Busca las Leyes y Decretos

domingo, 6 de abril de 2014

Conozca 10 aspectos de nueva ley minera

Cuatro muertos, decenas de heridos, seis departamentos bloqueados, escasez de carne y alimentos, diálogos sin toma de decisiones, un asesor presuntamente echado por el ministro de Minería y el cargo de él mismo en vilo son algunos de los hechos que ha dejado el proyecto de Ley de Minería y Metalurgia, una norma cuya elaboración duró al menos tres años y que ha vuelto a enfrentar a cooperativistas y asalariados.
El proyecto de ley fue entregado al presidente Evo Morales el lunes 17 de marzo por representantes de los empresarios, cooperativas y sindicatos mineros.
En la ocasión, la comitiva minera encomendó aprobar el documento sin cambios e, incluso, Morales destacó que la normativa fue trabajada por los cuatro sectores (incluyendo el Gobierno) y pidió a los congresistas que no hagan cambios.
Pero una semana después, los enfrentamientos, las muertes y los bloqueos motivaron al ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, a decir que el proyecto de ley volvía a fojas cero; aunque luego fue contradicho por el ministro de Gobierno, Carlos Romero, quien emprendió un difícil diálogo.
Pero, ¿qué establecen los 241 artículos de este conflictivo proyecto de ley que ha levantado tanta pólvora en las dos últimas semanas? ¿Cuáles son los intereses afectados? Más allá del discutido artículo 151, es necesario dilucidar algunas ideas sobre los cambios que surgirían con la aprobación de la nueva norma



1 ¿Qué regula el proyecto de Ley de Minería y a qué norma reemplaza?
Regula las actividades minero-metalúrgicas. Establece lineamientos para la otorgación, conservación y extinción de derechos mineros y para el desarrollo y continuidad de las actividades minero-metalúrgicas. Además, determina la nueva estructura institucional, los roles y las atribuciones del Estado y de los actores mineros.
Reemplaza a la Ley 1777 del Código de Minería, promulgado por Gonzalo Sánchez de Lozada en 1997, que regula el dominio de los minerales, de las concesiones y de los sujetos de derechos mineros y sus modificaciones y reglamentos, vigentes con anterioridad al proyecto de Ley de Minería.



2¿Qué ventajas daba la concesión? ¿Cómo se garantizaba su retención y cuánto duraba?
Las concesiones mineras, según el Código de Minería, podían ser otorgadas a individuos o colectivos, nacionales o extranjeros que las solicitasen. Eran un bien inmueble transferible y transmisible como herencia, es decir, podían ser hipotecadas para préstamos bancarios.
Si el titular pagaba las respectivas patentes tenía derecho de realizar en su concesión actividades de prospección, exploración, explotación, concentración, fundición, refinación y comercialización de todas las substancias minerales, incluidos los desmontes, por tiempo indefinido o dejar de hacerlo si quería.



3¿Qué tipo de contrato sustituirá a las concesiones y cuáles son sus características?
Las concesiones mineras, otorgadas en contrato de arrendamiento por la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) a las cooperativas, se adecuarán a Contratos Administrativo Minero, a suscribirse con la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).
En las concesiones a empresas, otorgadas en contratos de asociación o de riesgo compartido, seguirán vigentes hasta su vencimiento según sus términos. Asimismo, se abre la posibilidad de que durante su vigencia sean adecuadas a contratos de asociación minera.



