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jueves, 12 de diciembre de 2013

El nuevo Código de Familias plantea al menos seis cambios



El nuevo Código de Familias plantea cambios en la filiación, emancipación, asistencia familiar, matrimonio, divorcio y unión libre; los mismos fueron calificados como “grandes innovaciones” por parte de la ministra de Justicia, Cecilia Ayllón.

“La propuesta conlleva a grandes innovaciones, por ejemplo, se plantea a la familia como sujeto de derechos. La filiación es un instituto totalmente innovador porque en caso de existir controversia, la prueba principal es el examen biológico o de ADN”, indicó Ayllón, a tiempo de destacar los principales cambios de la norma.

Detalló que se garantiza la filiación por indicación, al igual que la posibilidad de objetarla a través de la acción de negación de paternidad o maternidad, o de la acción de impugnación de filiación.

La emancipación es el segundo cambio, pues el nuevo código establece que las personas podrán solicitar la declaración a partir de los 16 años de edad y mediante una Notaría de Fe Pública, cuando ambas partes estén de acuerdo. La actual norma dispone únicamente la vía judicial.

Jorge Mercado, director de Desarrollo Constitucional del Ministerio de Justicia, indicó que este tipo de emancipación es más común en el área rural porque la población empieza a trabajar a más corta edad.

“La asistencia familiar, excepcionalmente, podrá extenderse hasta los 25 años si la o el beneficiario demuestra dedicación a la formación técnica profesional, o de un arte u oficio que no tenga interrupciones y se obtenga un resultado efectivo”, mencionó Ayllón, como tercera modificación. Mercado agregó que el tema está sujeto a discusión, porque “existe el rechazo de algunos”.

Los dependientes con discapacidad y menores de edad no requerirán probar la necesidad de la asistencia, pero sí la proporcionalidad. El pago se realizará a través del sistema financiero. La eliminación del plazo para el nuevo matrimonio de la mujer, posterior al divorcio, es el cuarto cambio. El código vigente establece que la mujer debe esperar un año antes de contraer nuevamente nupcias, para descartar cualquier probabilidad de embarazo.

El quinto está referido a la incorporación de la afectación del proyecto de vida en común, como nuevo causal de divorcio. “Se refiere a que la relación de la pareja simplemente no funciona por diferentes motivos”, dijo Mercado. La certificación de la unión libre en registros civiles, sin necesidad de un juez, es el sexto cambio.

Registrarán a deudores morosos de asistencia

El artículo 129 del nuevo Código de Familias establece la creación de un registro de deudores morosos de asistencia familiar, bajo dependencia funcional y administrativa del Consejo de la Magistratura.

La función principal del registro será llevar un listado de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas de asistencia familiar consecutivas o cinco alternadas, ya sean provisorias o definitivas.

Asimismo, expedirá certificados de solvencia de asistencia familiar ante cualquier requerimiento, de persona pública o privada, de forma gratuita. Una vez realizado el pago, se dispondrá el retiro del nombre en el registro. Jorge Mercado, director de Desarrollo Constitucional, aclaró que dicho registro será un castigo moral más que punitivo, porque el acceso al registro será público y cualquier persona podrá revisar la información.

El Código de Familias fue aprobado en grande en la Comisión Integrada de Constitución y Derechos Humanos, y sera tratado en detalle la próxima semana, según el cronograma. El documento posee 475 artículos. Expertos internacionales destacaron en un seminario la cantidad de contenido, pues aseguraron que la norma de otros países llegan a 200 artículos.

2 comentarios:

  1. y sobre EL ORDEN DE LOS APELLIDOS ??? .-.,., GRACIAS

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  2. hay alguna ley que proteja a las viudas de la tercera edad que le quieran embargar su casa por deuda en alguna financier?

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