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miércoles, 14 de agosto de 2013

Siete entidades observaron artículo 42 en Ley de Acceso a la Información Pública

Durante la primera audiencia pública para la modificación del artículo 42 del Proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, desarrollada ayer en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, siete entidades presentaron sus propuestas.

Los representantes de los sectores que aglutinan al gremio periodístico califican a la normativa de “altamente restrictiva” para el trabajo de los medios de comunicación.

La Asociación Nacional de La Prensa (ANP), la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), la Fundación Construir , la Fundación Unir, la Defensoría de Pueblo, la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y el Semanario Aquí realizaron sus observaciones de manera verbal y por escrito ante los miembros de la Comisión, a la cabeza del presidente de esa instancia Héctor Arce.

Durante el debate, los representes expresaron su posición sobre la normativa que entró en polémica en las últimas semanas, debido a que en su artículo 42 estipula 12 excepciones que restringen el acceso a la información, además del artículo 43 en el que se menciona que los cuatro órganos del estado, añadiéndose la procuraduría general de Estado, las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana, tendrán la facultad de clasificar la información como reservada a través de un instrumento normativo.

ANP

La ANP observó como potencialmente negativos para el libre acceso a la información pública, los artículos 42 y 43 que crean excepciones en diferentes áreas de competencia gubernamental, y otorgan atribuciones a funcionarios jerárquicos de instituciones públicas para calificar nuevas categorías de datos como reservados.

En lugar de esos artículos, sugirió fusionarlos en uno solo según el cual “las excepciones deben referirse a información secreta y reservada o confidencial del Estado Plurinacional, referidas exclusivamente a temas de seguridad interior y exterior del Estado, y que se definirán mediante ley expresa, debidamente justificada”.

“Un texto de esa naturaleza permitiría satisfacer el requisito fundamental de garantizar la necesidad de efectiva transparencia informativa con miras al control social de la administración del Estado, que estipula la Constitución, así como la demanda ciudadana de lucha contra la corrupción”, anota la propuesta de la organización que representa a veinte medios impresos del país.

En el transcurso de la reunión, la ANP reiteró su apoyo al proyecto de ley por “su indudable contribución al libre ejercicio ciudadano de su derecho a la información como fundamento básico para ejercer sus derechos de libre expresión y opinión”.

APLP

Por su parte, la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), a través de su Presidente de Directorio, Antonio Vargas, propuso disminuir a sólo dos las excepciones, incluir sanciones contra quienes se nieguen a brindar datos y crear una Ley de Archivos.

“Se ha observado que la Ley de Acceso a la Información Pública debe ir al mismo tiempo que una Ley de Archivos, y de la misma manera la gran latitud de algunos términos como el bien común deben estar absolutamente bien precisadas en la norma para evitar interpretaciones caprichosas de parte de los servidores públicos. Las restricciones deben ser minimizadas y llevadas a un plano en el que solamente existan en caso de que realmente se ponga en peligro la integridad de nuestro país”, manifestó Vargas.

FUNDACIÓN UNIR

A su turno, el representante de la Fundación UNIR, Erick Torrico, consideró que las excepciones establecidas deben ser tratadas, analizadas y debatidas con mucho detalle, puesto que considera que el acceso a la información es un derecho constitucional que debe ser respetado.

“Todas las informaciones que manejan las entidades públicas debieran ser clasificables en los tipos que deben establecerse de una vez en esta Ley”, señaló.

APB

Según señaló Ronald Grebbe, miembro de la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), “hay dos propuestas, una que hacía el Semanario Aquí, que se deben retirar todas las excepciones, y hay otra en el sentido de que tienen que ser excepciones mínimas, una o dos, como secretos de Estado, que tiene que ver con la situación del país frente a países vecinos; estos son secretos que se deben mantener pero por un tiempo limitado. Hay países que establecen 10 años para secretos de Estado, hay otros que plantean 20 años”.

REBECA DELGADO (MAS) “DEBE ADECUARSE A LA CONSTITUCIÓN”

“El artículo 21 inciso cuarto, de la Constitución Política del Estado, dice que tiene que generarse información transparente para promover el control social, pero con doce restricciones desaparece el control social”.

NORMA PIÉROLA (CN) “CAMUFLADAMENTE RESTRINGE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN”

“Debe modificarse porque se trata de un Proyecto de Ley que supuestamente busca trasparentar la información, sin embargo camufladamente restringe la información y sobre todo la libertad de expresión”.

RODOLFO CALLE (MAS) “SE PUEDE MODIFICAR EN BASE A LA CONSTITUCIÓN”

“Los aportes de las organizaciones de la prensa y de la sociedad civil si son coherentes con la Constitución y con las normas, entonces sí se van a modificar y hay que hacerlo lo mejor posible para que favorezca a la población boliviana”.

FABIÁN YAKSIC (MSM) “ARTÍCULOS 42 Y 43 CAMBIAN EL SENTIDO AL PROYECTO”

“Los Proyectos de Ley que últimamente está impulsando el Gobierno, en este caso los artículos 42 y 43 de la Ley de Acceso a la Información le cambian totalmente el sentido y el espíritu de este proyecto de ley como sucede con muchos otros, como el caso de la Ley Marco de Autonomías”.

EXCEPCIONES

En el artículo 42 se señala como excepciones al acceso a la información las siguientes: aquella que ponga en riesgo la seguridad del Estado; las referidas acciones estratégicas sobre recursos naturales, a la salud, intimidad o privacidad de las personas; la que ponga en peligro la vida, integridad y seguridad de las personas; las protegidas por el secreto profesional, reserva de fuente en materia de prensa, la obtenida de sujetos pasivos por las administraciones tributarias, la que implique riesgo a la estabilidad del país, información estratégica a nivel de competitividad comercial, información respecto a estudios de impacto ambiental, la que se encuentra en proceso hasta tenerla concluida, otras determinadas por Ley o Decreto Supremo.

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