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sábado, 18 de enero de 2014

APRUEBAN PROYECTO DE LEY EN DEFENSA DE LOS ANIMALES

Las personas que cometan delitos contra los animales o provocados por los animales (responsabilidad de los dueños) serán sancionadas a través de la aplicación de trabajos comunitarios hasta la privación de libertad de cinco años acorde a la aplicación de Código Penal, señala el Proyecto de Ley General para la Defensa de los Animales.

Este documento, aprobado el miércoles en su estación en grande en la Cámara de Diputados, busca la defensa de todas las especies de animales dentro del territorio nacional.

El proyecto establece que para efectos sancionatorios, administrativos y penales, se consideran manifestaciones de violencia los siguientes hechos: maltrato, crueldad, tortura, biocidio, zoofilia y otras.

Clasificación. El maltrato contra los animales hace referencia a que teniendo los medios para hacerlo, no se les provee alimento y agua, o en caso de enfermedad privarlos de la atención médico veterinario.

Los hechos de crueldad contra los animales son, no cumplir con las medidas para su manejo humanitario o abandonarlos, someter y sobrecargar a horas de trabajo por encima de la resistencia o capacidad de los animales laborales o de tiro, o que trabajen en áreas urbanas o áreas rurales con un alto tráfico vehicular, en estado de vejez, de enfermedad o preñez al punto de causarle enfermedades o la muerte, solicitar y practicar la eutanasia en un animal que no lo necesite, criar animales en condiciones contrarias a su hábitat, faenar animales para consumo en condiciones inapropiadas. Los hechos de tortura son: quemarlos, enterrarlos, quitarles las plumas, la piel parcial (...), extraerles dientes, mutilarles cuernos, cortarles orejas (...).

Asimismo, se califica como crueldad el que incurriere en los actos de biocidio y zoofilia.

Sanciones. El proyecto de ley en los artículos de sanciones establece varias medidas contra los infractores dependiendo de la gravedad.

Entre las medidas correctivas a aplicarse se define desde el "trabajo comunitario hasta la privación de libertad".

Asimismo, la futura norma legal incorpora en su disposición adicional, "sanciones por delitos cometidos contra los animales y provocados por animales", artículos del Código Penal que establecen sanciones desde seis meses a cinco años de privación de libertad.

Estos delitos estan tipificados como la apropiación indebida y tráfico ilegal de animales domésticos, manifestaciones de violencia contra los animales, tráfico de animales silvestres, homicidio culposo, lesiones culposas y el incumplimiento a normas vigentes de faena en animales de consumo.

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