Busca las Leyes y Decretos

sábado, 9 de noviembre de 2013

Nuevo código procesal civil entrará en vigor en 2014

El nuevo Código Procesal Civil sancionado por la Cámara de Diputados, la noche del jueves, entrará en vigencia el 6 de agosto de 2014 de manera conjunta e integrada con los códigos Procesal Penal, Laboral y otros que se trabajan en la Asamblea Legislativa.

“Este tercer Código Procesal Civil tiene una característica fundamental histórica: se basa en el hecho de que por primera vez hemos hecho una lectura de las necesidades que tiene la sociedad boliviana en materia de administración de justicia y desde el ámbito del derecho civil, que es el más importante, se ha construido una norma para dar una respuesta a esas necesidades y esos requerimientos de la sociedad boliviana en materia de administración de justicia”, aseguró el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y proyectista de la nueva norma, Héctor Arce.

El diputado calificó de “histórico y sin precedentes” el nuevo Código, que se constituye en el tercero en Bolivia, tras el Código de 1830 aprobado por el Mariscal Andrés de Santa Cruz y el de 1970, por el general Hugo Banzer Suárez, en un gobierno dictatorial.

Según Arce el nuevo código se sustenta en cuatro pilares: la “oralidad”, que hará que los procesos sean rápidos e inmediatos, el juez dejará de ser un simple oyente de las partes, las partes podrán “conciliar”sin necesidad de abogados y ante el juez y el uso de la tecnología para las notificaciones.

No soluciona temas de fondo

A criterio de la expresidenta del Tribunal Constitucional Silvia Salame el nuevo Código Procesal Civil, sancionado por la Asamblea Legislativa, no plantea cambios sustanciales que resuelvan los problemas de fondo que tiene la administración de justicia en materia civil.

Mencionó que la oralidad esta contemplada en el código vigente, pero que nunca funcionó por los problemas estructurales existentes, y que ahora se diga nuevamente que los juicios van a ser orales no va resolver la enorme carga procesal que tiene los jueces, lo que provoca retardación y mora judicial.

Entre los aspectos positivos, destacó el uso de las tecnologías como el Internet y otros para las notificaciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario