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jueves, 25 de junio de 2015

Presidente promulga nueva Ley de Conciliación y Arbitraje

La promulgación de la Ley de Arbitraje y Conciliación, a realizarse hoy en Palacio de Gobierno, forma parte del paquete de leyes económicas, que el sector privado espera desde la nueva Constitución Política del Estado así como la inversión extranjera.

Las inversiones privada nacional y extranjera esperaba desde hace mucho la norma, que abre un nuevo capítulo en las controversias que pueda enfrentar el Estado con empresarios locales o internacionales.

Se informa que el presidente Evo Morales junto con el procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta; la ministra de Justicia, Virginia Velasco, y el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Ronald Nostas Ardaya, promulgarán en el Palacio de Gobierno la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, cuya norma busca resguardar la plena inversión estatal, privada, nacional y extranjera.

"Este proyecto de ley que fue sancionado en la Asamblea Legislativa ha sido altamente consensuado con los empresarios privados de Bolivia, y uno de sus fines es favorecer la plena inversión, respeto a las inversiones bolivianas, extranjeras y resguardo a la inversión Estatal", manifestó el procurador Arce Zaconeta.

VENTAJAS

Las ventajas que propone la ley es que da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria; está basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado, el acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, sólo en caso de incumplimiento.

Otro de los grandes avances para brindar equidad y seguridad a las partes es que se reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado según normas sobre cooperación judicial internacional y bajo normas bolivianas.

Se incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial.

Una vez entre en vigencia la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, los Centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados actualmente deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días calendario y las autoridades del sector regulado que realizan conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán sobre la base de su normativa y procedimientos.

La ley establece 13 exclusiones al arbitraje y la conciliación cuando se trate de los siguientes casos: 1) La propiedad de los recursos naturales, 2) los títulos otorgados sobre reservas fiscales, 3) temas netamente de interés público y de administración del Estado que no son ni conciliables ni arbitrales, 4) los tributos y regalías. 5) los contratos administrativos, 6) el acceso a los servicios públicos, 7) las licencias, registros y autorizaciones sobre recursos naturales en todos sus estados, 8) cuestiones que afecten el orden público. 9) las cuestiones sobre las que haya recaído resolución judicial, firme, definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución, 10) las cuestiones que versen sobre el estado civil y la capacidad de las personas, 11) cuestiones referidas a bienes o derechos de incapaces sin previa autorización judicial, 12) las cuestiones concernientes a las funciones del Estado, 13) las cuestiones que no sean objeto de transacción y cualquier otra determinada por la Constitución Política del Estado o la ley.

Por otra parte, la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje también establece que no se aplicará la conciliación y arbitraje en materia laboral y seguridad social, a los acuerdos comerciales y de integración entre Estados, así como a los contratos de financiamiento externo que suscribe el Estado con organizaciones u organismos internacionales.

La norma también crea el Régimen Especial de Arbitraje, referido a contratos celebrados por el Estado con empresas privadas sobre los recursos naturales estratégicos, y de acuerdo a la CPE, las controversias surgidas en estos casos se regirán bajo la jurisdicción, leyes, reglamentos y demás normativa boliviana.

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