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miércoles, 18 de septiembre de 2013

Ley de Control de Armas prevé nuevos tipos penales

El presidente Evo Morales promulgó hoy la Ley 400 de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales, norma que prevé nuevos tipos penales para evitar el tráfico ilícito de material bélico.

El encargado de explicar los alcances de la nueva ley fue el ministro de Defensa Rubén Saavedra, quien señaló que el objetivo de la norma es garantizar la vida y convivencia pacífica de todos los bolivianos, bolivianas y extranjeros que habitan en Bolivia.

"El país por primera vez en su historia va a contar con una ley de control de armas. Llegar a este momento ha significado muchos años de trabajo, con todos los actores que tienen que ver con este proceso", señaló el Ministro, en conferencia de prensa.

La nueva norma señala que es competencia privativa del Gobierno central el autorizar, controlar, fiscalizar las armas de fuego y municiones, así como su importación.

También establece prohibiciones sobre el manejo de armas de fuego. Ningún civil podrá portar armas sin su respectiva licencia y los militares y policías sólo podrán usar su arma de reglamento cuando se encuentren en servicio.

El ministro Saavedra también precisó que la Ley 400 prohíbe la fabricación de armas no convencionales, como las biológicas y las químicas.

Asimismo, señaló que se creará un comité de lucha contra el tráfico ilícito de armas de fuego y explosivos, que lo conformarán el Ministerio de Defensa, de Gobierno y la Fiscalía General del Estado.

El Ministro adelantó que se organizará los registros de armas en un tipo general, que se descompondrá en registros clasificados según la institución.

La norma, que tiene 57 artículos, establece un procedimiento para la adquisición de armas y municiones y crea nuevos tipos penales que se incluirán en el Código de Procedimiento Penal.

El nuevo delito creado es el de tráfico ilícito de armas, que tendrán penas de 10 a 15 años, y con sus agravantes como asociación delictuosa, llegará a 20 ó 25 años de cárcel.

En el caso de los militares o policías, la norma establece una pena de 30 años sin derecho a indulto para aquellos efectivos que cometan este delito.

El presidente Evo Morales promulgó la norma junto a otras dos: La Ley de Celebración de Tratados Internacionales y la Ley de Concesiones Mineras.

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