio ofertado y la utilización de la publicidad engañosa o abusiva de productos y servicios, así como la aplicación de sanciones administrativas.

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Se entiende por publicidad engañosa a cualquier modalidad de publicidad, información o comunicación total o parcial falsa, que induzca a error respecto a las características, modo de empleo u otro del producto o servicio.

lunes, 1 de agosto de 2016

Ley de Identidad de Género entra en vigencia en el país

El activista por los derechos de los homosexuales, David Aruquipa, recordó que a partir de hoy entra en plena vigencia la Ley de Identidad de Género, la misma que establece la posibilidad del cambio de nombre en todos los documentos de identidad de los miembros de la comunidad transexual y transgénero de Bolivia. Asegura que el hecho es de gran trascendencia para la comunidad TLGB (trans, lésbico, gay y bisexual) debido a que para muchas de ellas es como "volver a nacer".

Podrán casarse tras cambiar de nombre. El representante de la Coalición Boliviana de Colectivos de Lesbiana, Gays, Bisexuales y Trans (Coalibol-LGTB), Alberto Moscoso, reveló ayer que los transexuales y transgénero pueden contraer nupcias tras cambiar de identidad, en un proceso administrativo ante el Sereci.

Aclaró que no se trata de un matrimonio entre homosexuales, lesbianas, gays, bisexuales u heterosexuales, porque están excluidos de la Ley de Identidad de Género, sino para personas transexuales, ya que hay un candado en el artículo 63 de la Constitución Política. Moscoso explicó que un “trans” es aquella persona que no encuentra coherencia y congruencia, entre lo que piensa, siente y su cuerpo, pero tampoco puede ir al Sereci a cambiar su nombre solo para acceder al matrimonio.

Transexuales
Trámite para cambio de nombre demora unos quince días

Solicitud. La presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona, informó ayer que el trámite de cambio de nombre para las personas transexuales y transgénero demorará 15 días y las solicitudes se recibirán desde hoy.

Promulgación. El 21 de mayo, el Gobierno promulgó la Ley de Identidad de Género, que permite a las personas transexuales y transgénero cambiar el nombre y sexo en los documentos de identidad, cuentas bancarias, títulos profesionales, entre otros. Este trámite se realizará de manera frecuente en todos los Serecis departamentales.