Busca las Leyes y Decretos

domingo, 17 de febrero de 2013

Abogado constitucionalista afirma que la lectura de la CPE “es clara”


La CPE elaborada por la Asamblea Legislativa se promulgó en febrero de 2009 dejando temas pendientes.

De acuerdo con el abogado constitucionalista Santiago Berríos Caballero, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) tiene una inminente “prueba de fuego” pues deberá demostrar su independencia del Órgano Ejecutivo al analizar e interpretar correctamente el parágrafo II de la disposición primera de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) sobre la reelección presidencial, planteada por la Cámara de Senadores el pasado viernes.

“El TCP tiene entre manos un problema político jurídico muy serio, no olvidemos que tuvo la certeza de declarar de inconstitucional a cuatro artículos de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, lo hizo muy bien, porque esos artículos estaban violando una serie de normas constitucionales; sin embargo, el tema de la reelección del presidente Evo Morales es un problema que demostrará si actúa con imparcialidad o si está sometido al poder político”, señaló.

En el marco técnico y legal, Berríos explicó que esta Constitución vigente, ha sido emergente de la intervención del poder constituido, “y cuando digo esto me estoy refiriendo al Congreso Nacional de aquella época que no tenían ninguna potestad, competencia ni facultades para intervenir en la redacción de una nueva Constitución Política del Estado (CPE)”.

“Tengo entendido de que el partido del MAS juntamente a la oposición que en ese momento estaba manejando el Congreso Nacional, llegaron a una transacción en las disposiciones transitorias, particularmente en la disposición transitoria primera parágrafo II que es el tema en cuestión. Se pusieron de acuerdo para que Evo Morales no vaya sino a una sola reelección, en el marco de ese acuerdo introdujeron esta disposición”, agregó.

Por otro lado, dijo que la norma está clara y no hay dificultad en interpretarla. “La figura es clara los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones, lo que quiere decir que hay que sumar el periodo anterior (2005 - 2010) al nuevo periodo que es la nueva reelección del presidente Evo Morales (2010 - 2015) que está autorizado por la CPE”, puntualizó Berríos.

“Sumamos ese anterior periodo a este segundo y Evo Morales no tiene opción de una segunda reelección, está claro, uno más uno es dos y aquí se aplica la aritmética, pero en política se aplican una serie de estrategias”, sostuvo.

“Los asesores “constitucionalistas” del presidente saben que esta norma es sumamente clara, pero seguramente hay algunos asesores extranjeros que están buscando una salida constitucional, no sabemos cuál podría ser esa salida, pero el TCP tiene la obligación de decir que no hay segunda reelección, sería inconstitucional su postulación a una segunda reelección”, finalizó.

Por su parte, el también abogado constitucionalista William Bascopé señaló que Evo Morales Ayma estaría habilitado para una nueva reelección toda vez que no habría concluido su primer mandato, reiterando la “estrategia envolvente” que citó en su momento el vicepresidente Alvaro García Linera.

“Entendamos mandatos: de principio a fin, porque nunca hay un mandato interrumpido. En realidad lo que han hecho como estrategia política en su momento, no ha sido atinado por la oposición observar esta parte, entonces si a letra fría entendemos el primer mandato del señor Evo Morales ha sido interrumpida por lo cual no ha cumplido su primer mandato, por lo que su primer mandato concluye el 2015 y estaría habilitado para un segundo mandato”, manifestó.

DATOS

La polémica disposición transitoria primera, parágrafo II: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones”.

El Gobierno y el MAS aplican dos interpretaciones:

- Primera, la conocida “estrategia envolvente” de haber firmado un pacto con la entonces oposición en 2008, cuando se colocó la palabra “mandato”, entendiéndose como algo de principio a fin, situación que no ocurrió con Evo Morales, que renunció un año antes.

- Segunda, según el documento enviado al TCP, los mandatos anteriores “no cuentan” y sólo se debe contar desde la elección de 2009, porque estas autoridades electas “nacen con la nueva CPE”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario