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viernes, 27 de junio de 2014

Procurador pide vigencia de la Ley del Notariado

El procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta, advirtió ayer que será imposible aplicar el Nuevo Código Procesal Civil, previsto para el próximo 6 de agosto, si no entra en vigencia la Ley del Notariado Plurinacional, cuya aplicación fue suspendida por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

“Por razones técnicas jurídicas y lógicas es imposible aplicar (El Nuevo Código Procesal Civil) sin la Ley del Notariado”, dijo.

En mayo una comisión del Tribunal Constitucional dejó sin efecto la Ley 483, del Notariado Plurinacional, promulgada el pasado 25 de enero, a raíz de una demanda abstracta de inconstitucionalidad, interpuesta por el diputado opositor Luis Gantier, decisión que fue calificada de ilegal.

Arce agregó que para agilizar los procesos civiles se dieron varias competencias a los notarios para atender controversias que pueden ser resueltas de mutuo acuerdo, como la declaratoria de herederos.

El Procurador General del Estado manifestó que ése y otros trámites que resolvía un juez ya no están en el Nuevo Código Procesal Civil, sino en la Ley del Notariado, y muchas actividades cotidianas de la ciudadanía en el país estarían en el limbo y la sociedad civil quedaría desprotegida.

miércoles, 25 de junio de 2014

Evo promulga Ley de Financiamiento para el Sistema Asociativo Municipal

El presidente Evo Morales promulgó hoy la Ley de Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal, que establece la sostenibilidad financiera de las principales organizaciones municipales del país.

"Hemos promulgado la Ley de Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal, ahora de verdad la autonomía municipal tiene su autonomía propia, antes había una dependencia total a ONGs, Usaid, que siempre chantajeaban con financiamiento", manifestó.

Aseguró que en la actualidad el país no necesita financiamiento condicionado porque registra una estabilidad económica y rechaza la injerencia extranjera.

"Esa planificación debe continuar de manera organizada, escuchando a las fuerzas sociales para el bien de nuestro pueblo", dijo.

La nueva norma crea un mecanismo de financiamiento para las asociaciones departamentales (Amdes), Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol), Asociación de Municipios de Bolivia (AMB), conformada por las nueves ciudades de capital y El Alto y la Federación de Asociaciones de Municipios de Bolivia (FAM).

La Ley consta de seis artículos y tres disposiciones finales, que establecen que los gobiernos locales deben destinar 4 bolivianos de cada 1.000 bolivianos que reciban por concepto de Coparticipación Tributaria a un fondo común.

Este fondo común será distribuido de la siguiente manera: 60 por ciento para las nueve asociaciones departamentales; 10 por ciento para (Acobol); 10 por ciento para la AMB; y 20 por ciento para la FAM.

En sus inicios, el asociativismo municipal contaba con financiamiento de la cooperación y de organismos internacionales para el emprendimiento de proyectos, capacitación y asesoramiento en las alcaldías del país.

Gobierno promulga ley que otorga independencia financiera a municipios

La ministra de Autonomía, Claudia Peña, explicó que la Ley 540 de Financiamiento del Sistema Asociativo Municipal permitirá que las entidades municipalistas adquieran independencia en su labor, ya que no dependerán de la cooperación internacional, muchas veces condicionadas, para efectuar sus proyectos.

"Tienen oportunidad histórica, esta ley les resguarda completamente para que en sus concejos se decida aportar el 4 por mil de recursos de coparticipación tributaria al sistema asociativo municipal y ya no dependerán de la cooperación", dijo.

Peña se refirió en esos términos durante su discurso en el acto de promulgación de esa norma a cargo del presidente Evo Morales, que contó con la participación de alcaldes y concejales de los municipios del país, además de los representantes de las instituciones municipales.

Cambio de modelo municipal

La ministra recordó que el sistema asociativo municipal fue creado en los años 90 en el marco de la participación popular e impulsado por la agencia de Estados Unidos, Usaid. Dijo que con la actual norma, las instituciones tendrán la capacidad y la legitimidad política para sustentar sus decisiones.

Morales ve a esta normativa con ‘buenos ojos’ porque permitirá a los municipios liberarse de políticas heredadas de otros países. “Ahora la autonomía municipal ya no dependerá de ONG, como Usaid, que siempre chantajean. Si no te sometes a sus políticas, no hay financiamiento, ahora nosotros los vamos a financiar. Es importante la cooperación, pero sin ningún condicionamiento”, sostuvo.

Lo que instruye la ley

La ley promulgada, que consta de seis artículos y tres disposiciones finales, establece que los gobiernos locales deben destinar Bs 4 de cada Bs 1.000 que reciban por concepto de Coparticipación Tributaria a un fondo común.

Este fondo común será distribuido de la siguiente manera: 60% para las nueve asociaciones departamentales; un 10% para (Acobol); el10% para la AMB; y 20% para la FAM.

Senado prevé aprobación del Código Niña, Niño, Adolescente

Esta semana se espera la aprobación del pleno camaral del Código Niña, Niño, Adolecente, así lo anunció Eugenio Rojas, presidente de la Cámara Alta, aunque no pudo aclarar algunas contradicciones sobre la edad mínima del trabajo de este sector en la población y de las organizaciones con quienes habrían consensuado la aprobación de esta norma.

El presidente de la Cámara de senadores, Eugenio Rojas, informó que el pleno camaral prevé aprobar esta semana el nuevo código con las observaciones y sugerencias que hizo este sector poblacional en la redacción de la nueva norma.

“Esta semana está prevista para aprobar en la Cámara de Senadores el proyecto de ley Código Niña, Niño Adolescente y algunos puntos que fueron debatidos con niños”, afirmó Rojas, aunque no estableció de forma específica a qué agrupaciones de niños se refería.

Asimismo, habló sobre las observaciones que hicieron los niños en la edad mínima de trabajo, aunque nuevamente, con algunas contradicciones que el mismo presidente de la Cámara Alta no pudo explicar: “Los niños pueden trabajar a partir de los 14 años pero está prohibido el trabajo del niño, niña de menores de 14 años”, “ellos dicen, nosotros llevamos algo de dinero, algo de comida, para nuestro cuaderno, lápiz, si no trabajamos de qué vamos a vivir preguntaban los niños y de ahí se ha clasificado varios trabajos”.

“Hemos clasificado el trabajo familiar, el trabajo en la casa está permitido juntamente con el padre y la madre, también en la comunidad, puede hacer algunas actividades comunitarias, pero no está permitida la labor fuera de eso. Por ejemplo que un niño tenga el horario laboral de 8.30 a 18.30; pero bajo las normas que están establecidas, primero tiene que ir a la escuela, antes es su educación. No puede trabajar 8 horas, puede trabajar 6 horas y dos para que dedique a su estudio, el salario no puede ser distinto de un niño de 16, 17 años, hay un salario mínimo nacional en el Estado boliviano y eso se tiene que respetar, incluso para los pequeños”, concluyó.

DETALLES

La ley indica que desde la concepción hasta los 18 años todos los derechos de la niña y del niño están vigentes, también se clasifica por etapas de la vida misma, la primera infancia de 0 hasta cumplir los 5 años, la segunda infancia de 6 hasta 12 años. De 12 hasta 18 años la etapa de adolescente.

domingo, 22 de junio de 2014

Comisión de Constitución aprueba en detalle Código Niña, Niño y Adolescente

La comisión de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral del Senado aprobó en su estación en detalle el nuevo Código Niña, Niño, y Adolescente, introduciendo cinco nuevos artículos y 34 modificaciones.

El presidente de esta instancia legislativa, el senador Adolfo Mendoza (MAS), informó que de acuerdo al artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y de las Convenciones 138 y 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se establece la fragmentación de la edad, es así que el primer nuevo artículo hace referencia a la primera infancia, es decir niñas y niños comprendidos entre las edades de cero (0) a cinco (5) años cumplidos, y a la infancia escolar, niñas y niños comprendidos entre las edades de seis (6) a doce (12) años cumplidos.

Se estableció, como una segunda modificación, que los menores de edad comprendidos entre los 10 y 18 años pueden y deben expresar y asentir libremente su voluntad de realizar cualquier actividad laboral o trabajo. Mientras tanto, otra modificación hace referencia a las disposiciones protectivas para niñas, niños y adolescentes que asumen actividades laborales por cuenta propia.

Un cuarto aspecto es el establecimiento de obligaciones en el proceso de adopción, que vela por los intereses y el bienestar de los menores de edad. Por último se definió que si un informe es favorable para la adopción de un menor de edad, se señalará audiencia para el periodo pre-adoptivo a realizarse dentro los cinco días, en caso de ser desfavorable se dará por concluido el proceso, aunque la decisión podrá ser apelada.

La aprobación de este nuevo Código se da luego de que en diciembre del año pasado, menores de edad salieron a las calles para exigir al Gobierno respeto a los niños trabajadores. Específicamente reclamaron por la edad hábil para trabajar, pues consideraron que no debería establecerse una edad mínima.

La Cámara de Diputados, en ese entonces, aprobó este Código con el límite de edad para el trabajo infantil, con todos los beneficios de un trabajador común, a partir de los 14 años de edad, lo que provocó el rechazo de los menores de edad. Desde ese entonces, el proyecto se paralizó en su tratamiento en la Cámara Alta.

El informe de la comisión legislativa será considerado por el pleno camaral del Senado para su respectiva revisión y aprobación la próxima semana.

jueves, 12 de junio de 2014

Comisión del Senado aprueba 'en grande' el nuevo Código Niño, Niña Adolescente



El presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Adolfo Mendoza, informó hoy sobre la aprobación en su estación "en grande" del proyecto de Ley del Nuevo Código Niño, Niña Adolescente, donde se establece la edad que regirá para el trabajo de los menores de edad.

"Se ha aprobado en grande el Código Niño, Niña, se hizo la distinción de las actividades que implican contar con una precisión del tipo de trabajo, es decir, de 10 a 12 años se puede aceptar el trabajo infantil, siempre y cuando sea por cuenta propia, es decir, que no tenga ninguna condición de dependencia y que no sean trabajadores para otros. Tienen que ser bajo el estricto control de los padres y de las defensorías", indicó el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS).

Mendoza aclaró que los niños de 12 a 14 años pueden trabajar en varias labores, "siempre y cuando no entren en el catálogo de prohibiciones", es decir, que no atenten contra su vida, salud e integridad.

Según una nota institucional, para el análisis de esa norma se tomaron en cuenta todas las observaciones y acuerdos a los que se habría llegado con los jóvenes que dieron sus aportes, principalmente, para normar la edad de trabajo de los menores.

Mendoza detalló que la nueva ley contempla el trabajo a partir de los 14 años de edad, salvo casos excepcionales, mismos que tendrán ser bajo el estricto control de los padres y de las defensorías.

En el caso de niños huérfanos y en situación de calle, el legislador informó que "se está considerando un programa especial de protección integral", que permitirá lanzar medidas preventivas y protectoras.

Esa norma también prevé la realización de un censo, "una enumeración completa" de todos los niños que están en la condición de orfandad, de calle y de situaciones extremas de alta vulnerabilidad para hacer el seguimiento y generar un programa de protección específica.

miércoles, 11 de junio de 2014

Comuna promulga Ley de Inamobilidad de Puestos

El ejecutivo edil paceño promulgó la mañana de ayer la Ley municipal 078 que determina la inamovilidad de los puestos de ventas de los gremiales. Durante los próximos días la Federación Gremiales de La Paz junto a la comuna paceña elaborarán la reglamentación del documento.

El presidente del Concejo Municipal, Omar Rocha, indicó que la ley no necesita ninguna reglamentación. “La Ley determina la inamovilidad de los puestos de los gremiales y no necesita de ninguna reglamentación, lo que se pretende con una reglamentación es, seguramente, vulnerar esa seguridad que se les da a los gremiales y se pretende hacerlo con una norma que, de alguna manera, permita que se les mueva de sus puestos y eso no es constitucional”.

La Ley promulgada, en su único artículo, dispone: “Elevase a rango de Ley, la Ordenanza Municipal No. 101 HAM – HCM 102/94, que dispone la inamovilidad de puestos de venta de gremiales, artesanos, comerciantes minoristas que cuenten con las autorizaciones respectivas”, agregó Rocha.

El alcalde Luis Revilla anunció la promulgación de la Ley Autonómica Municipal 078/2014 que eleva a rango de Ley las ordenanzas 101-102/94, que dispone la inamovilidad de los puestos de venta autorizados antes de 1994. Asimismo, suscribió un acuerdo con el secretario ejecutivo de la Federación Departamental de Gremiales del Comercio Minorista de La Paz, Julio Patiño, para la conformación de una comisión que elaborará el Reglamento a dicha Ley.

Por su parte, el dirigente gremial, Julio Patiño, manifestó que esta Ley -propuesta originalmente por su sector- fue aprobada por el Concejo a solicitud de su presidente (Omar Rocha) en un afán de hacer un show político, por lo que dejó varios vacíos. Por ello se planteó subsanar las fallas que se detectaron en el único artículo que contiene esta norma, a través de una reglamentación.

Patiño también reveló que anteriormente se tenía un proyecto de Ley consensuado con el Gobierno Municipal y que era más preciso y completo. El mismo ponía atajo a cualquier peligro de discrecionalidad en la aplicación de la norma, ya que definía el alcance de la inamovilidad y protegía el derecho de los comerciantes legalmente autorizados a ejercer su labor.

Al mismo tiempo estaba dirigido a preservar la atribución constitucional de las autoridades municipales para definir los lugares para los asentamientos, establecía los mecanismos de concertación que podrían aplicarse en casos de reubicaciones necesarias y motivadas por el crecimiento y desarrollo de la ciudad.

lunes, 9 de junio de 2014

EL MATRIMONIO RELIGIOSO ES EXCLUIDO DEL PROYECTO DE CÓDIGO DE FAMILIAS

De aprobarse la nueva norma, la unión religiosa tendrá valor legal excepcional.

El proyecto del Código de Familias y del Proceso Familiar excluye de sua rtículos a la unión matrimonial religiosa e incorpora figuras y causales que impiden el matrimonio civil o la unión libre, como el atentar contra la vida del ex o la ex esposa.

El documento que se encuentra en mesa de la Cámara de Diputados para su consideración y aprobación respectiva elimina de su texto el "matrimonio religioso" que es reconocido en el Cógido de Familia vigente.

En el título de la "constitución del matrimonio", artículo 42 de la norma vigente señala que el matrimonio religioso es independiente del civil y puede celebrárselo libremente de acuerdo a la creencia de los contrayentes; pero sólo tendrá validez legal y producirá efectos jurídicos el matrimonio civil.

Efectos civiles de la unión religiosa. Sin embargo, el actual Código de Familia establece la legalidad del matrimonio religioso y con validez legal en ciertas excepciones.

"No obstante, el matrimonio religioso será válido y surtirá efectos jurídicos cuando se lo realice en lugares apartados de los centros poblados donde no existan o no se hallen provistas las oficialías del registro civil, siempre que cumplan con los requisitos exigidos (edad, salud mental, consanguinidad y libertad de estado) y se lo inscriba en el registro civil más próximo, debiendo el celebrante enviar para ese fin al oficial del registro civil el acto de celebración y demás constancias bajo su exclusiva responsabilidad y sujeto a las sanciones que se establecerán en su caso, sin perjuicio de que puedan hacerlo los contrayentes o sus sucesores".

Proyecto de código de familia. El nuevo proyecto del Código de las Familias que será considerado próximamente en la Cámara Baja, en su capítulo de la "constitución del matrimonio" sólo considera dos aspectos, el matrimonio civil y el de unión libre o de hecho, y ya no incorpora el matrimonio religioso.

El matrimonio civil y la unión libre o de hecho son instituciones sociales que dan lugar al vínculo conyugal orientado a establecer un proyecto de

vida en común, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la presente Ley, conllevan iguales efectos jurídicos tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los cónyuges como respecto a las hijas o hijos adoptados o nacidos de aquellas.

Para ser efectivo el matrimonio civil y la unión libre o de hecho deben cumplir las siguientes condiciones: consentimiento; diferencia de sexos; edad; y libertad de estado.

Impedimentos para el matrimonio civil. De acuerdo con el proyecto de la futura norma hay cinco factores que impiden a las personas contraer el matrimonio civil o la unión libre.

Entre los impedimentos están la interdicción, parentesco sanguineo, parentesco adoptivo, impedimento por delito o vínculo por tutela.

Si bien algunas de estas figuras están incorporadas en el Código vigente, establece figuras específicas que impiden la unión por lo civil y libre en casos relacionados con la justicia penal.

El artículo 148 (Interdición) del proyecto de ley señala que no se puede constituir el matrimonio o la unión libre si uno de los contrayentes es declarado judicialmente interdicto.

En tanto que el artículo 151 del proyecto (impedimento por delito) sostiene que la persona está impedida de constituir matrimonio civil o unión libre o de hecho cuando haya sido sentenciada por tentativa, complicidad o haber consumado el delito de homicidio, feminicidio o asesinato de la o del cónyuge de la otra persona.

También señala que mientras la causa esté pendiente, se suspende la constitución del matrimonio civil o de la unión libre o de hecho.

475 artículos contiene el proyecto del Código de las Familias y Proceso Familiar que está en Diputados.

El proyecto del código de las familias dispone regularizar de forma voluntaria la unión libre o de hechoi. La futura norma, en su artículo 171, hace referencia a las posibilidades que tienen los cónyuges de registrar su unión.

Para el efecto, en el documento establece que ambos, de mutuo acuerdo, podrán solicitar el registro de su unión: a) ante Oficial de Registro Civil correspondiente a su domicilio; b) en el sistema informático del Servicio de Registro Cívico.

Además, señala que "tiene validez jurídica y probatoria el acto de registro realizado por ambas personas en documento digital y aprobado a través de firma digital, por medio electrónico u otro de mayor avance tecnológico", y c) en caso de pertenecer a una nación o pueblo indígena originario campesino, su autoridad, de acuerdo a normas y procedimiento de registro de la unión, la hará conocer al Servicio de Registro Cívico correspondiente a su domicilio.



Asimismo, uno de los cónyuges podrá realizar el registro unilateral de unión libre o de hecho ante el Oficial de Registro Civil, quien publicará en el portal web del SERECI y notificará a la o el otro cónyuge de la unión para que en el plazo de veinticinco (25) días hábiles se presente a ratificar el registro. Si la o el notificado no compareciere, el Oficial de Registro Civil en el plazo de dos (2) días remitirá antecedentes al Juzgado Público en materia familiar.

sábado, 7 de junio de 2014

Operadores piden revisión de Ley de Turismo



Doce operadores turísticos privados piden la revisión de los reglamentos de la Ley de Turismo. Además, los operadores turísticos se encuentran en estado de emergencia y exigen la derogatoria del Decreto 2005 que crea la Empresa Pública Boliviana de Turismo.

Según las empresas que prestan servicios de turismo, la empresa estatal monopolizará el mercado y será una competencia desleal para el sector debido a que comercializará pasajes aéreos.

Ayer emitieron un comunicado en conferencia de prensa firmada por 12 organizaciones en la que ratificaron esa posición, pero además exigen que la actividad turística pase al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, porque es un sector productivo y generador de divisas para el país. Actualmente, ese sector es regulado y fiscalizado por el Ministerio de Culturas.

“Una vez ubicados en el ministerio que nos corresponde, pedimos terminar de revisar los reglamentos de la Ley de Turismo con todo el sector y no separados, como lo han estado haciendo hasta ahora”, indica el comunicado.

Norma. El sector turístico pide la abrogación del artículo 28 de la Ley de Turismo que crea una tasa administrativa que debe pagar el sector al Tesoro General de la Nación (TGN), adonde ya va el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE), que originalmente era para turismo, pero “que jamás se ha usado a favor del sector que lo creó”, dice el pronunciamiento.

Las empresas sostienen que esta tasa estaría también financiando a la desleal competencia de la empresa pública de turismo. La Razón intentó comunicarse con el ministro de Culturas, Pablo Groux, pero su asistente informó que estaba en una reunión.

Claudia Rivera Rodríguez, presidenta de la Cámara Nacional de Operadores de Turismo Receptivo (Canotur), ratificó el rechazo del sector a la creación de la empresa estatal y dijo que se ha enviado una carta al presidente Evo Morales solicitando la anulación del decreto y la incorporación al Ministerio de Desarrollo Productivo. Enfatizó que solo una reunión con el Jefe del Estado puede resolver el conflicto, porque le han dado información errónea sobre las cifras del turismo en Bolivia.

El presidente de la Asociación de Turismo Receptivo (Abatur), Juan Carlos Aranda, precisó que no existen 1,2 millones de turistas que llegan al país, como le han dicho al presidente Morales.

“Han contabilizado hasta el flujo migratorio donde se incluye hasta comerciantes”, y que es muy diferente al “flujo de turistas” que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), apenas llega a unos 500.000 anualmente. Todos los sectores turísticos protestaron contra la empresa pública.

Gobierno promulga la primera Ley de Patrimonio de Bolivia

Después de más de tres años de gestión, el presidente Evo Morales promulgó el 27 de mayo la primera Ley de Patrimonio Cultural Boliviano; sin embargo, varios expertos observan que el proyecto de la norma no haya sido socializado antes de ser aprobado.




Una de las principales disposiciones de la norma es la creación del Sistema Plurinacional de Registro del Patrimonio Cultural Boliviano, que tiene como objetivo "almacenar y gestionar de manera coordinada la información referente al Patrimonio Cultural Boliviano existente”, se lee en el artículo 32.
Una de las premisas de este sistema es que será de "libre acceso y consulta para fines investigativos y científicos”.
Sobre la promulgación de la ley, el historiador Fernando Cajías afirmó ayer, en declaraciones a Página Siete: "No he leído la ley, pero realmente espero que hayan tomado en cuenta las observaciones”.
Con una opinión similar, Dennís Rodas, directora de Culturas de la Gobernación de La Paz, explicó que es importante la aprobación de esta norma, pero que faltó consensuar la norma.
"Esperamos que se haya podido mejorar la norma y tomar en cuenta las sugerencias. Faltó socializar el proyecto, ya que había varias observaciones de los municipios, las gobernaciones y de algunas entidades involucradas”, comentó.
Defensa del patrimonio
El objetivo de la ley, según el artículo primero, es normar y definir políticas públicas que regulen la clasificación, registro, restitución, repatriación, protección, conservación, restauración, difusión, defensa, propiedad, custodia, gestión, proceso de declaratorias y salvaguarda del patrimonio cultural del país.
Entre las principales disposiciones de la ley están la creación del Fondo de Fomento del Patrimonio Cultural Boliviano (FONPAC), que nace con la finalidad de gestionar y asignar recursos económicos para la conservación, preservación, restauración, promoción e implementación de repositorios adecuados para el cuidado del patrimonio cultural boliviano, según el artículo 62.
La norma, según el artículo 61, establece que las entidades financieras estatales y privadas deben otorgar créditos, con las mejores condiciones, en favor de los propietarios de bienes culturales inmuebles declarados patrimonio con fines de restauración, se lee en el documento.
También establece prohibiciones y medidas de emergencia ante la salida o exportación temporal del patrimonio.

En la actualidad, en la base de datos del Ministerio de Culturas se encuentran registrados más de 2.000 monumentos, fiestas y expresiones declaradas patrimonio nacional.

El país tiene 11 patrimonios de la humanidad

Entre sitios y expresiones culturales, Bolivia tiene 11 patrimonios culturales tangibles o intangibles de la humanidad declarados como tales por la Unesco. Potosí fue uno de los primeros sitios de Bolivia en ser declarado Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, en 1987.
Luego, en 1990, las Misiones Jesuíticas de Chiquitos, ubicadas en el oriente del país, también recibieron la declaratoria. Al año siguiente, en 1991, la ciudad de Sucre, conocida como Charcas o la Ciudad Blanca, recibió el título de Patrimonio Cultural de la Humanidad.
El sitio arqueológico y cultural Samaipata, situado al suroeste de Santa Cruz, recibió la declaratoria en 1998.
En 2000 se declaró patrimonio al sitio arqueológico de Tiwanaku. Después, ese mismo año, destacado por su riqueza natural, fue reconocido el Parque Nacional Noel Kempff Mercado. Al año siguiente, en 2001, el Carnaval de Oruro se llevó el título de Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad.
En 2003, la cultura Kallawaya, de la provincia Bautista Saavedra del departamento de La Paz, también recibió el reconocimiento de la Unesco, cotizado por todos los países del mundo.
Finalmente, en 2012 obtuvo el título Ichapekene Piesta, de San Ignacio de Moxos. Las características históricas y turísticas de estos 11 patrimonios fueron recolectadas en la publicación Atlas Patrimonial de Bolivia.

viernes, 6 de junio de 2014

Mesa Laboral socializa anteproyecto de Ley General del Empleo y el Trabajo

Observando la aparición de nuevas formas de trabajo, vinculadas con el creciente desarrollo tecnológico y nuevas formas de contratación, un grupo de especialistas, académicos y abogados laboristas, conformó la denominada Mesa Laboral y ha iniciado la socialización de un anteproyecto para la actualización de la actual Ley General del Trabajo.

El especialista Luis Campero presentó los ejes temáticos en los que se basa la propuesta, de los cuales se destaca por ejemplo, la aplicación de esta nueva ley para todos los trabajadores públicos y privados, exceptuando Fuerzas Armadas y Policía, ya que estas instituciones tendrían una estructura propia de administración.

Otro aspecto son las nuevas modalidades del contrato de trabajo, donde especificaron que se implementan para hacer cumplir cláusulas como el que ya no existe el trabajo a prueba. También se propone que en el caso de la muerte de una trabajadora por el parto, los 45 días de vacación establecidos, sean transferidos al esposo, a fin de que el padre pueda restructurar sus condiciones de vida y tiempo, a fin de brindar una mejor condición de vida su hijo sin la presencia de la madre.

La Mesa Laboral está integrada por especialistas, académicos y abogados laboralistas, con el apoyo de instituciones como el Colegio de Abogados de La Paz, Prisma, Redes y Labor.

Según José Luis Campero, otro miembro de esta Mesa Laboral, afirmó que en este proyecto se mantiene la jornada de trabajo de ocho horas, “pero lo que sí proponemos es modificar la jornada de trabajo (…) de modo universal o general a 44 horas tanto para varones y mujeres. Esta diferenciación era un incentivo perverso para que empleadores no contraten mujeres porque trabajaban menos horas”, dijo.

En el evento de socialización ante los medios de comunicación, el abogado laborista Gonzalo Crespo manifestó que esta iniciativa, que en principio fue ciudadana, será presentada ante la comisión correspondiente de la Asamblea Legislativa, luego de ser socializada ante las instancias de trabajadores para que sea considerada.

Consultado sobre el apoyo que creen que pueda recibir su propuesta, Crespo manifestó que se espera que los representantes nacionales, “que conozcan bien de leyes”, acepten revisar la propuesta e iniciar el proceso para la modificación de la actual Ley General del Trabajo.