4¿Quiénes pueden firmar un contrato administrativo?
Tanto a los grupos mineros nacionalizados como las otras Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) de Comibol, que incluyen a concesiones otorgadas a cooperativas, o sea, cualquier actor productivo minero debidamente constituido y registrado podrá solicitar derechos mineros en las áreas de libre disponibilidad determinadas de acuerdo con la presente ley, para Prospección y Exploración o para Explotación.
Quienes soliciten áreas deberán presentar su respectivo Plan de Trabajo y Presupuesto Financiero para Prospección y Exploración en tres meses



5¿Cuánto pagarán al Estado?
Los titulares de derechos mineros, pagarán patentes mineras de Prospección y Exploración (Bs 325 anuales por cuadrícula), prospección aérea (Bs 50.000 por cada licencia), explotación (Bs 400 anuales por cuadrícula hasta 30 cuadrículas , 500 bolivianos anuales por 31 a 40 cuadrículas, y más de Bs 600 por 41 cuadrículas en adelante).
La patente se pagará con un incremento del 100% si los derechos originales tengan más de cinco años de antigüedad.
Sin embargo, la determinación de las regalías no está dentro del nuevo proyecto de ley, puesto que será parte de otro cuerpo legal.



6¿Cuánto pagan las cooperativas al Estado y cuántas son?
Aparte del pago de patentes, las cooperativas no pagan impuestos y dejan regalías al Estado por un 2,5 % de sus ventas, mientras que las empresas mineras pagan un 8,5 %.
Además, las empresas pagan una alícuota adicional del 25% sobre las utilidades extraordinarias y un impuesto del 12,5% sobre el valor bruto de las remisiones de las empresas mineras a otros países.
Los constantes cambios en la legislación tributaria y fluctuaciones en el precio internacional de los minerales ocasionaron que el pago de impuestos varíe entre minerales y sectores en los últimos años.



7¿Por qué protestan las cooperativas mineras?
Las cooperativas exigen que el artículos 151 se apruebe tal como lo elaboraron. Con ello, los titulares de Licencias de Prospección y Exploración o de Contratos Administrativos Mineros de la industria privada y cooperativa, pueden suscribirse en cualquier momento con otros actores productivos mineros privados o cooperativas legalmente establecidos.
El Gobierno considera que eso va contra la Constitución Política del Estado, puesto que se corre el riesgo de que las cooperativas se asocien con transnacionales y sigan gozando de los beneficios de una cooperativa. En la actualidad, hay cooperativas con inversión de empresas privadas extranjeras.

Si se afirma que el consenso tardó tres años, ¿por qué siguen las protestas?
El consenso fue posible luego de tres años, según analistas, gracias a la ausencia de un capítulo referido al régimen tributario que, de acuerdo con el Gobierno, será incluido en una nueva reforma tributaria general.
La negativa del Gobierno a un artículo que favorecería y legalizaría las actuales inversiones de empresas privadas en las cooperativas despierta la furia de las cooperativas.
Por otro lado, el Gobierno se niega a aprobar un artículo que permitiría, según expertos, que el sector cooperativo llegue a tener mayores ganancias que el Estado y sus empresas estratégicas, varias de ellas dedicadas a la minería.

¿Cuál es la posición del Gobierno?
Luego de los enfrentamientos del lunes, que dejaron el resultado de dos mineros muertos y tres policías tomados como rehenes, el ministro de la Presidencia indicó que el proyecto de Ley de Minería volvía a fojas cero.
Sin embargo, el miércoles, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, lo contradijo e indicó que se debía consensuar las modificaciones al nuevo proyecto. El diálogo se trasladó a Oruro.
El jueves se supo que las desavenencias en medio del Ejecutivo cobraron el cargo de uno de los asesores del ministro de Minería, Mario Virreira, e incluso corre la versión de que los cooperativistas pidieron la renuncia de Virreira.

¿Cuáles son las posibles salidas del conflicto?
La salida al conflicto que exigen los mineros cooperativistas es que el proyecto de Ley de Minería sea aprobado sin modificaciones, mientras que la solución que proponen algunos sectores del Gobierno es que el documento quede anulado y se inicie una nueva redacción entre todos los actores.
Por otro lado, surgen voces que exigen que no sólo sean las empresas, el Gobierno, las cooperativas y los sindicatos quienes elaboren la nueva norma, sino también los pueblos indígenas originario campesinos que viven en áreas mineras.
Otro sector del Gobierno espera consensuar la norma.

No hay comentarios:

Publicar un comentario